La Suprema Corte de Justicia mediante sentencia de fecha 16 del mes de marzo del año 2005 decidió la inconstitucionalidad de la ley 286-04 de fecha 15 de agosto del año 2004 sobre el sistema de elecciones primarias mediante el voto universal directo y secreto.
Hoy vuelve al debate el tema de las primarias abiertas y el partido de gobierno hace consultas con los expertos para decidir que modalidad adoptar e incluir en la Ley de Partidos que se discute.
De antemano algunos conocedores y estudiosos del Derecho Constitucional ya han adelantado su opinión indicando que de imponerse este sistema y obligar a los partidos a elegir sus candidatos con el voto de personas extrañas a su militancia violaría por lo menos el artículo 47 de la Constitución sobre libertad de asociación y, agrego yo, chocaría con el espíritu del artículo 216 de la misma carta magna que dispone la organización de los partidos políticos dentro de la libertad, transparencia y democracia interna entre otros principios.
Todo parece indicar que la opinión de los expertos contratados por el PLD se tomará en cuenta para justificar la decisión que finalmente se tome. Entiendo que los actores principales del sistema político y electoral deben ser los partidos reconocidos y es entre estos que se debe organizar el debate o por lo menos entre los expertos de cada partido. No parece muy democrático que una organización política decida un tema tan trascendente para la vida institucional del Pais debatiendo con sus expertos y luego someterlo a su congreso para generar su ley de partidos.
Un ingrediente extraño en este asunto lo ha aportado el PRD cuando propuso que el sistema de primarias con voto universal se apruebe de manera obligatoria solo para cuatro partidos sin indicar el régimen a adoptar para los demás. ¿Ud. había visto cosa igual?. Es obvio que esta petición en la calificación más cortes habría de ser señalada como contraria a la Constitución por no decir otra cosa