Las Enfermedades Catastróficas y la Agonía de quienes las Padecen en nuestro País.
Todos los derechos humanos, que son los que pertenecen a toda persona en razón de su dignidad, son universales, indivisibles e interdependientes y están relacionados entre sí. Sin lugar a dudas, la vida es el bien más preciado de todo ser humano y por ello no sorprende que el derecho a existir sea el primero y más esencial de todos los derechos humanos reconocidos. También se reconoce el derecho a un estándar de vida adecuado y con relación a estos dos derechos, la comunidad internacional ha distinguido la salud como un bien jurídico autónomo, es decir, que merece una protección independiente y no a través de otros derechos.
El derecho a la salud es un derecho fundamental que está plasmado en el artículo 61 de la Constitución de la República y es indispensable para el ejercicio de los demás derechos humanos. Su ejercicio está estrechamente vinculado con el ejercicio de otros derechos humanos y depende de esos derechos, que se enuncian en la Carta Internacional de Derechos, en particular el derecho a la alimentación, a la vivienda, al trabajo, a la educación, a la dignidad humana, a la no discriminación, a la igualdad, a no ser sometido a torturas, a la vida privada, al acceso a la información y a la libertad de asociación, reunión y circulación. Esos y otros derechos y libertades son los componentes integrales del derecho a la salud.
Al elaborar el artículo 12 del Pacto de Derechos Económicos, Sociales y Culturales, la Tercera Comisión de la Asamblea General de las Naciones Unidas no adoptó la definición de la Salud que figura en el preámbulo de la Constitución de la OMS, que la concibe como "un estado de completo bienestar físico, mental y social, y no solamente como ausencia de afecciones o enfermedades". El art. 12 del Pacto reconoce que el derecho a la salud abarca una amplia gama de factores socioeconómicos que promueven las condiciones merced a las cuales las personas pueden llevar una vida sana, y hace ese derecho extensivo a los factores determinantes básicos de la salud, como la alimentación y la nutrición, la vivienda, el acceso a agua limpia potable y a condiciones sanitarias adecuadas, de trabajo seguras y sanas y a un medio ambiente sano. Qué lejos estamos en República Dominicana de este parámetro.
El disfrute del derecho a la salud para millones de personas continúa siendo una meta muy lejana.
El derecho a la salud no debe entenderse como un derecho tan solo a estar sano. El mismo conlleva libertades y derechos, entre los que se encuentran el derecho a controlar su salud y su cuerpo, y a no padecer injerencias, como el derecho a no ser sometido a torturas ni a tratamientos y experimentos médicos no consensuales.
Entre los derechos figura el relativo a un sistema de protección de la salud que brinde a las personas oportunidades iguales para disfrutar del más alto nivel posible de salud.
Por esto merece que se resalte que hay una evolución notable del concepto de derecho a la salud, que no se limita a una declaración de bienestar, sino que envuelve todos los componentes que tienen que estar presentes y corregirse para que la persona humana tenga la salud. Por esa razón el Estado está obligado a proveer los medios imprescindibles para el bienestar de sus ciudadanos, que excede el simple hecho de proporcionar medicamentos y construir hospitales públicos.
Un tema que es importante tratar como parte del derecho a la salud es el de la disponibilidad de los medicamentos que el Estado debe proporcionar a la población, que debe privilegiar el genérico eficaz, inocuo y de calidad, con reposición oportuna, sin considerar necesariamente el más económico. Es necesario que el Estado proporcione un programa que funcione de manera digna, sobre todo para las enfermedades de alto costo, que incluya los medicamentos biológicos y biotecnológicos, para poder dar una mayor cobertura y que el mismo sea sistemático, sobre todo para la población que no dispone de recursos para comprarlos. En esto en nuestro país tenemos logros, pero hay que multiplicarlos, sistematizarlos, disciplinarlos y dedicarlos con exclusividad a los sectores menos pudientes.
Un tema de especial interés son las enfermedades catastróficas o de alto costo o ruinosas, como la artritis reumatoide, el lupus eritematoso, la esclerosis múltiple, el cáncer, la hipertensión pulmonar, la insuficiencia renal, las hepatitis y otras enfermedades o síndromes considerados raros, pero que se han ido generalizando en la población, pues son transmisibles genéticamente.
Para estos casos existe una inestabilidad a todos los niveles, para los asociados al Estado. Son innumerables las dificultades que tienen los afiliados de la Seguridad Social para recibir la cobertura de enfermedades catastróficas.
En nuestro país los beneficiarios del Plan Básico de Salud se han estado quejando porque no pueden seguir los tratamientos a cabalidad, ya que las Administradoras de Servicios de Salud (ARS) no incluyen medicamentos ni tratamientos para las enfermedades catastróficas.
El Sistema General de Seguridad Social se presume que está delineado para garantizar la efectividad del Estado Social de Derecho, paradigma de la nueva Constitución Dominicana.
Las restricciones para el acceso a los procedimientos de alto costo, se han separado de los principios que inspiran el Estado Social de Derecho.
“En un Estado Social y democrático de Derecho, el cual se funda en el respeto de la dignidad humana y la conservación del valor de la vida resulta inaceptable que se tolere que, ante el apremio de una persona de recibir un tratamiento médico para conservar su existencia, se antepongan intereses de carácter económico o legal, a la preservación de la vida”.
Hay que levantar pancartas y hacer marchas como en la lucha por el 4%; hay que apoyar a las Ongs que están luchando en nombre de los que padecen las enfermedades de alto costo para que el sistema de seguridad social les de cobertura sin cortapisas a los procedimientos y tratamientos que estas enfermedades demandan. Esto es un imperativo. Esto es una prioridad.
Felicitamos el trabajo que hacen RENACER, Fundación Dominicana de Esclerosis Múltiple, Mujeres Solidarias, Fundación Dominicana de Lupus, Asociación Dominicana de Lucha contra la Hepatitis y un Paso de fe por Pacientes con Artritis Reumatoide.