La Criminalística es una ciencia aplicativa, en virtud de que su objeto, método y finalidad en el descubrimiento del suceso, del estudio y análisis del delito, del hombre que delinque y de la escena del crimen, están relacionados eminentemente con la técnica empleada y el resultado científico obtenido, que permite no solo plantear una teoría del caso creíble, sino, determinar y concluir en el proceso penal, con una formulación precisa de cargos, indicando exactamente qué ocurrió, cómo, cuándo, quien y dónde.
Desde el ámbito de la Criminalística, cada una de las interrogantes, pueden ser válidamente contestadas, independientemente de que se trate de crímenes y delitos contra las personas, delitos contra el honor y la libertad, en este último caso tiene preeminencia cuando se utilizan equipos tecnológicos para cometerlos; crímenes y delitos contra la integridad sexual; delitos contra la propiedad, así como del crimen organizado, de cuello blanco y los delitos de corrupción.
La escena del crimen, es la esfera geográfica o lugar donde el hecho punible sucedió, en el que quedan huellas, rastros y restos tanto de la víctima como del imputado, ésta otorga inmediatamente competencia territorial a las autoridades para iniciar la investigación y posteriormente determinar las circunstancias en las cuales sucedió, deduciendo el estudio de la misma, la implicación de la dimensión de dicha escena, la cual puede estar constituida por varios lugares, como sería el del inicio y del último acto dirigido a la comisión de la infracción, o cuando se trata de delito continuo o permanente, el lugar donde haya iniciado y cesado la continuidad o permanencia o se haya cometido el último acto conocido de la infracción.
La escena del crimen puede ampliarse a otros lugares del que en principio fue el centro del acontecimiento criminal, ya que posteriormente puede evidenciarse que el ilícito penal fue realizado inicialmente de manera parcial en un lugar y consumado en otro, pero posteriormente ocultado en uno totalmente distinto a los anteriores, produciendo mucho más extensión cuando se trata de coautoría y participación, y existen multiplicidad de agentes pero también de pruebas, situación que no solo complica el caso por las distintas escenas, sino, que hace el caso legalmente complejo.
En países tercermundistas como la República Dominicana, resulta desgarrador que en plena época tecnológica, de pura virtualidad, de pericia informática y firma digital, paradójicamente casos importantes de justicia sufran una penosa realidad material y procesal relacionada en muchas ocasiones a la valoración de la prueba al ojo por ciento, o bajo la anquilosada íntima convicción del juez, o no obstante, el actualizado sistema de la valoración de la prueba bajo el criterio de la sana crítica racional, este último fracase por la distorsión ante el evidente escenario de la ausencia de la Criminalística y la heterogeneidad de las ciencias que la auxilian, las que conducen a la obtención y valoración de la prueba tomando como base la técnica y el resultado científico.
El testimonio de la víctima es vital para la solución de muchos casos, como los de violencia intrafamiliar y violaciones sexuales, cuando su declaración constituye la única prueba que vincula al imputado con el hecho criminal, sin embargo, en el proceso es frecuentemente atacada, por el hecho de tener un interés procesal muy marcado, especialmente cuando se constituye en querellante y actor civil, por esos motivos, las condiciones en la valoración del testimonio de la ausencia de incredibilidad subjetiva, de las corroboraciones periféricas y de la persistencia de la incriminación.
Se hace necesario una mayor eficiencia en el análisis de la escena del crimen, pero sobre todo en la incorporación de laboratorios destinados a emitir resultados diáfanos y transparentes en casos de delitos sexuales que tiendan a desaparecer toda duda razonable, en virtud de un estudio serio de la semenología forense, así como del estudio de las manchas seminales, la toma de muestras y el trasporte al laboratorio, con la finalidad de que se respete la cadena de custodia de la prueba; las características seminales, las formas de las manchas y rastros espermáticos, así como los rastros seminales sobre el cadáver o la víctima, la cantidad de semen, las falsas huellas, que permitan inclusive establecer cuando el semen puede servir como elemento identificador.