1. Mediante resolución 274 de fecha 28 de marzo de 1968, incluida en la Gaceta Oficial 9074, el Congreso Nacional aprobó el Convenio Multilateral sobre Asociación de Academias de la Lengua Española, firmado en Bogotá el 28 de julio de 1960.
- 2. El Convenio firmado en Bogotá en 1960 es la continuidad de lo pactado en Ciudad de México en 1951, porque en dicha reunión, a iniciativa del presidente del país azteca, se acordó, en el Primer Congreso de Academias de la Lengua Española, la creación de la Asociación de Academias de Lengua Española, así como de su Comisión Permanente.
- 3. Catorce países firmaron dicho convenio (Argentina, Bolivia, Colombia, Costa Rica, Cuba, Chile, República Dominicana, El Salvador, Ecuador, España, Guatemala, Honduras, México y Nicaragua. Luego, andando el calendario, se sumarían los demás países hispanoamericanos. Ejercía la presidencia de México, Miguel Alemán, continuador de la política nacionalista de industrialización y reformas culturales emprendida por Lázaro Cárdenas.
- No ha de extrañar que este cónclave se celebrara en México, porque Alemán fue miembro de la Academia Mexicana de la Lengua y correspondiente extranjero de las de España, Colombia y Nicaragua). No extraña tampoco que este evento se llevara a cabo en la capital azteca, símbolo desde la época de Cárdenas, de la contención de la nordomanía que combatieron Rubén Darío y Rodó ante el despliegue avasallador de los Estados Unidos de América que consideró siempre a nuestros países iberoamericanos como el patio trasero de su imperio, desde 1823, con su doctrina Monroe y luego con el Corolario de Roosevelt y la política del gran garrote.
- 4. Al tenor de lo que llevo dicho, no ha de extrañar que el punto principal tanto del Primer Congreso de 1951 como del Segundo Congreso reunido en Madrid en 1956 como el del cónclave de Bogotá en 1960 fuera el de la unidad de los pueblos de habla española “para la defensa y desarrollo de su lengua común”.
- 5. Los demás puntos sobresalientes del convenio de Bogotá los resumo así: 1) Mediante el artículo primero los gobiernos signatarios reconocen “el carácter internacional que por naturaleza tienen tanto la Asociación de Academias de la Lengua Española, como la Comisión Permanente, órgano de la misma”; 2) El artículo segundo obliga a los gobiernos signatarios a “prestar apoyo moral y económico a su respectiva Academia Nacional de la Lengua Española, o sea a proporcionarle una sede digna y una suma anual adecuada para su funcionamiento”; 3) El artículo tercero es redundancia de los artículos primero y segundo; 3) El artículo cuarto obliga a los gobiernos signatarios a “incluir en sus respectivos presupuestos (sic) las partidas necesarias para el cumplimiento de este Convenio”; 4) El artículo quinto quedó abierto a la firma de los países que hasta 1960 no lo habían suscrito y “los instrumentos de ratificación serán depositados en el Ministerio de Asuntos Exteriores de España, en Madrid, y este notificará dicho depósito de los gobiernos signatarios”; 5) El artículo sexto fija la modalidad de entrada en vigor del convenio y el séptimo informa que “tendrá validez indefinida, pero podrá ser denunciado con doce meses de anticipación, notificándolo así al Gobierno de España para que este lo ponga en conocimiento de los demás signatarios”; y por último, el artículo octavo estatuye que el “Convenio será registrado en la Secretaría General de la Organización de las Naciones Unidas por el Gobierno de España.”
- 6. Ahora bien, los Estatutos de 2002 de la Academia Dominicana de la Lengua, únicos con validez por haber sido aprobados por el pleno de la asamblea de académicos de número, contempla en su artículo 1 que la ADL “es una corporación autónoma de derecho privado”, lo cual es un error flagrante o una impostura, porque, como lo demostré en un artículo anterior publicado en Areíto/Acento.com el 24 de julio de 2021 con el título de “La Academia Dominicana de la Lengua no existe legalmente: es un fantasma” en razón de que no reposa ningún decreto en la Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo que incorporara como asociación sin fines de lucro a nuestra institución, según la vieja ley de 1920 de la ocupación militar estadounidense, ni tampoco existe ningún reconocimiento del Poder Ejecutivo de la ADL, según la nueva ley 122-05 que modificó la del invasor yanqui.
- 7. En razón de que el convenio de Bogotá de 1960 no establece nada con respecto a la incorporación o reconocimiento de las Academias de la Lengua Española de las naciones signatarias, por ser un asunto estrictamente interno del derecho público de cada país. Y aunque aprobado dicho Convenio Multilateral por nuestro Congreso Nacional en 1968, ¿exime la resolución 274 de 1968 a la ADL del cumplimiento del trámite de incorporación o reconocimiento como institución de derecho público por parte del Poder Ejecutivo, según la ley 122-05? Totalmente negativo.
- 8. ¿Y de las lenguas indígenas, qué? Este Convenio Multilateral de defensa del español como “idioma común”, patrocinado por el nacionalismo mexicano en pleno proceso de industrialización, tiene la pinta ideológica, aunque ni por asomo lo deja traslucir el articulado del texto, de la lucha de los Estados nacionales europeos en contra de las lenguas vernáculas y los ‘patois’. Pero en América Latina no ha habido Estados nacionales, aunque las Constituciones lo proclamen a voz en cuello. Lo que ha existido desde 1810 hasta hoy son Estados oligárquicos creados por los hijos de los peninsulares.
- 9. Aunque en los Estados autoritarios caribeños los indios desaparecieron en el siglo XVI, exterminados por los conquistadores españoles, el Convenio Multilateral no alude ni por asomo al problema de las lenguas amerindias de los países de América Central y América del Sur, es como si fuera el inconsciente freudiano del documento. Pero esas lenguas amerindias han sido la mayor preocupación de la lingüística moderna fundada por Saussure y de la antropología social y lingüística desde Frank Boas hasta nuestros días. Y los escritores y poetas de cada uno de los países donde existen lenguas amerindias han sido, en su mayoría, los mejores defensores de estos idiomas, algunos con escritura como la de los mayas, aztecas e incas. Los lingüistas, fonetistas y fonólogos modernos se embarcaron, a partir de la lingüística científica, a estudiar y describir los sistemas fonéticos y fonológicos de las lenguas amerindias. Tanto los indios como las lenguas que hablan han sido estigmatizados por los colonizadores y sus sustitutos en el poder y un informe sobre las lenguas en el mundo afirma: “Hoy en día tres lenguas indoeuropeas (inglés, español y portugués) son políticamente dominantes en cada país de América y las lenguas nativas tienen una reputación de segunda categoría o incluso algo peor.” Las que son dominantes en cada país de América son las clases sociales que sustituyeron a los colonizadores ingleses, españoles y portuguesas. Las lenguas son únicamente dominantes en esa sociolingüística marrista carente de teoría del discurso y del sujeto. La lucha de clases solo existe en los sujetos, el discurso y lo social. Pero cada vez que una lengua nativa desaparece, sea amerindia, africana, asiática o australiana, desaparece lingüística, cultural y antropológicamente una porción de la humanidad de más de 25 mil años de historia. Estas lenguas nativas con de una complejidad extraordinaria y las que hablamos hoy en Occidente, quizá con la excepción de las lenguas con tonos asiáticas o con clicks de África, no se asemejan a las lenguas amerindias. Solo este párrafo del informe sobre las lenguas del mundo lo atestigua: “Al igual que ocurre con la gramática, no hay características fonológicas comunes a todas las lenguas sudamericanas. El número de sonidos puede variar desde 42 en jaqaru (quechuamarán) hasta 17 en campa (arahuacano). La jaqaru tiene 36 consonantes mientras que la makushí (caribe) tiene solo 11. Algunas lenguas quechuas tienen solo 3 vocales mientras que la apinayé (macro-ge) tiene 10 vocales orales y 7 nasales. Un dialecto del tucano (tucanoano) muestra tres puntos de articulación mientras que la chipaya (macro-mayense) tiene nueve. Las oclusivas sordas (p, t, k) ocurren por doquier, pero las sonoras (b, d, g) pueden estar ausentes y las fricativas (f, v, s, z) pueden ser pocas en número. Las oclusivas glotalizadas sordas son corrientes (quechuamarán, chibchano) pero no las oclusivas glotalizadas sonoras. Menos frecuentes son las aspiradas (quechuamarán) y palatalizadas (pulnave); los sonidos nasales glotalizados (movima) y las laterales sordas (vilela) son raras. Hay una distinción entre sonidos velares y postvelares en quechuamarán y chon, entre velar y labiovelar en tascana y siona; las consonantes retroflejas palatales suceden en pano-tacanano y chipaya.”
¡42 consonantes, 36 consonantes, 7 nasales, tres puntos de articulación y que en algunas lenguas amerindias las oclusivas sordas pueden estar ausentes y las fricativas pueden ser pocas en número!, eso es lo nunca visto en las lenguas de genealogía indoeuropea. ¡Ofrézcome, cuánta complejidad en estas lenguas amerindias! Soy lingüista, fonetista y sé un poco de fonología. Sé de lo que hablo. Entré en contacto con las lenguas del mundo y las lenguas amerindias a través del ensayo de Joseph Verguin incluido en Le langage, obra dirigida por André Martinet, publicada en 1968 en la Enciclopédie de la Pléiade, de Gallimard. ¡Cuánta lluvia ha caído desde aquella lectura en Besanzón hasta el día de hoy! 7 millones hablan quechua en Perú. Millón y medio guaraní en Paraguay y la ideología les hacer creer a los paraguayos que su idioma no es el oficial del país, sino el segundo. 140 lenguas amerindias en México y para de contar para no citar las de América Central.