Si ha leído alguno de mis artículos precedentes, notará que soy aficionada de la ciencia ficción y de las nuevas tecnologías; con este tema –la cobótica- (la cobotique, en francés) nos adentramos al terreno de Blade Runner (1982, del visionario Ridley Scott, porque la segunda no me gustó tanto). Pero en pleno 2020, la colaboración humano-robot es una realidad y la cobótica va más allá de la robótica convencional. Para iniciar este análisis, debemos responder: I. ¿Qué es la cobótica?; II. ¿Cómo se diferencia de su hermana mayor: la robótica?; III. Los cobots humanoides- caso representativo de la cobótica y IV. ¿Cuáles son las normas aplicables para la implementación de un cobot en Europa? Exploremos.
En el sector industrial europeo, la presencia de los cobots es de actualidad. Según Bernard Claverie “la cobótica" se implementa como respuesta práctica en situaciones donde la robótica no tiene justificación, mientras que el operador humano es indispensable pero confrontado con tareas difíciles o extenuantes o repetitivas con un valor añadido muy bajo. Para resumir, la cobótica tiene como objetivo reconciliar al hombre y la máquina con el fin de construir un sistema a la vez más eficiente y más inteligente.
- ¿Qué es la cobótica?
Cuando hablamos de cobótica nos referimos a: robótica colaborativa. Este neologismo es derivado de las palabras : "cooperación" y "robótica", que corresponde a la colaboración entre un hombre y un robot. El objetivo de estos cobots es automatizar una amplia gama de tareas y trabajar tan cerca de los humanos como sea posible. Un cobot está diseñado para ser colaborativo; opera en un espacio abierto.
La cobótica es un campo de la ciencia, una disciplina tecnológica, que estudia los sistemas humano-robot, estos sistemas de colaboración son llamados sistemas cobóticos (una interfaz entre la cognición y el factor humano, la biomecánica y la robótica). El término, es propuesto en 1996 por J. E. Colgate, W. Wannasuphoprasit y M. A. Peshkin, profesores de la Universidad Northwestern. Esta, también incluye cuestionamientos y estudios, como el grado y la eficiencia del acoplamiento, o la dinámica de la actividad espacio-temporal del sistema cobótico como una sola entidad. Un cobot, es capaz de llevar a cabo tareas cerca de una persona, o incluso interactuar con esa persona en completa seguridad.
II. ¿Cómo se diferencia de su hermana mayor: la robótica?
A prima facie la cobótica está muy cerca de la robótica. Sin embargo, no cubre todos los temas de la robótica, porque el objeto de estudio no es el robot en sí mismo, que puede tener un rendimiento particular dependiendo de características energéticas, electrónicas, mecánicas o automáticas que no tienen a priori un gran interés aquí. Simétricamente, la robótica no incluye la cobótica, porque algunos aspectos, como la representación humana del robot, la ergonomía de la estación de trabajo o la aceptación por parte del operador, son el resultado de estudios ergonómicos y de ingeniería cognitiva.
El cobot realiza tareas sin interacción. Comparado con un robot convencional, un cobot tiene muchas ventajas: es ligero, se mueve y se programa fácilmente y no necesita estar rodeado de barreras físicas. La interacción con un operador se limita a la fase de aprendizaje de los movimientos y a la instalación de dispositivos de seguridad extrínsecos, como las barreras virtuales. Si el progreso de los robots está diseñado para medir su autonomía, el progreso de los cobots está, por el contrario, íntimamente ligado al comportamiento de los humanos a los que está sometido para aumentar tanto su comportamiento como su cognición.
El robot tradicional, es generalmente un diseño para un solo propósito. Ha sido creado, y programado para aplicar una única tarea, que sólo un experto en robótica puede realizar para alcanzar los objetivos fijados. El cobot, por otro lado, es un dispositivo versátil. Su facilidad de uso permite reprogramarlo para realizar cualquier tarea sin la intervención de un experto. La cobótica no es un sustituto sino una ayuda beneficiosa tanto para la producción como para el personal.
III. Los cobots humanoides- caso representativo de la cobótica
La clasificación de los sistemas cobóticos es difícil porque hay muchos criterios para describir la colaboración entre humanos y robots i.e. La robótica de colaboración se está desarrollando en seis (6) campos principales: la cobótica industrial, la cobótica médica, la cobótica militar, cobótica agrícola y finalmente la cobótica doméstica. La colaboración entre robots se ha desarrollado fuertemente desde la década del 2000. En Japón, los Estados Unidos y Alemania se está realizando el estudio y el desarrollo de muchos cobots cuya vocación es interactuar con los humanos, ya sea con robots humanoides como ASIMO, robots de juguete como AIBO, robots que simulan emociones o robots militares. También los exoesqueletos como XOS, o HULC o robots de asistencia quirúrgica. En Francia, ya existe toda un área dedicada a la robótica bio-inspirada: “una robótica suave” y desarrollo de robots cada vez más cercanos a la morfología humana (véase robots humanoides con piel artificial). En 2012, el gobierno francés inicia la publicación del informe de PIPAME y una serie de acciones para promover la cobótica.
Para Michel Devy, Director Emérito de Investigación del Laboratorio de Análisis y Arquitectura de Sistemas (LAAS) del CNRS, Toulouse “Los robots de colaboración, o cobots, ya están en las fábricas, y muchos están dirigidos al mercado de consumo del robot de asistencia. Pero aparte de unos pocos robots especializados, esto ayudará a aumentar la autonomía de las personas mayores en casa, y esto no es para mañana”…
IV. ¿Cuáles son las normas aplicables para la implementación de un cobot en Europa?
El marco jurídico europeo, intenta prevenir los posibles riesgos que pueden encontrar los humanos que interactúan, de forma tan cercana, con los cobots. Y cuando una empresa, adquire uno o varios cobots, lo primero que piensa es: liability y liability!
En Europa, la normativa aplicable para la utilización de un robot, colaborador o no, es la Directiva de Máquinas 2006/42/CE. Dentro de la jerarquía de las normas europeas, las Directivas carecen del effet direct (principio fundamental del derecho de la Unión, véase la jurisprudencia Van Gend en Loos 1963-CJCE) o aplicabilidad inmediata que poseen los Reglamentos esto quiere decir, que su asimilación dentro del marco jurídico de cada estado miembro, estará determinada por la creación de una ley o un decreto de transposición; en el caso francés es el Decreto: Nº 2008-1156, del 7 de noviembre de 2008, relativo a los equipos de trabajo y de protección personal.
La Directiva define los pasos a seguir para cumplir con los requisitos esenciales de salud y seguridad para los robots y cobots, a los fines de garantizar un alto nivel de protección para los usuarios. La Directiva y la ISO 10218 establecen que el contacto entre humanos y robots debe ser protegido por la ley.
Finalmente, el debate sobre la presencia de los cobots en la vida profesional, presente y futura persiste y me pregunto: ¿Es qué verdaderamente nos pueden reemplazar? Para Marty Nemko, psicólogo y consejero de carrera: “No existe ningún entrenamiento que pueda ayudar a un humano a igualar la velocidad y eficiencia de la inteligencia artificial. Hay una inevitabilidad de la habilidad inferior que se acumula".
Desde otra perspectiva, la cobótica es una tecnología que se promueve como garante del continuo desarrollo de la industria para el futuro. Esta ha transformado a la robótica tradicional y nuestras vidas.
“Los intentos de crear máquinas pensantes serán de gran ayuda para descubrir, como pensamos nosotros mismos” Alan Turing, padre de la computación, la criptografía y héroe de la Segunda Guerra Mundial.
Bibliografía
1) Jean-Marc Salotti, Eric Ferreri1, David Daney- Classification des Systèmes Cobotiques: https://dumas.ccsd.cnrs.fr/ENSEIRB/hal-01943946
2) UNITEC- Dossier de Veille: https://www.unitec.fr/wp-content/uploads/2018/11/25-DossierVeille-Cobotique-oct18.pdf
3) Universal Robots: https://blog.universal-robots.com/fr/cobots-et-robots-traditionnels quelles-sont-les-principales-differences
4) La Revue Progressiste INDUSTRIE DU FUTUR (N°24), N° 24: https://revue-progressistes.org/2019/10/04/la-robotique-collaborative-dans-lindustrie-enjeux-perspectives-actuelles-et-futures/
5) Directiva de Máquinas 2006/42/CE : https://eur-lex.europa.eu/LexUriServ/LexUriServ.do?uri=OJ:L:2006:157:0024:0086:fr:PDF
6) Jurisprudencia Van Gend en Loos, cas No. 26/62, 1963-Court de Justice de la Communauté Européene (ahora la CJUE): http://curia.europa.eu/juris/showPdf.jsf;jsessionid=738B9888E198191B8F11E7C2143DE0DE?text=&docid=87094&pageIndex=0&doclang=en&mode=req&dir=&occ=first&part=1&cid=3128871
7) Décret n° 2008-1156 du 7 novembre 2008 relatif aux équipements de travail et aux équipements de protection individuelle – Legifrance : https://www.legifrance.gouv.fr/affichTexte.do;jsessionid=3A8A0C5C486CEBEB6C86606756D84CFB.tplgfr33s_2?cidTexte=JORFTEXT000019736204&categorieLien=id
8) Human Robotics Blog: https://www.humarobotics.com/blog/normes-securite/