En la revolución que hoy se vive en la esfera de la administración de los tributos internos el más recurrente de los métodos para lograr metas es el terror, que empezó a lo interno de administración con la cancelación de empleados incluidos en una lista y también fuera de ella. Todo empezó con la cancelación de funcionarios y empleados cuya historia, a veces breve en la administración de los tributos internos, justificaba su despido y con eso estaba de acuerdo él que lo nombró, y yo. En un hecho notable se debió llegar a más y abrir un caso en la justicia por la depredación del erario a través de la gestión de los impuestos, pero esto no se hizo. También fueron despedidos empleados de carrera respecto a los cuales es difícil pensar que en alguna forma fueran deshonestos y dispusieran o desviaran a su favor de los recursos destinados al erario o que quienes los desvincularon de la Administración de los tributos fueran o sean más honesto que ellos.
La mayoría de los cancelados se encontraban en una lista según se decía elaborada en las altas esferas, que observando hoy los resultados de las desvinculaciones no estaban todos los que son ni son todos los que estaban, pero en ella había algunos que eran. La desvinculación en grupos de los empleados de las instituciones, haciendo tabla rasa a través de una lista, puede ser muy eficaz pero nunca llega a ser del todo justa. Un despido se debe realizar con imputaciones concretas, con el historial del empleado y por cometer infracciones como servidor público. Inclusive, a alguien que a su paso por las oficinas recaudadoras el rumor público le calcula una fortuna en millones de pesos la desvinculación, si fuera en tal caso cierto lo que se diga, no será algo que le preocupe.
Cancelar un empleado de una institución pública por estar en una lista no siempre es un acto de justicia, yo estuve en muchas. A los empleados se les puede incluir en una lista porque alguien dijo que eran corruptos o porque alguien con influencia se haya sentido afectado por el trabajo realizado en el cobro de los impuestos. También se puede aparecer en una lista por ser referido por un amigo del nuevo funcionario que encuentra la oportunidad deshacerse de aquellos que nunca le han gustado.
Un motivo para aparecer en una lista de defenestrados de la institución a cargo de la recaudación de los impuestos internos puede ser llevar un caso de la institución en los tribunales para lograr tales fines en justicia o fuera de ella, mientras el acusado con el que se enfrenta en los tribunales visita muerto de risa la institución donde trabaja el abogado, hablando con todos los jefes. El abogado sólo piensa que su empleo está en peligro cuando luego de todos los saludos el acusado acude al escritorio donde trabaja su caso para decirle previo a su cancelación: “Que en la vida no se puede joder tanto”.
La animadversión que más propende a culminar con la desvinculación de un empleado de una institución pública como la que recauda los tributos es la del nuevo funcionario petulante que al parecer asimila lo que muchos han aprendido con tiempo dedicado al estudio, y el ejercicio dentro de la Administración, en el tiempo de efervescencia de una tableta para estómago disuelta en un vaso de agua. Este funcionario nuevo siempre trae su ignorancia como una novedad nunca estudiada traída como primicias teóricas de las administraciones tributarias de Tasmania, y siempre está dispuesto a botar a todo aquel que por acción u omisión delate lo que dicen sus escritos y comunicaciones que del tema de los tributos no sabe.
Fundamentado en la idea de que nada anterior sirve, la labor realizada actualmente en la administración de los impuestos internos ha sido una reingeniería que dividirá los días agrupados en años en antes y después del final de la curva de aprendizaje. El antes es el periodo en el que nada ha servido y para mejorarlo se traen hasta los chinos, todos los antecedentes son desechables, incluyendo los empleados, salvos los amigos que dicen quienes se van y quienes se quedan para como Fouché no aparecer en las listas de los que van a botar haciéndola ellos.
Muchos servidores públicos en la administración de los tributos internos aceptaron dejar su trabajo cuando le dijeron que se iban o le abrían un caso penal. Imagínese usted, una persona sin dinero en los tribunales tratando de demostrar su inocencia. Hubo otros que se fueron cuando los pusieron en la disyuntiva de escoger entre sus prestaciones premiadas o desvincularlos sin ella hasta que decidiera Tribunal Superior Administrativo, en un tiempo calculado en un mínimo de un año en el que iban a pasar crujías.
Hubo otros de los muchos empleados, que a pesar de las fiestas y todo los que se ofrecía consideraron irse, y muchos se fueron, pues lo cargaron de trabajos para que explotaran mientras aprendían los nuevos y se hablaba de áreas de trabajo como zonas cloacales sujetas a limpieza o a ciertas profilaxis lo que tenía a todos los empleados en vilo y en la incertidumbre con relación a su futuro inmediato incierto. Otros se les obligaba a ser los ejecutores de las desvinculaciones, pidiéndole defenestrar a los compañeros de trabajo de muchos años y también a los amigos creando un ambiente vil de trabajo que expulso aquellos que con nobleza se negaron a ser la desdicha de sus compañeros y como verdugo se trajeron abogado de firmas para que actuaran fingiendo evaluar a los que sabían en los que ellos ignoraban.
También hubo amonestaciones en masa para aquellos que osaron ver el historial de cumplimiento tributario de los nuevos funcionarios, fue tal el temor que lo arrastraron a todos al despacho del letrado inquisidor para aplicarle su amonestación, mientras algunos se le dijo de forma personal, en su escritorio, lo sagrado que era el artículo 47, del Código Tributario, lo que se ha convertido en una predica doctrinaria de la Administración.
La desvinculación fue todo perfecta hasta que se encontró un escollo que era insalvable y los métodos de desvinculación usados con otros no funcionaron. Una empleada de carrera con más de 25 años en la gestión de los tributos, que había ocupado diferentes funciones y que había sido propuesta por la dirección general de Impuestos Internos para la medalla de honor al mérito, que otorga el ministerio de la Administración Pública, al mismo tiempo que fue felicitada por su desempeño se negó a ser desvincular de la Administración tributaria sin cometer falta alguna y llevó a su caso ante el ministerio de la Administración Pública y ante el Tribunal Superior Administrativo, donde obtuvo ganancia de causa a pesar de la voluntad genio preclaro que hoy dirige el derecho administrativo en la DGII.
La institución que se encarga de la gestión de los tributos internos se niega a acatar la sentencia y vuelve a usar el terror como método y pidió una revisión, arguyendo una amonestación tan rara como la que se aplicó cuando se llevó a los empleados a un despacho para ser amonestado por rociado. Lo lograron todo, pero no quieren perder uno caso, su soberbia no le permite aceptar que con Magary Lima Tapia se equivocaron, ni siquiera quieren acepta que ella motu proprio, después de una sentencia a su favor, se vaya con sus prestaciones y sus sueldos no pagados durante el proceso.
Como soy una persona no grata en la gestión estatal de los tributos internos cito para los fines correspondientes el artículo 148 de la Constitución de la República, que dice: “Las personas jurídicas de derecho público y sus funcionarios o agentes serán responsables, conjunta y solidariamente, de conformidad con la ley, por los daños y perjuicios ocasionados a las personas físicas o jurídicas por una actuación u omisión administrativa antijurídica”. Salvo su mejor parecer.