Tengo unos amigos que me dicen que no escriba sobre los tributos. Argumenta que es un tema árido que ellos no entienden, que mejor escriba sobre literatura. Pero Benjamín Franklin dijo que sólo dos cosas son constantes en la vida: la muerte y los tributos.
Uno puede callar sobre el tema de los tributos, asumiendo el estado anestésico de la indiferencia. Así puede pararse frente a un cajero de un supermercado o cualquier otra tienda sin mirar la factura que nos entrega. La factura es un documento que ampara las compras realizadas y al mismo tiempo es un comprobante de los impuestos al consumo pagados como contribuyente de facto al comprar los bienes gravados, sin tener una obligación legal, pero con el impuesto trasladado en el precio como un fenómeno económico, no jurídico.
Pero uno puede pensar en los impuestos pensando en la leche de los niños y niñas. Si la compra realizada en el supermercado es de leche en polvo para el uso exclusivo de la infancia, puede uno preguntarse: ¿Por qué está gravada con un impuesto del 18%, cuando es leche y la leche está exenta? También puede uno cuestionar si eso es justo, y pensar más discutiendo si hay justicia en el hecho de que dos sujetos comprando cada uno una lata de leche para sus hijos infantes, teniendo los dos diferentes niveles de posesiones y riquezas, e ingresos distintos, donde uno tiene más y el otro carece de cualquier elemento de ostentación conspicua de una vida opulenta y ociosa, y paguen los dos proporcionalmente el mismo impuesto. La justicia se puede ver de un lado distinto a que yo prefiero y se puede tratar de establecer si es justo exonerarlos a los dos por igual a través del bien que consume ambos o sus niños.
Una madre que no pueda amamantar tiene que pagar 180 pesos por cada mil pesos que gaste en la adquisición de leche para alimentar adecuadamente a su hijo o hija. Esos 180 pesos pueden hacer la diferencia entre alimentar a un infante debidamente o no hacerlo
El argumento para gravar con la imposición al consumo la leche en polvo para infante y la leche para los primeros meses en el caso de infantes no amamantado es que constituyen formulas o preparaciones a base de leche y que por lo tanto no son leches, y las formulas están excluidas de la descripción de la nomenclatura del sistema armonizado de designación y codificación de mercancías que se refiere a la leche. Este es un argumento puramente técnico, además es injusto, insensible y discutible, es más, jurídicamente insostenible considerando los principios y fundamento de la dogmática jurídica relativa a los impuestos
Una buena pregunta sería si ese argumento técnico tiene validez y si gravar un alimento sólo del consumo de los infantes responde a los fundamentos constitucionales del régimen de tributario que se refieren a la legalidad, la justicia, la equidad y la igualdad.
Otra manera de preguntar es si el supremo interés del desarrollo de la infancia, o como se dice ahora, si el interés superior de los niños y niñas está por debajo del supremo interés de Estado de gravar un alimento necesario para el desarrollo de la infancia y si este interés es inferior al interés ilustre y honorable de un legislador de comprarse un Maserati, un Roll Royce o un Bugati exento de impuestos y que haya más argumentos para exonerar este tipo de vehículos en cabeza de un legislador, que vende la exoneración a un rico opulento que lo puede comprar, que considerar como exenta las leches para los infantes, y digo leche y no formula porque para las madres y padres que necesitan alimentar sus hijos no se trata de fórmulas químicas, sino de leche.
Una madre que no pueda amamantar tiene que pagar 180 pesos por cada mil pesos que gaste en la adquisición de leche para alimentar adecuadamente a su hijo o hija. Esos 180 pesos pueden hacer la diferencia entre alimentar a un infante debidamente o no hacerlo. Ese monto adicional, o marginal, como le gusta decir a lo economista, si no hay posibilidades de la leche maternal puede implicar un efecto sustitución contrario al interés superior de los niños y niñas de ser alimentados apropiadamente.