Desde hace tiempo venía escuchando del enfoque estratégico en la litigación, pero no fue hasta hace apenas unos meses que entré en contacto directo con esta herramienta, y he quedado cautivada. Tanto, que casi me convence de convertirme finalmente en una "abogada", es decir, en una litigante.
El litigio estratégico no es más que un medio al servicio de los/as abogados/as mediante el cual se contribuye al desarrollo del Derecho de Interés Público, a través de la promoción del cambio social. Cualquier caso común, para aquél abogado/a que parta de este enfoque, pudiera convertirse en el caso ideal para transformar el Derecho, y lograr un impacto positivo a nivel del colectivo.
Un ejemplo concreto que pudiéramos poner de los alcances de esta herramienta, en nuestro caso, sería la lucha por el 4% para la educación. Lo que comenzó como un simple reclamo de un grupo de organizaciones, terminó siendo una de las más grandes manifestaciones sociales que jamás se hayan impulsado, llegando incluso a impactar, no solo a nivel jurisdiccional, sino en la propia toma de decisiones políticas.
El litigio estratégico fuerza sutilmente a los juzgadores a pensar el derecho que aplican, a dotarlo de contenido democrático. Es por ello que se ha dicho que en materia de defensa de derechos humanos el litigio estratégico se convierte en paladín de aquellos sin voz ni acceso a vías efectivas para el resarcimiento adecuado.
Sin embargo, un aspecto característico de la herramienta es que no limita su campo de acción al plano jurisdiccional, aunque al final su meta sea provocar un cambio en los precedentes judiciales, sino que se extiende al cambio de estructuras, ya sean reformas legales o prácticas institucionales.
Temas tan sensibles como el de la violencia de género, por ejemplo, bien pudieran ser trabajados desde esta perspectiva, haciendo confluir lo jurisdiccional con el activismo, con el propósito de dar mayor visibilidad al problema y buscarle soluciones más efectivas. No olvidemos que en todo caso de violencia de género no atendido de forma oportuna por los organismos del Estado, hay una violación flagrante de derechos humanos.
Una decisión judicial, con carácter erga ommnes, que opte por criterios afines a los derechos humanos, que provoque reformas legislativas encaminadas a otorgar mayor protección y seguridad jurídica, así como a eliminar los espacios de discriminación y arbitrariedad, es una decisión que, para el caso en concreto, beneficia no solo a la víctima en cuestión. Si esta decisión es luego acompañada de una serie de iniciativas conducentes a presionar a los actores políticos y sociales a que se comprometan con la implementación de las reformas y los cambios deseados, estaríamos hablando de litigio estratégico.
Se trata, en fin, de generar nuevas reglas de convivencia social, procurando el pleno ejercicio de los derechos humanos para la construcción efectiva de un verdadero Estado Democrático de Derecho.
Por todo lo antes escrito, creo que me apunto a esta corriente.