En el artículo anterior abordé esencialmente el interés superior del niño, el fundamento constitucional y convencional, desde los principios que lo amparan ampliamente, también el derecho a la imagen desde esta misma perspectiva. Está segunda entrega es un análisis de la imagen del niño desde las campañas electorales, con fundamento politológico y Psicológico.

La presencia de niños, niñas y adolescentes en las campañas electorales debe estar previamente regulada. Esta participación debe estar reglada por un acuerdo, donde se haga constar la aprobación por escrito de los padres o tutores del niño, niña o adolescente, donde consciente, plena y claramente, otorguen su autorización para el uso de la imagen del niño con todas las garantías de la ley.

Este consentimiento tiene límites, es un contrato a término, debe garantizar la integridad del niño, evitando que en un spot publicitario, por el medio que fuere, tenga contendido que coloquen al menor en condición de vulnerabilidad, que afecten psicológicamente su desarrollo integral.

Es necesario precisar que la tendencia hacia la presencia de menores en las campañas políticas sea ha puesto de moda, sobre todo a partir de la disrupción de las redes sociales en nuestras vidas. Esto demuestra que la utilización frecuente de los niños en las redes sociales, por sus mentores, tutores o padres, constituye una sobreexposición del menor en las redes, publicitando su vida privada y en muchos casos hasta la vida íntima.

Este fenómeno es analizado por el profesor Stancy B. Slenberg de la Universidad de la Florida. En su artículo Sherinting: Children is Privacy en The Age Social Media. Dice: Una práctica de los padres conocida como Sherinting.  Describe en su artículo como muchos padres comparten información acerca de la vida privada de sus hijos principalmente en las redes sociales, que devienen en conflicto entre el derecho del niño a la intimidad y el derecho de los padres al compartir información sobre sus hijos. Hoy no hay secretos, los padres hacer esfuerzo por posicionar a los menores como referente de influencia en las redes sociales.

Este comportamiento fenomenológico fue estudiado por Hart, Roger en (Children s Participation, form tokenismsto citizenship, Italia, UNICEF, 1992. P.5).  Hard construye una especie de guía de referencia para garantizar los derechos del niño, debido a que ha sido demostrado cada vez más el involucramiento de los niños en campañas electorales, por ejemplo, los tribunales electorales mexicanos, fueron apoderados de 97 casos de violación en materia de los derechos del niño, por los partidos políticos del 2015-2019. (Hernández, Toledo Carlos. En el interés superior de niños en la propaganda política electoral).

Los niños pueden ser expuesto a manipulación, ausencia de identidad y cognitiva con el mensaje utilizarlo.  Además está la decoración, aquí puede visualizarse vestimenta inadecuada e insinuante del menor.  El tokensismso consiste según Hart: En hacer pequeñas concepciones a los grupos minoritarios, para desviar acusaciones de prejuicios y discriminación. (Esta referencia conceptual está tomada de Vaughan, Hogg, Psicología Social, España. Editorial   Médica Panamericana, p. 368.)

Los niños pueden tener una participación asignada pero informada, también una participación informada y consultada. Las campañas electorales pueden producir una participación iniciada por adultos con decisiones compartidas con niños. En otro rango de la guía esta la participación iniciada y dirigida por niños, agregando también la iniciada en campanas iniciadas por niños y compartidas por adultos.

Estos indicadores descriptos anteriormente pueden utilizarse para construir un estándar de guía para el contrato, esto puede pautar la relación contractual transparente debido a la opacidad que pende sobre este tema en nuestro país.  La inserción de los menores en las campañas debe ser regulada tempranamente para evitar situaciones de conflictos.

Es importante contemplar las futuras reformas, la profundización y defensa del derecho de los niños, en campaña electoral, será necesaria una mejor legislación y una mayor reglamentación.