Cuando el presente artículo sea publicado, el pueblo dominicano estará eligiendo nuevas autoridades. Es la victoria democrática del pueblo dominicano, no ha sido fácil llegar hasta aquí. Todo tiene su origen, cuando el presidente Danilo Medina solicito el 19 de abril del año 2015, al otrora poderoso Comité Político, la modificación de la constitución para poder postularse a un nuevo período electoral.

El Congreso accedió y modificó la constitución. Durante los años 2017 y 2018, el debate se centró en la Ley de Partidos Políticos y Agrupaciones Políticas. El sector dominante en el PLD quería imponer unas primarias, abiertas, simultáneas, con el padrón de la JCE electoral, era sencillamente un plebiscito anticipado, que llevaría una nueva modificación constitucional para un tercer mandato electoral.

El desafío llego hasta el congreso y el Movimiento Coalición para la Defensa de la Constitución y la Democracia, ante las pretensiones manifiesta, tomó las calles y mediante una protesta ciudadana, cívica, participativa, desarrollo un movimiento ascendente; al frente de ese acontecimiento histórico se colocó el expresidente de la república Dr. Leonel Fernández, quien abrazo la causa de la defensa de la constitución.  Algunos sectores como el de Luis Abinader, se incorporaron cuando vieron la peligrosidad del proceso, el cual trascendía la contradicción a lo interno del PLD. Esta jornada alcanzó connotación internacional, expresada en llamada del Secretario de Estado Mike Pompeo, el cual converso con el presidente Danilo Medina.

La negativa de la JCE   para realizar una auditoría de software condujo al fracaso de las elecciones de febrero, confirmando un comportamiento asimétrico, irregular, errático como modelo proyectivo estadístico inverosímil y caótico que se había presentado en las elecciones primarias del PLD. Estas primarias marcadas por otras graves irregularidades, como permitir que se votara hasta las 2.a.m de la mañana en la región Sur.

Con las elecciones fracasadas de febrero, fue urgente, impostergable e inexcusable; era realizar una auditoría del software. El país no salía del asombro. El informe de la OEA comprobó 21 hallazgos (delitos electorales), concluyendo que dicho software era inservible desde su origen y que no tenía un control de calidad.  La democracia estaba herida de muerte.

La JCE, no tuvo otro remedio que posponer el uso del voto electrónico, para las elecciones del 15 de marzo y para el 5 de julio, tan desacreditado quedó el árbitro electoral, que su permanencia fue solo un cálculo de conveniencia respecto a cuál era el mal menor. Desacreditado el árbitro la población dominicana, tuvo que recurrir a una comisión de seguimiento, fortalecimiento, evidencia claramente la debilidad institucional.

Frente a la posibilidad del continuismo, no faltaron voces que se levantaran para prorrogar hasta final de años el estado de Emergencia, con la intención de otorgar vigencia al artículo 271 de la Constitución, proponiendo una prolongación del período.

La finalización del período de las autoridades electas, el principio republicano, el principio democrático, el principio de la separación de los poderes, el principio de la unidad constitucional; trataron de transmutarlos, con sofismas teoréticos conducente a deshilachar nuestra Carta Magna. La Corte Constitucional de Colombia dice: El principio de la unidad constitucional, como se ha dicho, exige la interpretación de la Constitución como un todo armónico y coherente, por oposición a una interpretación aislada o contradictoria de las disposiciones que la integran. Establecer que las autoridades electas, tenían las mismas  naturaleza que las autoridades designadas por los órganos constitucional, tenía como propósito permitir la continuidad  del   presidente de la república, más allá del 16 de agosto  .

El constitucional colombiano al sentenciar sobre el principio de unidad constitucional también agregó: El ordenamiento jurídico presenta con frecuencia normas incompletas, cuyo contenido y finalidad deben articularse junto a otras reglas; sólo de este modo es posible superar supuestas incongruencias al interior de un orden normativo.

Con la presencia de la OEA, IFES, UNIORE, COPPPAL, Participación Ciudadana debemos votar.  Con prudencia, con los 3,005 Observadores Nacionales e Internacionales, vigilando las primeras elecciones presidenciales del continente americano, en tiempo de Covid-19.

A igual como sucedió en 1978, tenemos la nueva oportunidad de escribir la historia. Cuando las elecciones terminen, y el pueblo dominicano elija nuevas autoridades, habría conseguido una importante victoria democrática. Entonces, felicitamos a todos los verdaderos demócratas.! Al intrépido y fuerte pueblo dominicano.!

[1]Sentencia C-255 de 1997.

[2]Sobre el tema se pueden consultar, entre otras, las Sentencias C-255 de 1997, SU-1122 de 2001, C-551 de 2003, T-449 de 2004 y T-030 de 2005.