En ese siglo surgen connotados abogados, que brillaron en los tribunales dominicanos. En dicho siglo, aparecerán las grandes obras en la historia del derecho dominicano, como señala el acucioso y connotado historiador y Miembro de Número de la Academia Dominicana de la Historia, doctor Wenceslao Vega.
Mediante la Orden Ejecutiva Número 201, de fecha 28 de agosto de 1918, se confirió a la mujer dominicana el derecho de ejercer la abogacía; siendo la primera mujer, la licenciada Ana Teresa Paradas, en ejercer dicha profesión, que se había graduada en 1913, es decir, cinco años después, se le reconoció ese derecho, cuyo perfil biográfico aparece en la Antología que nos ocupa.
El joven jurista, historiador y Miembro de Número de la Academia Dominicana de la Historia, licenciado Américo Moreta Castillo ha acotado: “La Justicia en la Era de Trujillo como sucede en todas las dictaduras, fue una justicia atrapada, obediente a los dictados del gobernante, e identificado con el régimen. Quienes sirvieron en los puestos judiciales fueron básicamente o “trujillistas de corazón” o intelectuales conscientes de lo que debían de hacer cada vez que les tocara un caso “delicado”, en el cual estuvieran de por medio los intereses del “Jefe” o de los miembros de la familia Trujillo y sabían cómo tenían que fallar hubiere o no elementos de prueba, hasta sin necesitar que les dieran instrucciones, y tratando de mantener el más estricto apego a la forma procesal y al fondo, para que sus decisiones no reflejaran deficiencias. Esta actitud de parte de los administradores de justicia, de una especie de compromiso con el régimen no se logró de manera inmediata sino en la medida que se afianzaba el régimen de Trujillo.” (1)
Debemos destacar, como apunta el Dr. Amaro Guzmán, los aportes realizados en los géneros jurídicos y literarios por los profesores españoles emigrantes al país huyendo de la Guerra Civil de España, quienes participaron de manera destacada en la preparación de la Colección Trujillo, en 1944, con ocasión del primer centenario de la Independencia Nacional..
A la caída de la dictadura de Trujillo en 1961, surgen universidades privadas en el país, autorizadas por el Estado a ejercer la función pública de educación superior, bajo el principio de descentralización administrativa por colaboración, con facultad para expedir títulos universitarios con el mismo nivel y valor académico y jurídico que los expedidos por la Universidad oficial. Ello ha dado lugar a la proliferación de la clase profesional de abogados, siendo un clamor nacional la urgente necesidad de que nuestras instituciones de estudios superiores mejoren la calidad, y fomenten entre ellos el ejercicio de la oratoria forense, como apunta el Dr. Amaro Guzmán al citar un comentario al respecto del Lic. Joaquín Balaguer.
Esta obra Antología Jurídica Biográfica y Bibliográfica Dominicana es de indiscutible utilidad y que llena un vacío en nuestra literatura jurídica dominicana que inclusive puede servir de soporte académico a los profesores de Derecho y abogados en el ejercicio profesional por los datos recogidos e incorporados en su conformación.
Nota
- Véase. Crowford M. Bishop y Anyda Marchant. “La literatura jurídica en la República Dominicana”. Eme eme. Estudios Dominicanos, No. 25, Vol. V, Santiago de los Caballeros, julio…agosto 1976, pp. 81… 146. Y también Frank Moya Pons y Marisol Florén Romero. Bibliografía del Derecho Dominicano. 1844—1998, dos tomos. Santo Domingo, Impresión Amigo del Hogar, 1999. (Asociación Hipólito Herrera, Inc., la Fundación Institucionalidad y Justicia y Editora Judicial).