En la República Dominicana, desde tiempos inmemoriales han existido los calieses, los correveidiles, los lambones, los sicarios, reales y morales, y sobre todo, personajes, personas y magnates que bien viven de oir las conversaciones telefónicas privadas de los demás. Peor aún, hay quienes a fe cierta tienen corporaciones que se dedican al chantaje y a la extorsión sobre esta base, con autorización y conocimiento del gobierno de turno, el cual también se sirve de estos despreciables y viles servicios.

Que mérito puede tener una persona que viva, bien o mal, de oir las conversaciones de los demás, y vender este producto al mejor postor o realizarlo por encargo malvado y propósitos espurios. Que aporta a la sociedad, para que sirve, que no sea para restregarle en su propia cara su insignificancia.

Peor que lo anterior es el hecho de, que desde el gobierno dominicano, a través de la Procuraduría General de la República, se hayan, mediante artificios fraudulentos y maniobras execrables, solicitado autorizaciones a un Juez de la Instrucción, muchas veces incompetente, para proceder a intervenir los teléfonos de la Magistrada Miriam Germán Brito, del Lic. Conrad Pittaluga hijo, y el Lic., Carlos Salcedo, entre otros ciudadanos mediante el uso de argumentos pueriles, pero sobre todo, pretendiendo engañar al Juez en su solicitud, estableciendo que los números a intervenir pertenecen a otras personas, con el conocimiento cabal de que si indican de quien son los números telefónicos, el Juzgador rechazaría la solicitud o la remitiría a la jurisdicción competente.

En el caso de Conrad Pittaluga hijo, se hizo por un supuesto error, dizque porque era al Padre, en el caso de Doña Miriam Germán, tampoco era  ella, sino que era al muerto, y en el caso de Carlos Salcedo, ¿qué se alegará?

Estos hechos, que no solo se limitan a estos ciudadanos, sino que se ha convertido en una aparente arma de persecución social, política y económica depravada y absurda, si se mantuvieren dentro del monopolio de los despreciables particulares que todos conocemos, pero nadie nombra, se quedaría como una inquietud odontológica de juventud, que con el tiempo se fue especializando y puliendo, incluso con el beneplácito de muchos gobiernos de turno. Sin embargo, que desde la institución que como Ministerio de Justicia, esta designada constitucionalmente para ser guardiana de la propia Constitución, de las leyes y del debido proceso. Defender a los particulares de los abusos de la autoridad, y preservar el Estado de Derecho, se realicen estas violaciones, conculcadoras de más de diez derechos constitucionales, es un aviso siniestro, de donde se atreven a llegar estos funcionarios, y quienes los dirigen.

En un país mínimamente civilizado, mínimamente constituido como nación, mínimamente institucionalizado, esto, que de por si es escandaloso, daría lugar a una investigación que se llevaría de encuentro a quien hizo las solicitudes deliberadamente erróneas y sobre todo al jefe de este.

Esto es un delito y se llama “prevaricación”, sancionado por el Código penal dominicano. La autoridad no puede andar por ahí, perdonando vidas y entendiéndose por encima de la ley, sin que ello no tenga consecuencias graves conforme al Estado de Derecho.

Permitir que, quien debe asumir la defensa por ley, de la preservación de los derechos de los demás, violente estos derechos como quien ve llover, seria permitir que posteriormente se metan en nuestras casas, en nuestros negocios, y controlen nuestra vida. Solo falta una cosita después de este descaro.

En el caso de Conrad Pittaluga hijo, se hizo por un supuesto error, dizque porque era al Padre, en el caso de Doña Miriam Germán, tampoco era  ella, sino que era al muerto, y en el caso de Carlos Salcedo, ¿qué se alegará?

En un país que se respete, esos solos hechos darían lugar a la nulidad de toda la investigación y anulación total de la audiencia preliminar con todas sus consecuencias, ni decir de quien ha realizado esta urdimbre y sus mandatarios, simplemente estarían presos.

La institucionalidad de un país, el debido proceso, no puede pandearse por intereses particulares, no puede tocarse bajo la premisa de un equívoco interesado, la confidencialidad entre cliente y abogado, no fue inventada por nosotros, sino por juristas que no conocían el plátano ni el tanino. Permitir pues que “estulticias punibles y nulidades encumbradas” a quienes solo se reconoce el merito de trepar a cualquier precio y sobre quien sea, hagan este tipo de desafueros, sería el inicio del fin, de nuestra aun incipiente democracia.

Siempre he oído decir que hay que tener cuidado cuando se asciende pisando a los demás, porque después esto le puede salir muy muy caro, aunque ahora entendamos que estas cumbres nos las merecemos y somos predestinados a estas alturas, que muchas veces nos marean.