Los porcentajes sobre el incumplimiento tributario en los impuestos internos son altos, y a pesar de más de dos años con la mejor Administración tributaria de todos los tiempos no bajan. En esto puede suceder por una de dos: la Administración tributaria no está haciendo su trabajo tal como pregona o usa el tema de la evasión para justificar una política del terror tributario. Un 57% en el impuesto sobre la renta en los casos de las personas físicas, un 62% en el mismo impuesto en los casos de las sociedades o personas jurídicas. En el impuesto a las transferencias de bienes industrializados y servicios (ITBIS) la evasión es de un 44%.

Después de casi tres años los porcentajes de evasión siguen iguales, con una Administración tributaria que se destaca por cambiarlo todo y abrir casos en los tribunales por el delito de defraudación tributaria, con el añadido de lavado de activo, para conseguir penas de prisión más altas sin ninguna atenuante o las razones de excusabilidad que dispone el Código Tributario.

Se persigue a los defraudadores tributarios y a los asesores fiscales no sólo sometiendo a estos últimos en cada caso de fraude tributario, también se aplica la política de inducir a los clientes de los asesores a que acudan solos a la Administración tributaria, porque lo que se pueden ahorrar en una negociación relativa a sus cumplimientos de las obligaciones tributarias sustantivas redunda en beneficios exclusivo del cliente y la Administración tributaria. Así, se excluye el pago que pueda hacer un contribuyente a cualquier asesor tributario.  Unos asesores saben que deben dedicarse a otra cosa que no sea los impuestos internos, porque el tema es ponérsela difícil a él y sus clientes.

Yo no creo que el tema de los asesores sea con el fin de dirigir a los clientes a oficinas específicas que pueden conseguir mejor trato en la Administración tributaria. Yo estoy completamente seguro, muy seguro, más que seguro del espíritu de equidad de la Administración actual y de que ésta trata todos los casos por igual y que la única pretensión cuando se pide la exclusión de un asesor es evitar un estorbo en la posible negociación de un acuerdo de pago o cualquier cosa que se le parezca.

No digo que sea en la Administración tributaria actual de los tributos internos, que ha transformados para bien la recaudación de los tributos, con acuerdos en contra del fraude con todo el que se pueda, pero la historia de las Administraciones regularmente hay un cancerbero de los intereses del fisco cuya vida no termina en la pobreza, éste le dice al contribuyente: «En conclusión, si no acepta el acuerdo te vamos a quitar la casa,  el carro, la villa, y por consecuencia la mujer y cualquier diva que tenga. Si no paga los impuestos que debes te vamos embarga hasta la caja de diente de la abuela y búscate tanto para qué hablemos.». Eso es terror.

Regularmente el terror se usa con los contribuyentes que más o menos tienen recursos y no cuentan con nadie, porque al pequeño contribuyente se le cierra el negocio sin base legal alguna, se le dice que vaya a una Administración Local a confesar sus pecados tributarios y a pagar lo que se le diga. Eso no sucede ahora, sucedía en el pasado remoto, hoy no, no es posible que hoy suceda con una Administración tributaria tan moderna.

Hoy el asunto no es tan burdo, se usan los mas sofisticados sistemas de recaudación y se habla de trazabilidad para impresionar a todos a aquellos que aún no conocen el hielo ni el milagro de los imanes atrayendo las ollas y calderos de todos los hogares cuando los gitanos milagreros pasaban por las puertas, quienes exhibían el hecho como el resultado de la última practica de Dios y de todo lo divino, arrastrando enseres de metales como cántaros ruidosos. Como los amarrados en un vehículo en marcha luego del triunfo de un equipo de beisbol al final de la temporada. Todo por ese estado de precivilización, que, según Vargas Llosa, hace que los dominicanos sientan un intenso amor por el ruido, no por la música.

El tema de la trazabilidad fiscal, según los practicantes de la quiromancia en la Administración tributaria y su entorno, hará que la evasión en los productos derivados del alcohol y productos del tabaco se reduzca del 29%. Según los más encumbrados voceros del tema administrativo de los impuestos, la evasión, viendo los porcentajes en los otros impuestos, puede ser más del 29%. Lo que me recuerda un Director General del Impuesto sobre la Renta, que en cada reforma le lleva al Presidente de la República una estimación de los ingreso por debajo de lo posible resultados de la reforma, con el objeto de garantizar el éxito de su gestión presentar que las recaudaciones fueron mayores a las estimaciones que el mostró al presidente, lo que constituía un éxito de su gestión, también se dice que la evasión es más por si mañana después de hacer cambio nos encontramos en el mismo 29%.

Lo que no me concuerda es que habiendo una evasión o incumplimiento tributario por medio de violaciones a la ley tan alto, que es un tema de la Administración tributaria, ésta también habla de combatir la elusión para evitar el pago de los impuestos aprovechando los vacíos de la ley, que es tema de política y formulación de los impuestos. El único objetivo de sobre dimensional la evasión cuando hay una Administración tributaria eficiente y efectiva es el declarar que todo estamos fuera de la ley y crear con respecto a los contribuyentes un estado de sitio, que los haga temblar cuando escuchen el nombre de un recaudador o, en el peor de los casos, lo que sucede es que la Administración tributaria no es tan eficaz como pregona.

En el estado de sitio tributario para que los ciudadanos se sientan mal y se perciban todos como evasores. Así se dice que el 93% de los asalariados están fuera del alcance del impuesto sobre la renta, y no explican que tal hecho ocurre porque los salarios en este país son muy bajos, que existen varios salarios mínimos, que se ponen en vigencia violando la Constitución de la República, cuando debería haber uno, porque los seres humanos no tienen diferentes necesidades mínimas. Una vez determinado un salario mínimo, cuando el Estado le está pagando menos de ese salario a sus empleados le está aplicando un impuesto, porque dicha diferencia, no pagada, no conlleva contraprestación alguna. También en la República Dominicana no hay deducciones por carga de familia para simplificarle el tema de los tributos a la Administración tributaria. Si hay una deducción en el impuesto sobre la renta por gastos en educación que es regresiva.

El tema de los tributos es complejo, pero en este país sólo unos pocos nacieron sabiéndolo. A pesar de la evidencia de su ignorancia se habla de ellos como profeta de los impuestos con especialidades que no se sabe dónde la obtuvieron, aunque dicen tenerla. Yo quisiera ser de eso que lo ignoran y todo el mundo cree que saben, porque saber también es percepción. Puede ser que uno perciba que hay un estado de sitio tributario, con el que quieren hacernos entender que el recaudador es un héroe que sabe del tema de los impuestos, sólo por obligarnos a todos a cumplir la ley como él la lee en la Administración tributaria.