A 13 años y una semana, ¡justo!, de haber muerto el profesor Juan Bosch a los 91 años de edad, cual gesto de conmemoración insolente el Procurador General de la República, Francisco (Francis, en inglés) Domínguez Brito le envió a la Embajada de los Estados Unidos el voluminoso expediente sobre actos de corrupción del senador, abogado e ingeniero Felix Bautista y solicitó que le anulara el visado estadounidense, según publicara el reputado diario vespertino El Nacional.
En vez de reaccionar “indignado” por la descabellada revelación e imputación (?), el Procurador General de la República recibió el jueves último en su despacho, con evidente alborozo y maridaje público, al Embajador estadounidense James (Jaime, en español) Brewster, quien estuvo a bien decir que “Estoy aquí para expresar que estoy muy agradecido del procurador y su equipo por el trabajo que hacen” y que Estados Unidos tiene “tolerancia cero para la corrupción en cualquier gobierno, en cualquier institución y en cualquier lugar”.
De modo, pues, que al tenor de esta iniciativa del hombre que junto al Presidente de la Suprema Corte de Justicia encarna el Poder Judicial, se le ha añadido un adendum al artículo 4 de la Constitución de la República que establece que el gobierno de la Nación “Se divide en Poder Legislativo, Poder Ejecutivo y Poder Judicial”, para que en lo adelante se lea “y Poder de la Embajada de los Estados Unidos”.
En Venezuela, en Ecuador, en Uruguay, en Argentina, en Chile, en Brasil, en Panamá, en Costa Rica, en Méjico, y en cualquier otro digno país latinoamericano, ello habría significado la renuncia ipso facto de un Procurador General de la República y si no su suspensión de parte del Poder Ejecutivo o de parte del Congreso Nacional.
Semejante desliz personal, jurídico y político del Procurador Domínguez Brito embarra y compromete de cuerpo entero al Presidente de la República Danilo Medina, encarnación del Poder Ejecutivo, por cuanto un funcionario suyo de primera categoría ha abdicado el mandato que la Constitución y él le confirieron, o cuando menos ha hecho público lo que podría interpretarse como una instrucción suya, ya que él es quien debe cuidar celosamente las relaciones con otros Estados y sus representantes.
A pesar de que Francis Domínguez Brito fue calificado por otro embajador estadounidense como “un hombre de la casa”, me resisto a creer que se haya pasado de sabroso por sentirse revestido de esa coraza. Creo que lo ha hecho presionado por su afán de llevar hasta las últimas consecuencias la confrontación Procurador Domínguez Brito Vs Senador Bautista.
Pero en muy mal momento colateral. La reciente dilucidación y toma de posición del Poder Ejecutivo de rechazo de la conocida sentencia de la Corte Interamericana de los Derechos Humanos, aduciendo el principio de defensa de la soberanía nacional, mostró en pantalla dominicana al Presidente Medina en el “home plate” bateando duro la pelota. Ahora se me antoja verlo “incojonao”, atrapado entre tercera y “home”.
Si destituye al Procurador se presentaría como represor de quien trata con denuedo por llevar tras las rejas a su “corrupto favorito” Batista y, por lo demás, le estaría dando un “tapa boca” al Embajador de Estados Unidos.
Y si acaso al presidente Medina se le montara el espíritu de cuando era “Pacoredo” (del Partido Comunista de la República Dominicana) podría recriminar al “embajador del imperialismo yanqui” por “sobrepasao”, por verse en pantalla como símbolo de un Cuarto Poder del Gobierno dominicano.
Lo que sí podría hacer mi votado y admirado administrador disciplinado de la cosa pública Presidente Medina, es recordarle al Procurador Francisco (Francis, en español) que el citado artículo 3 de la Constitución reza solemnemente: “La soberanía de la Nación dominicana, Estado libre e independiente de todo poder extranjero, es inviolable. Ninguno de los poderes públicos organizados por la presente Constitución puede realizar o permitir la realización directa o indirecta en los asuntos internos o externos de la República Dominicana o una injerencia que atente contra la personalidad e integridad del Estado y de los atributos que se le reconocen y consagran en una Constitución. El principio de la no intervención constituye una norma invariable de la política internacional dominicana”.
¿Ok Francis?