La hipertensión arterial y la diabetes constituyen un verdadero problema de salud pública en nuestro país, dada la alta incidencia de ambas enfermedades.

Estudios realizados reportan que el 10% de los dominicanos es diabético y el 35% sufre hipertensión arterial. Además, en los últimos años se ha visto un aumento de la incidencia de hipertensión arterial en jóvenes lo que algunos investigadores relacionan con el consumo de drogas controladas.

Las complicaciones cardiovasculares (infartos, accidentes cerebrovasculares, etc.) hacen de la  hipertensión la principal causa de muerte de adultos en la República Dominicana.

Ambas enfermedades pueden ser controladas actuando sobre los factores de riesgo que inciden sobre ellas, como la vida sedentaria y los malos hábitos alimenticios y estilo de vida.

Llama la atención el gran daño social y económico que produce a los países pobres, como el nuestro, la baja inversión en la prevención de las enfermedades crónicas no transmisibles, como la presión hipertesión y la diabetes. Más aún, cuando la Ley de Seguridad Social en el primer nivel de atención especializa fondos, los cuales están disponibles y deben ser utilizados para la prevención y tratamiento de estas enfermedades, incluyendo la entrega de los medicamentos. Leí en una ocasión algo que llamó mi atención y fue la expresión certera de alguien que sostenía que la salud no es el resultado del desarrollo, sino una condición previa.

Ahora bien, las personas que padecen hipertensión y diabetes también tienen derecho a un trabajo digno que les permita obtener los recursos necesarios para satisfacer adecuadamente sus necesidades y las de sus familias.

Pero debe quedar establecido que toda actividad laboral debe realizarse sin daño a la salud del trabajador o trabajadora, ni a los bienes y servicios que producen las empresas.

Sirva todo lo anterior como puerta de entrada a las especificaciones que sobre la hipertensión arterial y la diabetes resultan en los objetivos de esta entrega.

1.- Hipertensión Arterial: es una condición donde la presión arterial se encuentra elevada de manera crónica por encima de los valores considerados normales (120/80 mmHg. De modo que se define como hipertensa toda persona cuyos niveles tensionales están de manera sostenida por encima de 140/90 mmHg. Existe una clasificación que depende de variables y complicaciones.

Toda persona con hipertensión arterial no controlada deberá ubicarse en puestos de trabajo tomando en consideración:

  1. a) Evitar en trabajo nocturno.
  2. b) Evitar el calor excesivo.
  3. c) Evitar altos niveles de ruido.
  4. d) Evitar el estrés sostenido.
  5. e) Evitar hacer grandes esfuerzos físicos.

Es bueno saber que deberán tomarse las medidas pertinentes en diferentes niveles para procurar un ambiente de trabajo saludable. En este sentido el empleador deberá proporcionar los medios para que se realicen las Evaluaciones Médicas Ocupacionales preempleo y periódicas al personal y tomar las medidas de control de riesgos a los que se exponen los trabajadores hipertensos o proporcionar los equipos de protección personal adecuados.

Los trabajadores deberán cumplir con el tratamiento y las recomendaciones médicas que les haga el personal de Salud Ocupacional.

Diabetes: La diabetes mellitus es la condición dónde los niveles de glicemia en ayunas se mantienen por encima de los 126 mg/dl. Esta definición se limita a los fines de este artículo,

por lo que el desarrollo del tema se lo dejamos a los especialistas del área.

Para los diabéticos no controlados, principalmente los insulinodependientes, para los fines de trabajo deberá considerarse:

  1. a) Evitar pasar mucho tiempo sin alimentarse.
  2. b) Evitar trabajo con alto gasto energético.
  3. c) Tomar precauciones para el manejo de vehículos.
  4. d) Evitar laborar en altura.

Para el caso de trabajadores diabéticos valen las mismas recomendaciones que hiciéramos para los hipertensos en cuanto a las evaluaciones médicas ocupacionales y los controles de riesgos.

Finalmente, es importante evitar toda discriminación en el ámbito laboral porque se tenga una determinada condición de salud, por lo que toda acción del personal de Salud Ocupacional debe estar dirigida a la colocación de la persona adecuada en el lugar adecuado.