Diferentes organismos internacionales y gobiernos han realizado esfuerzo encaminados a la Facilitación del Comercio para simplificar y agilizar las transacciones comerciales entre países.
En 1970, "la Conferencia de las Naciones Unidas sobre Comercio y Desarrollo (UNCTAD)", comenzó a participar en la labor de Facilitación del Comercio para fortalecer las funciones técnicas existentes de las Naciones Unidas.
En la Conferencia de la UNCTAD en Cartagena, realizada en 1992, se acordó establecer en UNCTAD, un Grupo de Trabajo de Expertos sobre eficiencia comercial. El Grupo prepararía las directrices necesarias para lograr la eficiencia comercial en el ámbito nacional e internacional, específicamente en países en desarrollo. Se ha presentado el Programa Especial sobre Eficiencia Comercial, el cual ha sido transformado en la División de Infraestructura de Servicios para el Desarrollo y la Eficiencia Comercial.
El objetivo de la Facilitación del Comercio es "simplificar y armonizar los procedimientos del comercio y dar a los sectores públicos, privados y sociedad civil acceso a las tecnologías y redes de información avanzadas".
En octubre de 1994, se celebró en Columbus, Ohio, el Simposio Internacional de las Naciones Unidas sobre Eficiencia Comercial, donde se tomó nota de la Ronda de Uruguay y en Marrakech como "feliz conclusión de muchos años de negociaciones sobre el marco macroeconómico que necesita sobre la instauración de un sistema de comercio abierto, previsible, seguro y no discriminatorio…….".
La Declaración Ministerial de Columbus, presentaba medidas prácticas, recomendaciones y directrices para los gobiernos, las organizaciones, las empresas internacionales y nacionales, dirigidas a las aduanas, los transportes, la banca y los seguros, la información comercial, las prácticas comerciales y las telecomunicaciones. En el sector de las aduanas, esta Declaración pedía a los poderes públicos que, a través de sus autoridades aduaneras, simplificaran "el procedimiento para determinar el valor en aduanas, operación que puede ocasionar demoras considerables en el despacho de las importaciones, mediante la utilización del método de valoración en aduana prescrito en el Acuerdo GATT…………….".
En lo que se refiere a la asistencia técnica prestada a través de la División de Infraestructura de Servicios, el programa de soporte lógico ASYCUDA es el mayor proyecto de asistencia técnica de la UNCTAD, que tiene como objetivo racionalizar y reducir los formularios y tramites de aduanas.
El "Convenio Internacional para la Simplificación y Armonización de los Procedimientos Aduaneros" (Convenio de Kyoto) de 1973, revisado en 1999, se refiere a procedimiento aduanero. República Dominicana está en proceso para adherirse a este Convenio.
El Convenio aduanero relativo a la Admisión Temporal (Convenio de Estambul), vigente desde el 27 de noviembre de 1993, combina en un instrumento jurídico los acuerdos existentes que abarcan la admisión temporal de mercancías en un Estado o unión aduanera procedentes de otro Estado o unión aduanera. Este Convenio prevé seguir usando los cuadernos ATA.
Entre 1974 y 1977, se redacta el "Convenio Internacional sobre asistencia mutua administrativa para la prevención, investigación y represión de las infracciones de aduanas (Convenio de Nairobi)", con la finalidad de combatir el fraude aduanero.
El "Convenio Internacional sobre el Sistema Armonizado de Designación y Codificación de Mercancías (SA)… ", firmado en Bruselas, Bélgica, nace el 14 de junio de 1983, entra en vigencia el 1ro. de enero de 1988. Con el Decreto No. 339-90, la República Dominicana adopta el Sistema Armonizado en 1990. Las revisiones realizadas por la Organización Mundial de Aduanas en el 1992, 1996 y 2002, se adecuaron a la nomenclatura existente y en el 2006, se efectúa la adhesión del país al Sistema Armonizado, misma que entró en vigencia en enero de 2007, año en el que se realizó la adecuación de la 4ta. Enmienda, vigente. La próxima adecuación se realizará en el 2012.
La Organización Mundial de Aduanas (OMA), organismo internacional, cuya misión consiste en: "aumentar la eficiencia de las administraciones de aduanas en las esferas de cumplimiento de los reglamentos comerciales, protección de la sociedad y recaudaciones de ingresos fiscales", emitió en junio del 2005, el Marco Normativo para Asegurar y Facilitar el Comercio Global, que establece dos pilares: la alianza Aduanas-Aduanas y la alianza Aduanas-Empresas, donde se instituye un conjunto de normas para garantizar la aplicación de medidas y programas sobre seguridad y Facilitación del Comercio global.
Para Facilitar el Comercio, es necesario que exista sinergia entre los actores involucrados, de manera que la labor realizada por la Cadena Logística en el Comercio Internacional (Fabricante, Suplidor, Importador, Agentes Consolidador de Carga, Agente de Aduanas, Correos Privados-Courrier, Entidades Gubernamentales, entre otras), no se vea interferida por la decisión o la demora del ejecutivo que tiene la responsabilidad en sus manos, sino que el proceso se simplifique y se agilice contando con Recursos Humanos capacitados e identificados con la función que realizan, utilizando tecnología de la información y de la comunicación, y el intercambio de informaciones actualizadas, aplicando las normativas legales existentes, de manera que la efectividad de la transacción se realice en tiempo real.