¿De qué le sirve a la Junta Central Electoral (JCE) ser el único órgano constitucional extrapoder con iniciativa legislativa?

Esta facultad de la JCE, consagrada en el artículo 96 de la Constitución Política, para impulsar la formación de las leyes en los asuntos electorales, no ha recibido ninguna consideración por parte del Congreso Nacional.

A pesar de que cada vez que el Congreso Nacional inicia una nueva legislatura le ofrece al órgano electoral la oportunidad de hacer uso de su agenda priorizada, esto no ha contribuido en nada con el conocimiento y aprobación de sus dos iniciativas más importantes y esperadas: la Ley de Partidos y Agrupaciones Políticas y la Ley del Régimen Electoral.

Siendo así parecería comprensible la reacción desconcertada del presidente de la JCE, magistrado Julio César Castaños Guzmán, de no reintroducir nueva vez los referidos proyectos, después de cerrarse la última legislatura del año 2017, que el había proclamado, en sus primeros días, como el año de las reformas electorales.

De cara a esta realidad surge, entonces, la siguiente interrogante: ¿a quién ya no le cree el magistrado Castaños: al Congreso Nacional o al Partido de la Liberación Dominicana (PLD) y sus principales líderes, Danilo Medina y Leonel Fernández?

No se puede negar que la gran culpa por la no aprobación de estas iniciativas políticas recae sobre el Poder Legislativo, el cual, al tener pendiente de aprobación más de veinte leyes orgánicas, ocho años después de la Reforma Constitucional del 2010, carga con el vergonzoso galardón de la holgazanería pública.

Sin embargo, siendo justos, la verdad es que la responsabilidad por la no aprobación de algunas de estas leyes, encabezadas por supuesto por la de Partidos y la Electoral, debe recaer sobre Danilo Medina y Leonel Fernández, los dos presidentes del PLD que han gobernado el país, hegemónicamente, durante los últimos trece años.

Como es bien sabido, leyes como la de Partidos y la del Régimen Electoral requieren para su aprobación de la autorización de la cúpula de la formación política que controla el Poder Legislativo, en esta ocasión el Partido de la Liberación Dominicana, el cual está pendiente de ser convocado para tomar la decisión definitiva.

Por lo tanto, hasta que el PLD no se reúna y autorice a los legisladores para que aprueben las mencionadas normas, continuaremos rigiéndonos por la anacrónica Ley Electoral 275 del año 1997, la cual todo parece indicar que estará vigente para las elecciones del año 2020.

Este panorama desalentador no puede convertirse, bajo ninguna circunstancia, en una justificación para que la JCE deje de reintroducir los proyectos antes mencionados, como lo ha hecho, hasta ahora, desde el año 2011.

En ese sentido, a partir de la reforma constitucional del año 2010, la aprobación de estas leyes orgánicas es obligatoria, por lo que su no aprobación sería una grave e injustificada reiteración del incumplimiento de las normas por parte del Poder Legislativo.

Además, sería una burla más de los líderes del PLD a la sociedad, a la que le han prometido y garantizado, en múltiples oportunidades, la aprobación de esta necesaria reforma política.