Con mucha frecuencialas decisiones de los tribunales constitucionales se ven expuestas a incisivos debates de opinión pública. Se trata de eventos de deliberación ciudadana en los que esa “comunidad abierta de intérpretes constitucionales” de la que tanto habla Peter Häberle contribuyen a moldear una determinada forma de entender y aplicar la constitución y sus disposiciones. La frecuencia con que esto sucede pone de manifiesto el carácter divisivo de muchos de los temas sobre los que, en razón de sus competencias, se pronuncian los jueces supremos de la constitucionalidad.

Un ejemplo que ilustra lo anterior lo encontramos en el nivel de división que arrastra a la sociedad estadounidense desde que en 1973 su Tribunal Supremo, en Roe vs. Wade, declaró inconstitucional la prohibición del aborto bajo el alegato de que con ello el legislador vulneraba derechos fundamentales protegidos por la Decimocuarta Enmienda.

Para algunos de los más agudos analistas y observadores del constitucionalismo norteamericano, el nivel a veces virulento de división que el tema del aborto genera se debe, en gran medida, al hecho de que la solución no provino del ámbito natural del que a su juicio debía proceder: del Congreso Federal como órgano del Estado que ostenta el mayor nivel de representación y pluralismo imaginables en una democracia.

En una democracia, razonan quienes así piensan, los temas de mayor conflictividad social y política los deben decidir las instancias que de manera más directa conectan con las mayorías pues ese hecho, aunque no elimina las críticas potenciales que ciertas decisiones legislativas suscitan, se convierte en un dique de contención frentea eventuales desbordamientos del debate. Esto así porque subyace el sentir de que, por vía del Congreso, habló la mayoría.Y es regla básica que en una democracia, aun la más severa crítica a la decisión mayoritaria presupone su aceptación y su respeto.

Esta ya vieja discusión viene a cuento porque la reciente Sentencia TC-0168-2013 de nuestro Tribunal Constitucional me ha traído a la memoria una advertencia que a propósito de la misma formulara Gustavo Zagrebelsky tras su salida del Tribunal Constitucional Italiano, del cual fue durante 9 años Juez y Presidentealternativamente. La advertencia del también Profesor de la Universidad de Turín se contrae a lo siguiente: un tribunal constitucional debe evitar convertirse en una especie de tercera cámara legislativa a la que vayan a buscar solución los problemas de alta política que corresponde resolver al Congreso Nacional.

La justicia que administra el Tribunal Constitucional corre un alto riesgo de erosión y de pérdida de legitimidad cuando, sea por irresponsabilidad histórica, connivencia con grupos de poder fáctico o por simple oportunismo político, los partidos eluden enfrentar temas que, como el referido a la política migratoria o a una solución razonable y coherente de la cuestión de la nacionalidad, confrontan de manera tan abiertaa los diversos sectores sociales.

A la política partidaria que asuma sus responsabilidades y que pague, si ese fuera el caso, el costo que ello implica. El Tribunal Constitucional debe quedar reservado, es lo que manda la constitución, para juzgar los resultados de las decisiones adoptadas por las instancias de representación política, no para cubrirsus ausencias e irresponsabilidades.

Reitero mi criterio de que la mayoría del Tribunal Constitucional que votó la Sentencia TC-168-2013 emitió criterios que chocan de frente con principios axiales del ordenamiento constitucional dominicano y que desconoció, sin explicar las razones, el carácter vinculante de las decisiones de la Corte Interamericana de Derechos Humanos que sus propiosmiembros habían reconocido unos meses antes.

Solo quería, a título de llamado de atención, recordar la advertencia de Zagrebelsky. Porque el país y sus instituciones seguirán su curso y más temprano que tarde la restitución de los derechos se producirá en favor de los afectados por esta lamentable decisión. Pero el curso institucionalmente adecuado de la marcha del país supone, en parte, que cada entidad del poder público asuma las responsabilidades que le vienen impuestas. Sobre todo porque endosar al TC esas responsabilidades podría implicar un precio demasiado elevado para este órgano, y mantengo la creencia de que la sociedad dominicana sería la más perjudicada con su eventual deslegitimación social.