Dando la bienvenida al nuevo 2020 nos gustaría hacer un breve enfoque sobre la relación futura, y desde luego muy estrecha, entre el “nuevo” concepto de nZEB (near Zero Energy Building) asumido por los países europeos, entre ellos España, y el IEE (Informe de Evaluación del Edificio, llamado así en España) y sus homólogos en Europa.

Este enfoque se hace bajo la advertencia de que su lectura – en Dominicana-  puede y debe servir como temática aspiracional, tal como hemos dicho en otras ocasiones,  para que nuestra sociedad caribeña y en vías de desarrollo, tome nota.

El IEE es la evolución natural del informe de ITE (Inspección Técnica del Edificio), que ha sido la herramienta para evaluar el estado de conservación de los edificios, en muchos municipios españoles, desde el punto de vista del estado de la estructura y cimentación;  el estado de las fachadas (interiores y exteriores, así como medianeras), y muy especialmente los elementos que de estas que pudieran representar un potencial peligro para los que circulan por  la vía pública (como petos, terrazas y balcones); el estado de conservación de cubiertas y azoteas; el estado de las redes generales de fontanería y saneamiento del edificio y el estado de los elementos de accesibilidad.

Los aspectos que evalúan en una inspección y que se reflejan en el IEE,  son esencialmente los mismos que se han venido evaluando con los informes de ITE, y además haciendo énfasis en los temas de accesibilidad de manera muy especial.

Como elemento evolucionado, en la IEE se plantea un enfoque sobre la eficiencia energética,  más completo y comprometido – si vale el término- que en la ITE; en tal sentido se incorpora una certificación energética del edificio objeto de inspección.

Es en este último punto donde convergen la IEE y el concepto nZEB. Vale señalar, y antes de seguir avanzando en el texto, que los edificios que deben ser objeto de ITEs son todos aquellos que han cumplido 30 años de antigüedad; a partir de estos años cumplidos se vuelven a evaluar, periódicamente,  cada 10 años. En el caso de los edificios supuestos a cumplir la IEE, los mismos están obligados, con este requisito, al cabo de sus primeros 50 años de vida, y a partir de ese momento cada 10 años. El caso es que los informes de IEE, están supuestos a sustituir a los de ITE, mejorando el tema de la eficiencia energética, y con el nZEB como marco de referencia.

¿Es posible que un edificio de 50 años de antigüedad se convierta en nZEB? 

La respuesta a esta pregunta es materia de discusión constante dentro de los diferentes actores involucrados. La respuesta debe ser un sí rotundo, aunque a efectos prácticos aún se está transitando el camino.

A modo de ejemplo y confirmación de que se está en pleno desarrollo del camino hacia la eficiencia de los edificio existentes, en trabajos realizados por el autor, se ha podido comprobar que en más de 150 edificios evaluados en la ciudad de Madrid ( y debidamente relacionados en unas tablas comparativas),  más del 90% de los mismos tenían un calificación energética de no más nivel que una E, o incluso inferior a esta, en una escala que va desde la A hasta la G (A,B,C,D,E,F,G) , siendo A la calificación con un nivel más eficiente y la G la calificación de menor eficiencia. 

La buena noticia es que existe un buen indicio de que el tema va a mejor; la rehabilitación energética de edificios es el futuro y, también,  la obligación de los países miembros de la Unión Europea.

Tomemos nota….Hasta la próxima.