Desde el año 1954, la República Dominicana es un Estado confesional, profesante del catolicismo romano, en virtud del Concordato suscrito en Roma por el dictador Rafael Trujillo Molina, en representación del país y el Papa Pío XII, en su condición de Jefe de Estado de la Santa Sede. Dicho tratado bilateral, el cual regula las relaciones diplomáticas entre la República Dominicana y El Vaticano, se ha mantenido vigente hasta la fecha, sin sufrir la más mínima modificación.

Sin embargo, la Constitución Política establece que la República Dominicana es un Estado aconfesional, no vinculado a ninguna religión, respetuoso de la libertad de conciencia y de cultos y no otorgador de privilegios a favor de determinado grupo religioso. ¿Cómo se resuelve el conflicto entre el Concordato y la Constitución? Se nos ha vendido que esa solución no es posible, dado que los distintos Presidentes que se han sucedido en la dirección del Poder Ejecutivo desde el ajusticiamiento del tirano en 1961 se han negado a revisar las relaciones bilaterales con la Santa Sede.

Varios factores han incidido en la actitud negativa del Estado Dominicano hacia proponerle al Estado Vaticano una revisión del Concordato. Podríamos citar algunas, sin orden de prioridades: falta de aceptación de la realidad de que el mapa religioso dominicano no es el mismo de 1954 (en ese tiempo, el catolicismo romano era la creencia religiosa del 98 por ciento de la población); el enorme peso político que ha detentado la iglesia católica dominicana desde la fundación de la República en 1844 y el estado de dispersión en que se encuentra la comunidad cristiana evangélica, el cual no le ha permitido presionar por mayores cambios, pese a que sus miembros suman más del millón de personas.

Sin embargo, desde finales de la década del 90, se han producido una serie de acontecimientos que nos llevan a pensar que el tránsito hacia la igualdad religiosa, aunque tortuoso, ya ha sido iniciado. Por iniciativa del entonces diputado Elías Wessin Chávez, quien profesa el cristianismo evangélico, el Presidente Leonel Fernández promulgó en el año 2000 la Ley 44-00, la cual establece la enseñanza de la Biblia en las escuelas públicas del país, otorgándoles a los padres de los estudiantes la facultad de elegir que sus hijos reciban enseñanza bíblica, enseñanza de la doctrina y motal católicas o ninguna de las dos, respetándose de esta manera la libertad de conciencia y de cultos consagrada en el texto constitucional.

Dicha ley no ha sido implementada, debido a que colisiona con el Concordato de 1954, el cual establece la exclusividad de la enseñanza católica en los centros educativos estatales. Sin embargo, esa ley del año 2000 fue un reconocimiento del Estado Dominicano a la realidad de que la aplicación de las enseñanzas contenidas en la Biblia pueden cambiar vidas y naciones. La ley 44-00 derriba la falsa idea que la iglesia católica ha transmitido por siglos de que su doctrina es la única con validez para edificar espiritualmente a los que la reciben, amén de que constituye la prueba fehaciente de la voluntad de un Estado católico de darle entrada a su sistema de enseñanza a la doctrina que se transmite en las iglesias cristianas evangélicas.

Cuatro años más tarde, en el 2004, el entonces Presidente Hipólito Mejía remitió al Poder Legislativo  un proyecto encaminado a modificar la Ley No. 659 sobre Actos de Estado Civil, a los fines de otorgarle efectos civiles a los matrimonios oficiados por los ministros religiosos de confesiones distintas a la católica. El lobby de la iglesia de Roma impidió la aprobación inmediata del proyecto.

Los años 2008 y 2009 fueron de intensa discusión en materia de igualdad religiosa. La Suprema Corte de Justicia emitió una sentencia, estableciendo la constitucionalidad del Concordato en tanto que el Poder Legislativo, después de conocer varias vistas públicas, engavetó una iniciativa de los diputados evangélicos Carlos Peña (PLD-Distrito Nacional) y Eugenio Cedeño (PRD-La Romana) que procuraba otorgarle a la comunidad evangélica los mismos beneficios y privilegios que el Concordato le otorga a la iglesia católica. Un segundo proyecto del diputado Carlos Peña, presentado en el año 2009, tendente a declarar el treintiuno (31) de octubre, día de la Reforma Protestante, como Día Nacional de la Comunidad Evangélica, permanece en los archivos de la Cámara de Diputados.

La Constitución Política votada en el año 2010 le otorgó efectos civiles a los matrimonios oficiados por ministros religiosos no católicos. Esta provisión constitucional desembocó en la promulgación de la Ley 198-11, que regula los matrimonios religiosos y sus efectos en República Dominicana, rescatándose de esta manera el proyecto sometido al Congreso en el año 2004. Por lo menos, en materia de matrimonios, todos los casamientos oficiados por entidades religiosas en el país, sin importar la confesión a la que pertenezcan, pueden obtener efectos civiles. En el presente año, el diputado Eugenio Cedeño depositó un proyecto encaminado a declarar la Biblia como libro nacional de la República Dominicana, honrando de esta manera la realidad de nuestro escudo nacional.

La mejor manera de darle continuidad al esquema de igualdad religiosa que establece la Constitución es votando una ley de cultos, similar a la que existe en países como México y España, naciones de mayor tradición católica que la nuestra. Dicha ley de cultos establecería mecanismos para que las asociaciones religiosas obtengan personería jurídica ya que, inexplicablemente, la Ley No. 122-05 sobre Asociaciones sin Fines de Lucro las excluyó, así como las exenciones fiscales de las adquisiciones destinadas a la obra que realizan y la inembargabilidad de los bienes muebles e inmuebles afectados al servicio religioso.

Sin embargo, mantenemos la convicción de que leyes internas encaminadas a la igualdad religiosa no son suficientes. Si el Estado Dominicano quiere lograr un régimen de igualdad entre todos los cultos establecidos en el país, necesariamente tiene que someterse a su propia Constitución y denunciar el Concordato de 1954. Es una tarea que se ha evitado año tras año, pero que se ha tornado inaplazable.