Nos parece oportuno continuar con el tema de las normativas de eficiencia energética en materia de edificación, y de las que podemos encontrar de modelo o ejemplo en otros países más desarrollados que el nuestro. Decíamos que por proximidades culturales y de idiosincrasia, preferíamos las normas españolas, y esto antes que otras muy como por ejemplo las alemanas o francesas o incluso norteamericanas.

Todo es susceptible de mejora e incluso los documentos que tomamos de ejemplo para nuestros análisis lo han sido; lo son.  Tal  es el caso del propio CTE (Código Técnico de Edificación), que en España hizo los ajustes necesarios para actualizar las exigencias reglamentarias que en cuanto a eficiencia energética deben cumplir los edificios, y siempre a la luz de la Directiva 2010/31/UE, que establece la obligación de realizar una revisión periódica en pos de conseguir los objetivos a 2030 y 2050 de una economía baja en carbono pero igual de competitiva.

Se busca que los edificios consuman poca energía, y a ser posible que la misma provenga de fuentes renovables, evitando así la emisión de GEI (Gases de Efecto Invernadero) y minimizando la huella ecológica en los edificios.

A fin de cuentas lo que se quiere – y necesita- es ralentizar el cambio climático, reduciendo el uso y dependencia de fuentes de energía procedente de recursos  fósiles. Y esto, tan poético aun en esta parte, el nuevo CTE intenta recogerlo,  de manera que se pueda traducir, por medio de una normativa y unos parámetros establecidos, en resultados claros, numéricos, objetivos, con indicadores tanto para edificios de nueva planta como para edificios ya existentes.

Si todo lo dicho anteriormente forma el objetivo macro, el objetivo a corto y mediano plazo (a corto plazo en los edificios de nueva planta y a largo plazo en los edificios existentes y en código de rehabilitación paulatina de sus condiciones constructivas y de instalaciones), supone la mejora del rendimiento de los edificios.

Con las revisiones introducidas en el CTE, y específicamente en su Documento Básico de Ahorro de Energía (DB-HE) se pretenden mejorar las prestaciones de las envolventes térmicas de los edificios y promover tecnologías cada vez más sostenibles y eficientes, con el confort térmico de los usuarios como telón de fondo. Esto último, del confort  térmico (o higrotérmico para ampliar el término), en países como España se debe leer tanto para condiciones de verano e invierno mientras que en latitudes como la nuestra el enfoque solo es necesario para condiciones de verano, que son las temperaturas que manejamos todo el año, es decir, entre los 25º y 32º como media, dando por supuesto que hay zonas que rondan los 18º C – y menos- y zonas que rondan los 35º C o más.

El recorrido pendiente es largo para España, para  Europa  y sus países desarrollados, pero es alentador. Nosotros en el Caribe podemos tropicalizar soluciones análogas…¿Empezamos?