Con motivo de los 10 años de la entrada en vigencia de la Ley 122-05 que regula y fomenta las Asociaciones Sin Fines de Lucro (ASFL) en República Dominicana, Alianza  ONG publicó recientemente un interesante trabajo que presenta un balance del cumplimiento de la normativa, realizado por el destacado sociólogo e investigador Milton Tejada.

El proceso de modificación de la Ordenanza Ejecutiva No. 520 del 1920 emitida por el gobierno de ocupación militar de los Estados Unidos, fue una intensa labor que tardó casi 15 años en producir éste instrumento, un salto abismal cargado de innovaciones y nuevos mecanismos de funcionamiento. Se trató de un amplio proceso participativo que involucró de modo directo 685 entidades públicas y privadas, no exento desde luego de muchas confrontaciones y disensos.

En los últimos 15 años el entorno jurídico nacional e internacional ha experimentado una expansión y evolución, que marca una separación muy profunda con el contexto en que se inició el proceso de modificación de la Ley 122/05. Muchas de las leyes objeto de trabajo de las organizaciones de la sociedad civil (Mujer, Niñez y Adolescencia, Medio Ambiente, Salud, VIH SIDA, Discapacidad, Juventud, Cultura…) son concomitantemente aprobadas  durante  éste periodo.

Con posterioridad a la promulgación de la Ley 122/05, entra en vigor en el 2008 el Reglamento 40-08 para su aplicación, que aún encuentra resistencias institucionales en algunos aspectos, como el plazo otorgado de 90 días para que los ministerios formen las comisiones mixtas de habilitación, y hasta la fecha sólo tres (3) (Educación, Salud Pública y Medio Ambiente) han cumplido con éste mandato.

En el año 2010 es votada y proclamada una nueva constitución que reforzó las garantías individuales, derechos fundamentales y los derechos colectivos, establece en su artículo 47 la libertad de asociación.

En el 2011 un nuevo orden administrativo queda entronizado y como consecuencia entra en vigor la Ley 137-11 Orgánica del Tribunal Constitucional y de los procedimientos constitucionales. República Dominicana ha ratificado los principales instrumentos internacionales y regionales en materia de derechos humanos, incorporados en nuestra Carta Magna.

Las leyes de más reciente aprobación que tienen gran peso y determinación específica para el caso de las ASFL son: La Estrategia Nacional de Desarrollo (E.N.D.) promulgada en enero del 2012, que contiene 7 ejes transversales, el numero 5 dedicado a “Promover la participación social en la formulación, ejecución, auditoría y evaluación de las políticas públicas, mediante la creación de espacios y mecanismos institucionales que faciliten la corresponsabilidad ciudadana, la equidad de género, el acceso a la información, la transparencia, la rendición de cuentas, la veeduría social y la fluidez en las relaciones Estado-sociedad”; y la Ley 107-13 sobre los Derechos de las Personas en sus relaciones con la administración pública.

En conclusión, podemos constatar que la República Dominicana posee un entorno jurídico favorable y de gran oportunidad para el desarrollo de una sociedad civil que participe con solidez de manera activa y eficaz en el desarrollo. No todos los países de la región ni de la comunidad internacional poseen un marco legal tan propicio y amplio como la República Dominicana, hay que decirlo.

No obstante, importantes retos quedan por delante después de evaluar una década de su promulgación. Reiteramos, aún sólo tres (3) ministerios  son los únicos que están habilitando a las A.S.F.L.

La asignación de fondos públicos debe quedar exclusivamente a aquellas que estén habilitadas.

Otros puntos fuera del ámbito jurídico que hay que continuar trabajando, es la resistencia a la transparencia y rendición de cuentas de muchas de las propias organizaciones, y una especie de animadversión de un sector mediático, que desconoce y por tanto distorsiona, el trabajo de más de las siete (7) mil organizaciones que actualmente se encuentran registradas en el Centro Nacional de Fomento y Asociaciones Sin Fines de Lucro, pero eso puede ser tema de otro artículo.