El fin superior de la justicia consiste en distribuir equitativa y justamente a cada uno su derecho; sin embargo, con frecuencia los elementos de la justicia son empleados como instrumentos para linchar moralmente a un individuo por la más insospechada de las razones. Como botón de muestra me permito citar la “acusación privada” presentada contra el Ing. Ramón Alburquerque ante la juez de la instrucción de Monte Plata.
Ramón Albuquerque ha tenido una destacada vida pública. Ha sido senador, presidente del Senado, funcionario del Poder Ejecutivo y presidente del más grande y el de mayor arraigo de todos los partidos políticos de los tiempos modernos de la Republica Dominicana. La Historia y la ciudadanía deberán juzgarlo por sus acciones como a todo hombre público y a él y solo a él le cabra la responsabilidad de responder por sus actos.
Pero constituye un atropello sin justificación el hecho de crear la falsa imagen pública de que el ex senador haya participado en una acción violenta donde resultaron dos personas muertas el día de 20 de mayo durante la celebración de las elecciones nacionales.
Las autoridades del ministerio público de Monte Plata al examinar los hechos no han encontrado indicios serios que hagan presumir que Alburquerque merezca ser incriminado como parte del expediente de que se trata. No obstante, unos abogados de la provincia de Monte Plata inducidos por razones aparentemente de baja política han presentado, a nombre de unas supuestas víctimas, una “acusación privada” en abierta violación al artículo 85 del Código Procesal Penal que autoriza a la víctima a acusar conjuntamente con el ministerio público. En este caso en que el ministerio público no ha hallado méritos para presentar acusación es obvia la intención de usar la justicia como mecanismo de linchamiento moral. El propio Código Procesal Penal prevé en su artículo 87 la responsabilidad del litigante temerario. En este caso los acusadores y sus abogados deben tomar en cuenta que la ley, a veces, se aplica.