En la actualidad el documento internacional más relevante en el combate a la trata de personas es Protocolo Facultativo a la Convención de las Naciones Unidas contra la Delincuencia Organizada Transnacional Relativa a la prevención, represión y castigo de la trata de personas, en particular mujeres y niños (2000), en el marco del Convenio contra la Delincuencia Organizada Transnacional (2000).
Este aporta un concepto de trata de personas, siendo “la captación, el transporte, el traslado, la acogida o la recepción de personas, recurriendo a la amenaza o al uso de la fuerza u otras formas de coacción, al rapto, al fraude, al engaño, al abuso de poder o de una situación de vulnerabilidad o a la concesión o recepción de pagos o beneficios para obtener el consentimiento de una persona que tenga autoridad sobre otra, con fines de explotación. Esa explotación incluirá, como mínimo, la explotación de la prostitución ajena u otras formas de explotación sexual, los trabajos o servicios forzados, la esclavitud o las prácticas análogas a la esclavitud, la servidumbre o la extracción de órganos;” (Protocolo de Palermo)
Se entiende que estas normativas y este concepto de trata de personas debe ser incorporado a las legislaciones internas de cada país.
En este sentido, el Estado Dominicano ha realizado innúmeras acciones direccionadas al combate de la trata y al contrabando de personas. Ya en 1999, mediante el Decreto 97/99, crea el Comité Interinstitucional para la Protección a la Mujer Migrante (CIPROM), con la intención de desarrollar políticas públicas que pensasen, ejecutasen acciones gubernamentales y no gubernamentales para la protección a la mujer migrante dominicana, principalmente aquellas que se encuentrasen traficadas en el exterior.
Mismo antes de ratificar el Protocolo de Palermo, en el año 2003 se aprueba la Ley no. 137-2003 sobre el Tráfico Ilícito de Migrantes y Trata de Personas.
En el año siguiente, el Estado Dominicano aprueba la Ley General de Migración No. 295-04, establece la regularización y control del movimiento de personas que entran y salen del territorio de la República Dominicana y posteriormente también adopta la Convención de las Naciones Unidas contra la Delincuencia Transnacional y su Protocolo Facultativo sobre Tráfico Ilícito de Migrantes.
Con esos marcos normativos internos se crea la Comisión Interinstitucional para el Combate a la Trata de Personas y el Tráfico Ilícito de Migrantes. –CITIM- por el Decreto 575-07 así como dos Protocolos de Actuación para identificación, referencia, atención y respuesta a las víctimas de trata y tráfico de personas.
El Estado Dominicano desarrolló el Plan Nacional de Acción contra Trata de Personas y Tráfico Ilícito de Migrantes (2009-2014), siendo revisado el año 2015. Aun no se ha publicado nuevo Plan que indique cuáles serán las prioridades de la política pública dominicana en materia de trata y tráfico de migrantes para los próximos años.
Además, la Constitución Dominicana también pasa a prohíbir, a partir del 2010, todas las formas la esclavitud, la servidumbre, y la trata y el tráfico de personas indicando su compromiso en eliminar esas formas de violación de derechos humanos.
Este año el Informe Americano “Trafficking in Persons Report 2017” (https://www.state.gov/j/tip/rls/tiprpt/2017/), indica que la República Dominicana aparece en la lista de naciones que se están acercando a los estándares establecidos por esa nación en la lucha contra este crimen transnacional.
El informe indica que se están “haciendo esfuerzos significativos para cumplir plenamente con las normas mínimas para la eliminación de la trata, además de demostrar avances cada vez mayores en comparación con el período del informe anterior, correspondiente al año 2015”.
Por otro lado, el mismo Informe recomienda mejoras, sobre todo en las áreas de responsabilización, protección y prevención.
Informa que fueron atendidas más de 130 mujeres dominicanas víctimas de trata en territorio nacional y extranjero. Fueron desarrolladas capacitaciones a los órganos de la Justicia, entre fiscales, policías y funcionarios diplomáticos y consulares, que repercutieron en la responsabilización de trata de personas: se obtuvieron ocho sentencias por trata de personas y siete por tráfico de migrantes.
También fue creado el primer hogar especializado en la asistencia y protección integral a personas adultas y fue creada la unidad especializada de investigación criminal.
En el campo de la prevención, se lanzó la campaña de prevención “No hay excusas”, destinada a la prevención y concienciación de la explotación sexual de niños, niñas y adolescentes, con el apoyo del UNICEF, y que pretende concienciar también sobre la trata de niñas y niños para fines de explotación sexual.
El combate a la trata y tráfico de personas es bastante complejo y exige el desarrollo de políticas públicas transversales y multidimensionales que puedan crear medidas efectivas para su eliminación.
La República Dominicana empezó hace unos años con esa lucha y sigue mejorando sus mecanismos internos, aunque aún hay mucho por hacer…