En esta semana el Procurador General de la República, Dr. Francisco Domínguez Brito, informó en el marco del desayuno que auspicia el Grupo Corripio, que estará persiguiendo y apresando a todo aquel que procure servicios sexuales en varios puntos de las ciudades de Santo Domingo y Santiago. Sobre este particular he leído varios interesantes artículos de opinión; sin embargo, atendiendo a la solicitud de una buena amiga, voy a hacer pública mi opinión jurídica sobre este particular.
Todo el que ha pasado por un aula de derecho ha debido escuchar a los maestros hacer uso permanente de la máxima jurídica que reza que no hay crimen, ni pena, sin una ley previa (“nullum crime, nulla poena, sine praevia lege”), como forma de dejar claro que toda infracción penal debe estar tipificada en la ley. En este sentido, lo único permitido al investigador y a quien administra justicia penal es analizar las actuaciones humanas a la luz de la legislación existente. Para esto basta con verificar los hechos y confrontarlos con los elementos constitutivos de la infracción y a partir de ese ejercicio administrar justicia.
El proxenetismo es una infracción tipificada en el artículo 334 y siguientes del Código Penal de la República Dominicana; que copiado textualmente dispone que: “Será considerado proxeneta aquél o aquélla:
“1o. Que de cualquier manera ayude, asista, o encubra personas, hombres o mujeres con miras a la prostitución o al reclutamiento de personas con miras a la explotación sexual;
“2o. El o la que del ejercicio de esa práctica reciba beneficios de la prostitución;
“3o. El que relacionado con la prostitución no pueda justificar los recursos correspondientes a su tren de vida;
“4o. El o la que consienta a la prostitución de su pareja y obtenga beneficios de ello;
“5o. Que contrata, entrena o mantiene, aún con su consentimiento, una persona, hombre o mujer, aún mayor de edad con miras a la prostitución, la entrega a la prostitución, o al desenfreno y relajación de las costumbres;
“6o. Que hace oficio de intermediario, a cualquier título, entre las personas (hombres o mujeres) que se dedican a la prostitución o al relajamiento de las costumbres o los individuos que explotan o remuneran la prostitución y el relajamiento de las costumbres de otro;
7o. Que por amenazas, presión o maniobras, o por cualquier medio, perturba la acción de prevención, asistencia o reeducación emprendida por los organismos calificados en favor de las personas (hombres o mujeres) que se dedican a la prostitución o está en riesgo de prostitución.”
Entendemos que la interpretación del referido texto legal hecha por el procurador es esencialmente errónea porque no toma en cuenta que para que se configure el delito a que se refiere el artículo 334, es un elemento constitutivo fundamental que el proxeneta obtenga beneficios económicos como consecuencia de sus acciones, lo que no es el caso cuando nos referimos a quien se presenta de cliente y en vez de recibir beneficios paga por un servicio.
Lo que podría estar persiguiendo el procurador es infundir temor en la población que busca de estos servicios, si consideramos que también expresó que no obstante lo que suceda en la justicia, ya los detenidos quedarán fichados. Esto a nuestro entender, dejaría a los sometidos sujetos a la letra del artículo 335, que los inhabilita por espacio de uno a tres años de las funciones de tutor o curador, así como para formar parte de los consejos de familia, a parte de otras situaciones igualmente infamantes.
Independientemente de las circunstancias que motivan esta decisión; si el Dr. Domínguez Brito procede a ejecutar este tipo de apresamientos en la forma planteada, nos parece que estaría haciendo uso excesivo del poder conferido por la Constitución y las leyes a los funcionarios públicos y no una acción destinada a proteger el bien jurídico tutelado por la norma, que en todo caso deben ser la vida, la libertad y la integridad.
Si el Procurador General de la República tiene la noble intensión de ayudar a las personas que ejercen el trabajo sexual en las vías públicas del país y así protegerles del abuso a que son sometidas a diario, es necesario plantear políticas públicas responsables entre las que hay varias propuestas a tomar en consideración y descontinuar la vieja práctica de taparnos los ojos para pretender que el mal ha desaparecido.