A la larga cadena de los tantos ejemplos de fallos emitidos por algunos tribunales que ponen en entredicho una y otra vez y colocan a ras de suelo la credibilidad de nuestro sistema de justicia, se agrega ahora un nuevo eslabón que pone al desnudo la edición de este martes del matutino “El Día”.

Su protagonista lleva por nombre Armando Féliz Montero, uno de los tres integrantes del grupo detenido por agentes de la DNCD en Santo Domingo Este a los que se ocupó un alijo de 86 paquetes conteniendo 91 kilos de cocaína que transportaban en una camioneta.  El valor de la droga incautada puede estimarse por seguro en muchos millones de pesos.

Hasta aquí la noticia no presentaría ningún aspecto novedoso ni fuera de lo común, dado el intenso tráfico interno de drogas que tiene lugar en el país, y la relativa frecuencia con que hechos de esta naturaleza divulga la actualidad noticiosa.

Pero ocurre que Féliz Montero estaba gozando de libertad provisional y no por un delito de menor cuantía, ni tan siquiera de trasiego de drogas, sino bajo la mucho más seria acusación de haber dado muerte a Ezequiel King de Aza, joven de veinticuatro años, hecho ocurrido en Samaná el 17 de marzo del 2017, en el Distrito Municipal de Las Galeras. 

No fue, sin embargo, hasta el mes de septiembre del año siguiente y anterior a este, en el  2018, que al imputado se le impuso como medida de coerción prisión preventiva de tres meses, que en diciembre se le cambió sorpresivamente por una garantía económica de apenas 400 mil pesos pese a tratarse de un grave delito de sangre, y sin que se sepa haber cambiado el presupuesto de elementos probatorios del hecho criminal.

Como adición, el fallo consignó la rutinaria y tan a menudo burlada presentación periódica, que en el mejor de los casos al parecer solo sirve para comprobar que el acusado no se ha hecho ninguna cirugía plástica para adquirir una identidad falsa que le permita desaparecer tan misteriosamente como el muy elusivo “Quirinito”, convertido en un émulo del “hombre invisible”. 

¿Qué motivó el cambio de la medida de coerción de prisión a una simple garantía económica en un caso donde figura una acusación tan grave como  un delito de sangre que involucra el hecho irremediable de la muerte de una persona?  ¿Qué antecedentes de conducta irreprochable y qué testimonios de valor a favor de la misma pudieron mediar para favorecer el cambio de la medida de coerción?  ¿Cómo en el mejor de los casos no se le impuso al menos la prisión domiciliaria y la obligación de llevar la famosa tobillera electrónica para poder controlar todos sus movimientos?

Que no se trataba de un ciudadano modelo y confiable acaba de quedar en evidencia al  ser apresado con un importante cargamento de drogas, lo  que tratándose además de un adulto mayor, hace presuponer que ya desde mucho antes estaba inmerso en actividades delictivas, de las que posiblemente haya alguna constancia en los archivos policiales o de la DNCD.

Se sabe que “los jueces hablan por sentencia”.  Pero sin pretender llevar a un magistrado al plano de la polémica pública lo cual sentaría un precedente de seguramente inadmisible uso abusivo, si vale requerir la publicación en extenso de un fallo que a primera vista luce en extremo cuestionable y que a la luz de la razón luce tan difícil de entender como mucho más de digerir.