Hace unos días, medios de comunicación de todo el mundo se hicieron eco de la noticia de que el agua había comenzado a cotizar en el mercado de futuros de materias primas de Wall Street como lo hacen el oro, el café, el petróleo o el cacao. Una particularidad de estos contratos es que no requieren la entrega física del agua, son puramente financieros. Así, el precio, inicialmente previsto para el estado de California, de EE.UU.AA., podría convertirse en un pernicioso referente para los mercados del agua en otras partes del mundo.
Esta iniciativa tiene varios propósitos, permitir a los agricultores tener una idea de la fluctuación del precio del agua (1); incentivar a quienes tienen derechos de uso y aprovechamiento de agua para que gestionen, supuestamente, el recurso de forma más eficiente; y finalmente, generar ingresos llevando al mercado el derecho excedentario del agua. Esto último significa que, a cambio de una compensación, se pueden ceder los derechos por el agua no consumida, ya sea por haberla utilizado de forma más eficiente o simplemente por no haber hecho uso de ella.
En realidad, esta decisión, está destinada a generar gran controversia, que pondría en peligro el acceso a este recurso natural, puesto que agricultores, municipios y principalmente bancos asì como fondos de inversión, podrían negociar o especular ante los cambios en el precio del agua en la bolsa. La codicia de quienes intervienen en el mercado bursátil, y su escasa regulación de seguro hará que, tarde o temprano, las transacciones no se realicen de modo sostenible, impactando de forma negativa sobre los sistemas naturales y el bienestar colectivo, agravando los problemas de la gestión del agua.
Hacer un uso correcto de semejante instrumento financiero es bastante complicado. En primer lugar, no toda el agua está disponible. A fin de otorgar derechos de uso y aprovechamiento del agua, se necesitaría conocer cuál es el caudal mínimo que permitiría la recarga de acuíferos y asegurar la funcionalidad ecológica para abastecer, de forma sostenible, tanto a ciudades como a productores agropecuarios. Muchos países (incluido el nuestro) carecen de estudios técnicos precisos y acabados que orienten la toma de decisión del caudal o volumen a concesionar para evitar que se priorice el desarrollo agrícola en desmedro de los objetivos ambientales y las necesidades de la población.
“El agua es el elemento vital, esencial e insustituible para la vida de toda especie viva. Su carácter indispensable e insustituible la convierte en un bien común (2).” Es por eso que la legislación de la mayoría de los países considera el agua como bien público. La constitución dominicana en su artículo 15 establece que el agua es un patrimonio nacional estratégico de uso público y esencial tanto para la vida (3) como para la salud pública. Estableciendo, además, que las cuencas altas de los ríos y las zonas de biodiversidad endémica, nativa y migratoria, son objeto de protección.
Al mercado no le importa si el que vende está en la cabecera o en la parte baja de la cuenca. Sus operaciones no son justas ni equitativas. La mercantilización del agua es una contradicción flagrante de los principios y la base deontológica con la que se administra un bien público. En el fondo, el intercambio mercantil de concesiones implica que alguien gana dinero por vender un derecho que el Estado le ha otorgado; es simplemente un incentivo perverso, que puede tener lugar si no existe una normativa que lo limite.
“Pedro Arrojo-Agudo, relator especial de la ONU sobre derechos humanos para el agua potable y el saneamiento declaró que los nuevos futuros de agua de Wall Street podrían dar lugar a un alza de precios de un recurso que es de todos y es una herramienta vital para combatir la pandemia de COVID-19”. (4) ¿Cómo puede comercializarse en el mercado de futuros de Wall Street un derecho humano básico?
Nota
- Mercado organizado donde se realizan contratos de compra o venta de ciertos bienes o materias a ser entregados en una fecha posterior, pero pactando su precio, la cantidad y la fecha de vencimiento al momento de la negociación.
Referencias
1. El Financiero. ¿Qué significa que el agua empiece a cotizar en Wall Street? El Financiero. 2020.
2. Petrella, Ricardo. El manifiesto del agua para el siglo XXI. [ed.] Expoagua Zaragoza 2008 S.A. Zaragoza : INO Reproducciones, 2008. ISBN 84-936571-1-5.
3. Asamblea Nacional. Constitución Política de la República Dominicana. Santo Domingo : Gaceta Oficial Nº 10805, 2015.
4. Bloomberg /Megan Durisin Albery. Cotización del agua en Wall Street podría generar burbujas especulativas, advierte la ONU. El Financiero. 2020.
5. EFE, Agencia. El agua comenzó a cotizar en bolsa al igual que el petróleo y el oro. Diario Libre. digital, 9 de diciembre de 2020.
6. Álvarez, Clemente. ¿Qué significa que el agua empiece a cotizar en el mercado de futuros de Wall Street? El País. Digital, 2020.