Técnicamente el Encaje Legal son las reservas de liquidez que los intermediarios financieros autorizados están obligados a mantener en el Banco Central por los depósitos recibidos del público. También es llamado el coeficiente de caja,  debido al porcentaje del dinero recibido por los bancos que debe ser mantenido en reservas líquidas, y por ende, sin que pueda ser utilizado para inversiones u otorgar financiamientos. La finalidad de mantener esta liquidez intocable es para poder hacer frente a los retiros de depósitos de sus clientes.

Además de ser un respaldo para el sostenimiento del sector, es decir, la solvencia de los bancos, el encaje legal es un instrumento monetario para restringir o expandir el circulante. Si se reduce el porcentaje de encaje legal, la oferta monetaria aumenta, y si se incrementa dicho porcentaje, entonces la oferta de dinero se reduce.  Esa condición convierte al encaje legal en un instrumento ideal para la aplicación de políticas monetarias en determinadas circunstancias.

Sus funciones varían de acuerdo a las regulaciones legales de cada nación pero, en general la más común es fijar la política monetaria, realizando operaciones de mercado abierto, fijando la tasa de interés o de descuento para los papeles de los otros bancos.

Adicionalmente, el Encaje Legal es utilizado como un canalizador del crédito bancario. De acuerdo a la política económica existente se establecen porcentajes para que los bancos dirijan recursos a los diferentes sectores de la economía.  Y este es el tema que queremos desarrollar porque creemos que los créditos dirigidos al sector productivo de la economía ayudan de mejor manera al desarrollo de la nación.

Amparados en el argumento de que existen sectores prioritarios que carecen de las fuentes de financiamiento que apoyen su desarrollo, en ocasiones los bancos centrales de países en vías de desarrollo han puesto una mayor atención a la canalización selectiva del crédito que al volumen de la expansión del financiamiento, observándose que los esfuerzos de la política monetaria se encaminan cada vez más a una mayor participación dentro de los objetivos del desarrollo económico, a través del manejo de los instrumentos tradicionales como el Encaje Legal.

Sin embargo, el uso del encaje legal como mecanismo de control del volumen de crédito que los bancos puedan conceder con los depósitos captados del público, tiene algunas limitaciones en los países subdesarrollados de mercado limitado, lo cual se ve agravado por no contar con un nivel de desarrollo de sus mercados de dinero y de capital que les permitan hacer uso de otros instrumentos monetarios, tales como las operaciones de mercado abierto. Pero ya en nuestro país se ha iniciado hace algún tiempo las operaciones del mercado de capitales de manera tímida, lo que esperamos sea ampliado lo más pronto posible.

Recientemente la Junta Monetaria, mediante la Primera Resolución del 27 de julio del presente año, adoptó nuevas medidas de flexibilización monetaria, a través de la liberación de recursos del encaje legal con la finalidad de que sean canalizados a los sectores productivos, de exportación, agropecuario, comercio, adquisición de viviendas, las MYPIMES, así como el consumo, entre otros.  Esta medida fue tomada con la intención de contribuir a dinamización de la economía, a través del aumento del crédito bancario, permitiendo al sector privado incrementar la inversión, lo cual redundará en un aumento de la producción local y para exportación, estimulando la generación de empleos productivos y por ende al consumo. 

Mediante la citada medida, se redujo en 2.2 puntos porcentuales el coeficiente requerido de encaje legal a las entidades de intermediación financiera a partir de agosto de este mismo año.  Esto representó una liberación de recursos ascendente a más de RD$20,000 millones, los cuales serían dirigidos a los distintos sectores de la economía  mencionados en el párrafo anterior. Esto es una muestra efectiva de la utilización del encaje legal como canalizador del crédito.

En días pasados este periódico me distinguió publicando un artículo donde propongo el establecimiento de topes a los gastos corrientes dentro del presupuesto nacional y aumentar el porcentaje de participación de los gastos de capital, con la intención de fomentar el crecimiento económico y el aumento del empleo formal a través de las inversiones y no a través del gasto corriente que fomenta el consumo.

De igual manera, propongo que hagamos el mismo ejercicio con el crédito bancario. Establecer porcentajes de distribución de los recursos bancarios para los diferentes sectores de la economía. Hace muchos años el cálculo de la posición de encaje legal de los bancos establecía porcentajes para la canalización de créditos hacia los sectores comerciales y productivos, lo que funcionaba perfectamente.  Estos porcentajes podrían ser revisables en el tiempo, de acuerdo a las necesidades de la propia economía o particularidades de cada sector, pero que a los sectores productivos sean canalizados mayor cantidad de recursos que al sector comercial, y dentro de cada sector los porcentajes sean estipulados para que dentro del comercial sean disminuidos los correspondientes a consumo, que corresponden normalmente a las tarjetas de crédito, y otros gastos personales.

La intención de esta propuesta se basa en que entendemos que el crecimiento económico en base a créditos de consumo, o gastos corrientes, es efímero,  no se sostiene en el largo plazo. Mientras que el crecimiento inducido a través de créditos al sector productivo, o gasto de capital como las inversiones, es para siempre, es creador de empleos formales y mejora la calidad de vida del pueblo.