Desde el nacimiento mismo de la República, quedo instituido el juicio político como una institución de carácter constitucional. Así lo decidió el constituyente del 1844 quien adoptó y adaptó al sistema legal de la nueva república el llamado impeachment americano.
Aunque no se ha reglamentado de manera particular con una ley adjetiva, sin embargo esta institución ha mantenido su vigencia a través de la Constitución de la República hasta la Constitución actual que en el artículo 83.1 establece entre las atribuciones exclusivas de la Cámara de Diputados la de acusar ante el Senado a ciertos funcionarios expresamente enunciados por la propia Constitución cuando hayan cometido faltas graves que ameriten la celebración de un juicio político.
En junio del año 2008 la Cámara de Diputados presentó acusación por ante El Senado de la Republica contra los miembros de la Cámara de Cuentas bajo el alegato de que estos habían cometido faltas graves en el ejercicio de sus funciones, lo cual terminó con la renuncia de los incumbentes quienes así evitaron el juicio político que se avecinaba.
La historia registra varios antecedentes a este acontecimiento jurídico en República Dominicana. El caso más antiguo conocido es la acusación presentada por la Cámara de Diputados contra el presidente Ignacio María González en el año 1876 quien igualmente renunció antes de llegar al juicio político. Se pueden citar otros casos como la acusación presentada por el diputado de Samaná Ignacio Coradin en 1902 contra el ministro de hacienda EliasBrache ,sometido a juicio político y finalmente absuelto; el caso del presidente Morales Languasco sometido en 1905 por rebelión y quien evito el juicio renunciando al puesto; la acusación contra el presidente Bordas Valdez en 1913 quien resulto descargado por el Senado; y otros casos que se podrían enumerar.
Luis Yepes Suncar, acucioso abogado apegado al estudio del Derecho, convirtió su experiencia en el caso que vivió en el 2008, en un ensayo interesante sobre el juicio político y la exigencia de que este proceso este apegado al debido proceso constitucional como lo debe estar toda actuación jurídica tendiente a garantizar los interese y derechos legítimos de los ciudadanos. Vale la pena leer este trabajo de Yepes para entender y conocer mejor esta institución del derecho constitucional dominicano.