La presidencia del gobierno solicitó recientemente a la sociedad y los medios de comunicación ayuda para enfrentar el incumplimiento de las organizaciones de la sociedad civil dominicanas que están obligadas a rendir cuentas por los fondos públicos que reciben en su accionar, de acuerdo a los servicios para lo cual han sido concebidas.

El proceso de modificación de la Orden Ejecutiva 520 de julio 1920 dictada en plena intervención norteamericana, culminó en abril del 2005 con la aprobación de la vigente Ley 122-05 para la Regulación y Fomento de las Asociaciones Sin Fines de Lucro.

Este proceso fue el resultado de un importante esfuerzo de diez años, en el que hay que reconocer a personas e instituciones como: Eduardo Latorre, Mary Pérez de Marranzini, David Luther, Rosa Rita Álvarez, Aída Consuelo Hernández, Rosa Emilia Tavares, Magaly Caram, PROFAMILIA, FINJUS, el Centro de Estudios Sociales Padre Juan Montalvo, CEDAIL, MUDE, CEGES-INTEC, INSALUD, Foro Ciudadano, Fundación Solidaridad, Participación Ciudadana, Mercedes Canalda, Colectiva Mujer y Salud, Horacio Ornes, y toda la membresía fundadora de Alianza ONG, quienes se adentraron en una labor histórica en producir un instrumento jurídico dirigido al fortalecimiento, adecuación y autorregulación del sector no lucrativo de República Dominicana.

De acuerdo a datos de la propia Procuraduría General de la República, durante esos 85 años de vigencia de la citada orden ejecutiva, es decir, al momento de ser promulgada la ley vigente, estaban incorporadas mediante decreto unas 20 mil organizaciones sin fines de lucro.

La nueva normativa estableció mecanismos de control, descentralización de los procesos de incorporación, rendición de cuentas, transparencia y equidad de género en el régimen estatutario, declaración jurada anual obligatoria ante el órgano impositivo, instituyó el proceso de habilitación para las organizaciones que deseen acceder a fondos públicos, estableció una minuciosa clasificación de las organizaciones correspondiente a sus fines y propósitos, y la creación de un órgano paritario gobierno-sociedad civil que es el Centro Nacional de Fomento y Promoción para las Asociaciones Sin Fines de Lucro (ASFL) adscrito actualmente al Ministerio de Economía Planificación y Desarrollo (MEPYD).

El entorno jurídico demandaba una normativa acorde con el proceso de reforma que sobrevino de manera tardía desde mediados de los años 90´s, entre ellas muchas leyes objeto del accionar de las ASFL.

Con posterioridad a la promulgación de la ley 122-05, fue dictado mediante Decreto No.40-08 de enero del 2008, el Reglamento para su aplicación, dirigido a establecer las pautas para un correcto funcionamiento, aún está pendiente su plena aplicación.

Finalmente, con la entrada en vigor de la Estrategia Nacional de Desarrollo (END) mediante la Ley 1-12 queda robustecido el marco regulatorio de las ASFL. Este instrumento con una visión de Estado al 2030 propone en sus políticas transversales: la participación social en la corresponsabilidad, formulación, ejecución, auditoría y evaluación de las políticas públicas. Esto de por sí, trasciende y destierra la anquilosada concepción de asumir como disociadas las relaciones Estado-sociedad.

El proceso de Habilitación significa que las organizaciones solicitantes poseen las destrezas y capacidades para realizar el servicio por el cual el Estado asigna determinados fondos públicos.

Es obligatorio para las asociaciones sin fines de lucro que reciben o desean recibir fondos del Estado. Las comisiones mixtas de habilitación en cada ministerio se encargan de evaluar todo el proceso, supervisar y luego remitir al Centro de Fomento quien a su vez recomienda al ejecutivo la asignación presupuestaria.

Hasta ahora sólo 3 instituciones del Estado están habilitando: Ministerio de Salud, Ministerio de Educación y Ministerio de Medio Ambiente. El Reglamento en su artículo 182 otorgó un plazo de noventa (90) días calendarios para que los ministerios aprueben las normas de habilitación.

La habilitación puede ser el mecanismo mediante el cual el gobierno pueda iniciar un mayor control sobre los fondos que reciben las ASFL.

Antes de auscultar a las asociaciones que están habilitadas, debe ser revisado el grueso de organizaciones dependientes del Ministerio de la Presidencia, a las que durante el año 2014 se destinó el 20% de los RD$1,543,911,919 de los recursos que recibieron las ASFL.