Soy culpable, según Bartolomé Pujals, de ser un constitucionalista “pret a porter”, es decir, que abogo por un constitucionalismo que “tiene la característica sistemática de favorecer a aquel que tenga la capacidad de agenciarlo”, que es  “un constitucionalismo listo para llevar, bien enlatado, conveniente y oportuno para superponer unos derechos sobre otros, (…) para que cierto orden de cosas se mantenga inalterable” y que “busca garantizar los intereses que históricamente se han opuesto al desarrollo, a la prosperidad y a la felicidad del pueblo dominicano” (Bartolomé Pujals, http://hoy.com.do/loma-miranda-y-el-constitucionalismo-pret-a-porter/).

El brillante jurista, Nassef Perdomo, trata de disimular el maniqueista y desaforado uso de argumentos ad hominem de Pujals, afirmando que los cargos en mi contra consisten básicamente en que rechazo “la dimensión política del ejercicio del poder en la democracia constitucional” y pasa de inmediato a fundamentar dicho cargo en nombre y representación de los defensores de lo que he llamado el “populismo constitucional”  (http://acento.com.do/2014/opinion/8176128-la-trampa-de-la-democracia-sin-politica/).

Pero lo cierto es que nunca he negado que detrás de toda decisión jurídica hay una política que le sirve de sustento como tampoco que las decisiones jurídicas tienen consecuencias políticas. Lo que he afirmado y sigo insistiendo es que si tomamos en serio la Constitución hay que reconocer que, si ella es norma suprema como lo es en virtud de su artículo 7, hay decisiones que, por más democrático que haya sido su procedimiento de adopción, resultan ser inconstitucionales. Y he dicho y repito otra vez aquí que en eso precisamente consiste el constitucionalismo: en establecer límites al poder, pues desde Lord Acton se sabe que todo poder corrompe y que todo poder absoluto –aun democrático- corrompe absolutamente.

Que la Constitución establezca limites al poder y que en eso consista la esencia del constitucionalismo no significa que el constitucionalismo sea anti popular. De hecho, la Constitución emana del pueblo, aunque para los nuevos decisionistas dominicanos, es fruto de la conspiración de las elites. La Constitución solo es buena si me favorece o favorece a las mayorías. Se trata de una especie de constitucionalismo bipolar. Hoy “esta no es mi Constitución”. Mañana “es inconstitucional la explotación de Loma Miranda”. Pasado mañana “la Constitución solo favorece a las elites que quieren explotar  Loma Miranda”.

Pujals, desesperado ante los limites al poder de las mayorías que establece la propia Constitución emanada de la mayoría, se pregunta: “¿Por qué esa institucionalidad, esa democracia constitucional que defiende Jorge Prats, siempre se decanta con ‘interpretaciones constitucionales’ que sólo favorecen a las elites?. Cabe preguntarse también: ¿Por qué el constitucionalismo prêt-à-porter o listo para llevar, sólo reditúa para los sectores de poder?”. Yo, sin embargo, me hago otras preguntas: ¿Por qué el Tribunal Constitucional falló en contra de todos los bancos múltiples y a favor de la Dirección General de Impuestos Internos de la super mayoría democrática? ¿Por qué esa misma Corte dictaminó en contra de la poderosa multinacional de Falconbridge y a favor de las grandes mayorías que no quieren el desarrollo minero de Loma Miranda? Como se puede observar, la teoría de la conspiración de los decisionistas dominicanos, o mejor dicho, la historieta populista que ha venido a sustituir el hegemónico consenso neoliberal de Washington, no se sostiene, porque hasta el más contra mayoritario de los poderes del Estado, el Tribunal Constitucional, falla frecuentemente a favor de las grandes mayorías de la nación.

La izquierda dominicana, en especial, lo que se ha denominado la izquierda “gourmet”, esa que se va de picnic y camping con las nuevas causas sociales de moda, tiene una relación instrumental con la Constitución y el constitucionalismo. Estos solo son buenos si son expresión de las “grandes mayorías” en contra de los “grandes intereses” y de las “elites minoritarias”. Por eso, cuando las decisiones adoptadas en nombre de la Constitución de 2010 no les favorecen, insultan a nuestra Ley Sustantiva con los peores epítetos, olvidando que esta es una Constitución de compromiso entre fuerzas ideológicas conservadoras y liberales, de transformación y de emancipación social, y que requiere del involucramiento de los actores sociales en el litigio estratégico y en la puesta en marcha de los instrumentos de la democracia republicana, participativa y deliberativa.

El decisionismo schmittiano de los partidarios del populismo anticonstitucional, que es el discurso –o mejor dicho, la jerga- de la nueva izquierda gourmet dominicana, confunde el ser de la facticidad real con el deber ser de la normatividad constitucional. Eso es muy peligroso pues es una calle que al final tiene un nombre: tiranía. Y es que la historia demuestra que cuando, buscando implantar utopías de hombres y sociedades nuevas, se derriban los limites al poder de la Constitución peyorativamente llamada “formal”, la Constitución “real” que pasa a imperar no es la de las grandes mayorías sino la Constitución real del autoritarismo, de los militares y de los lideres mesiánicos que dicen, a fin de cuentas, que es lo que va y lo que no va. El que lo dude que se vea en el espejo de Américo Lugo, Max Henríquez Ureña, Manuel Peña Batlle, Viriato Fiallo y Rafael Estrella Ureña en 1930.