Este artículo, a propósito del que publicara el apreciado amigo Eduardo Jorge Prats, en ACENTO el pasado 15 del corriente.
En países como el nuestro puede decirse que hay leyes al margen de las personas físicas y morales, hecho frecuente porque suele darse que algunas se eternizan a pesar de cambios sustanciales en las circunstancias que las motivaron. Lo propio ocurre con la Constitución, que está al margen de la sociedad, porque no corresponde a las características esenciales de esta.
Desde 1966 la sociedad dominicana ha experimentado cambios sociales, económicos y políticos que la hacen muy diferente a la de aquellos tiempos; pero el andamiaje jurídico- institucional no supera todavía la centralización de los tiempos de la dictadura de Trujillo.
Durante estos años desde entonces, varios sectores y personas, incluyendo al Dr. Leonel Fernández que promulgó la Constitución del 2010, reclamaron una Asamblea Constituyente para reconocerle al pueblo su potestad de constituyente primario y darle al país una nueva ley sustantiva. Pero se olvidaron promesas de campaña electoral y además no se hizo caso al reclamo expresado en una consulta llevada a cabo en el proceso que culminó en la constitución de marras.
Por todo lo anterior es que digo que la Constitución del 2010 está al margen de la sociedad.
Amén de que comporte algunas luces, insisto en que es en esencia el amparo de la privatización y, por supuesto, de la empresa privada. Entre las luces que comporta hay enunciados de escasa aplicación práctica. Por estos días lo estamos viendo. La Constitución señala prendas sobre la educación pública, de acuerdo a lo que Eduardo Jorge considera “un Estado… que tutela los derechos sociales a la salud, a la educación, a la seguridad social de todos…”; pero justo a dos años del gobierno actual, es verificable la distancia entre ese dicho constitucional, la propaganda del gobierno y los resultados.
Veamos tan solo lo siguiente: entre el pasado y el corriente año, el gobierno presupuestó construir 18 mil aulas para garantizar una mayor cobertura en la educación pública a niños-as y jóvenes. De acuerdo con las informaciones oficiales, se han construido unas 6 mil 700 aulas; cerca de un 30% de lo presupuestado. Solo en la parte Norte de la capital, ese déficit podría estar dejando fuera de las aulas a unos-as 19 mil 170 niños-as y jóvenes con edad entre 3 y 19 años. En la educación media, antes de este gobierno, el 50% de los-as jóvenes con edad entre 15-19 años estaba fuera de las aulas y apenas ha mejorado en menos de un 5%.
Mientras, los empresarios han recibido exoneraciones de impuestos por más de 447 mil millones de pesos en los tres años últimos.
“Salazar dirá que este Estado propugnado por la Constitución de 2010 no existe en la realidad, que es una ficción… Pero ya esa no es una cuestión jurídica sino sociológica…”, destaca Eduardo Jorge. Y añade “Que la facticidad no se comporte como exige la normatividad no conduce a que la norma sea invalida…”
Al respecto digo que existe una relación directa entre la sociedad (“la cuestión sociológica”) y las instituciones (“la cuestión jurídica”). El análisis a la luz de la categoría de totalidad, implica valorar la relación directa entre esas dos dimensiones. La normativa jurídica no surge por acaso, ni de buenas intenciones. Corresponde a una visión de la sociedad, y a una correlación entre las fuerzas sociales y sus intereses.
Sobrepaso el espacio disponible y debo terminar; no sin antes decir, que la correlación de fuerzas que ha hecho posible la Constitución del 2010 comenzó a configurarse con un punto de partida de mucha fuerza, cual es, el 28 de abril de 1965 con la intervención militar norteamericana; que confirmó la clausura de la Constitución de 1963; en un momento histórico crucial en que el pueblo comenzaba a reencontrarse con el curso de la historia que ha querido escribir.