El Consultor Jurídico del Poder Ejecutivo le debe una aclaración al país. Los medios de comunicación recientes traen unas declaraciones suyas donde afirma que el caso Odebrecht está cerrado en EE UU y que por tanto no es posible identificar culpables en República Dominicana.
Esta opinión entra en contradicción con lo dicho por el Procurador General de la Republica quien afirma que se ha “aperturado”(sic) una investigación para dar con todos los que hayan estado involucrados en los alegados sobornos del caso Odebrecht.
Según las reseñas de prensa , la compañía brasileña incurrió en soborno a funcionarios dominicanos para la obtención de contratos de obras. Valdría preguntarse quienes firmaron esos contratos; que instituciones del Estado tuvieron que ver con la adjudicación de las obras.
El señor Consultor olvido el principio de territorialidad de la ley; todo indica que los actos delictivos que se atribuyen a los brasileños en complicidad con funcionarios dominicanos ocurrieron en República Dominicana y que en consecuencia deben ser investigados, juzgados y castigados, si hay méritos para ello, en Dominicana.
El Código Penal, vigente aun, castiga la aceptación de soborno de manera más específica en el artículo 175 que dice: “el empleado o funcionario, u oficial público, o agente de gobierno que abiertamente, por simulación de actos, o por interposición de persona, reciba un interés o una recompensa, no prevista por la ley, en los actos, adjudicaciones o empresas, cuya administración o vigilancia esté encomendada a la Secretaría de Estado u oficina en la cual desempeñare algún cargo cualquiera de las expresadas personas cuando los actos, adjudicaciones o empresas fueren iniciadas o sometidas a la acción de dicha secretaría de Estado u oficina, será castigado con prisión correccional de seis meses a un año, y multa de una cantidad no mayor de la cuarta parte ni menor que la duodécima parte de las restituciones y redenciones que se concedan. Se impondrán, además, al culpable la pena de inhabilitación perpetua para cargos u oficios públicos”.
Me atrevo a pensar que el señor consultor jurídico debe aclarar su punto de vista, pues falta una parte de la historia.