El Estado transnacional, es una evolución de los viejos Estados nacionales de soberanía absoluto. Hoy frente los desafíos globales de la seguridad transnacional, los Estados trabajan en la formulación de leyes nacionales, contra los crímenes transnacionales (Ley No. 155-17 de Lavado de Activos, Proyecto de Ley Extensión de Dominio). Los Estados persiguen las conductas criminales globales: narcotráfico,lavado de activo, contrabando, soborno, tráfico de seres humanos, tráfico de armas, las actividades ilícitas de financiamiento, terrorismo, corrupción, narcopolítica, coalición de funcionarios públicos para delinquir.
Las convenciones internacionales definen delitos específicos, crean procedimientos, regulan el régimen de extradición entre los Estados partes, toman acciones a través de sus sistemas legales nacionales. Los Estados trabajan en la lucha en contra la corrupción de las élites políticas y las élites empresariales.
El Estado transnacional tiene que actuar con transparencia, no puede permitir que los actores políticos, las elites empresariales y el crimen internacional, los sujetos obligados del sistema puedan evadir o eludir sus responsabilidades financieras.
Las transparencia nacional e internacional, obliga a los Estados a recurrir de manera insoslayable a la identificación de los actores y los recursos que se mueven en el sistema financiero y el sistema político(soborno). Hoy hay una doble responsabilidad para los ilícitos, si esa actividad busca subvertir el orden constitucional conforme al artículo 73 de la constitución.
La transparencia, la licitud, implica apertura de todo el proceso político que vive el país en estos momentos, por ejemplo, como lograr la modificación de la constitución sin acuerdo político
La ley de lavado de activos expresa en el artículo 2, Definiciones Infracción Precedente o Determinante que: …. el desfalco, concusión, cohecho, soborno, tráfico de influencia, prevaricación y delitos cometidos por los funcionarios públicos en el ejercicio de sus funciones, soborno trasnacional, delito tributario, estafa agravada, contrabando, piratería, piratería de productos, delito contra la propiedad intelectual, delito de medio ambiente, testaferrato, sicariato, enriquecimiento no justificado, falsificación de documentos públicos…constituyen violaciones graves.
La transparencia, la licitud, implica apertura de todo el proceso político que vive el país en estos momentos, por ejemplo, como lograr la modificación de la constitución sin acuerdo político.
El principal partido de oposición el PRM, junto a los partidos de menor representación, han reiterado que no apoyarán una nueva modificación constitucional, si esta posición política se mantiene no habría posibilidad real de lograr los votos.
Las ausencias, las enfermedades, la pérdida de vuelos internacionales, las visitas médicas (Tecnicismo Fraudulento), para lograr un quórum antidemocrático, la modificación carecería de legitimidad.
El tecnicismo fraudulento, es una acción maquiavélica para que, de manera «coincidentes», el día de la convocatoria para modificar la constitución, la Cámara de Diputados se encuentre en un estado de calamidad pública y produzca una modificación con un quórum antidemocrático, desconociendo olímpicamente el 68% Gallup-Hoy, que está en contra de una modificación a la constitución. Un acto político de esa naturaleza devendría en ilegítimo.
La modificación de la constitución en el actual escenario, si acuerdos políticos, con una ocupación militar de congreso, solo puede ser logrado mediante actos de ilicitud, conducta opaca, violaciones transnacionales contenidas en las Definiciones Infracción Precedente o Determinante de la ley de Lavado de Activo, violación a la Convención internacional en Contra de la Corrupción.
Los actores políticos del sistema a todos los niveles, que así actúan comprometen su responsabilidad penal nacional e internacional, extensivo hasta su propia familia. Bajo el nuevo esquema de persecución del régimen internacional convencional por crímenes transnacionales.
Al final, intentar reformar la constitución para prolongar el período, no es un problema personal, entre Danilo Medina y Leonel Fernández, como algunos analistas de manera reduccionista contraen el análisis político al análisis de coyuntura, obviando de manera manifiesta los hilos de la Historia Política Dominicana; que nos traen hasta aquí.
La lucha por la defensa de la constitución es el intento de superar el trauma político e histórico más calamitoso de nuestra vida republicana, que nos ha robado de los 175 años de vida como Nación, unos 93 años de democracia expresado de la manera siguiente: Golpe de Estado, intervenciones, dictaduras y autoritarismos.
La reelección desde el poder para beneficio del gobernante de turno; es en esencia una violación a los límites del poder, tal como lo ha expresado la Comisión de Venecia. La reelección no es un derecho humano. La reelección tiene un límite al mandato natural del poder que lo consagra la constitución.
Hoy en estos mares procelosos, con Estado transnacional, con un déficit institucional agravado como la ocupación militar del Congreso, nos encontramos en la siguiente disyuntiva; nos conducimos finalmente a buen puerto, o podemos zozobrar en los mares de la intranquila, el autoritarismo y la inestabilidad política. Al final el mundo es más simple que los seres humanos: continuamos el camino democrático o solo nos quedará el crujir de dientes.