Además de una Ley de Partidos Políticos se necesita a gritos una Ley Electoral en concordancia con la Constitución, que por lo tanto asegure la equidad en los procesos electorales a través de un órgano electoral integrado por personas independientes, capacitadas e íntegras.
Lo ideal sería que formaran parte de una sola ley las regulaciones al sistema electoral y de los partidos políticos debido a los muchos puntos en común que poseen, y además porque así existen más garantías de que finalmente se aprueben a través de un solo proceso legislativo, pues será más difícil pasar por uno para aprobar la Ley de Partidos y por otro distinto para aprobar la Ley Electoral, ambas de naturaleza orgánica. Pero parece serán dos leyes diferentes y cada una deberá agotar el proceso correspondiente.
La Ley Electoral debe trazar las reglas que aseguren la integración de un órgano electoral independiente, multidisciplinario, capacitado, responsable e íntegro. Basta ya del monopolio que tienen los abogados y de la repartición de sus miembros por los partidos políticos. Preferiría volver al origen, en el cual solo eran tres miembros, pues cada vez que se aumentaba el número era para facilitar la repartición entre los partidos.
La Ley de Telecomunicaciones establece que los miembros del órgano regulador no deben haber tenido vinculación laboral con empresas reguladas durante los últimos dos años antes de su designación. Una sabia disposición para reducir los riesgos de conflictos de interés. Una regla similar debería incorporarse en la Ley Electoral con respecto a los miembros de la JCE y los partidos políticos.
Un aspecto fundamental es destrujillizar la JCE y que sus reglas propicien una verdadera relación de órgano colegiado, no presidencialista, distinto a como lo prevé actualmente el proyecto de Ley Electoral de la JCE. La fórmula para alcanzar esta meta es bien sencilla: el presidente solo debería convocar las sesiones, preparar la agenda, dirigir los debates, someter a votación, representar a la JCE en la firma de los documentos aprobados por el pleno y ser su vocero. Cualquier otra función debería ser por delegación del pleno.
El proyecto de Ley Electoral de la JCE dispone que su presupuesto anual sería equivalente al 1.5% del presupuesto general de la Nación. Si se aplica este porcentaje al presupuesto en curso de ejecución, serían unos 8 mil 400 millones de pesos y si fuera, como debería ser, solo de los ingresos públicos, sin financiamiento, serían unos 7 mil 350 millones de pesos, lo que resultaría definitivamente exagerado. Preferiría que la JCE elabore su presupuesto cada año ajustado a sus necesidades, lo envíe al Poder Ejecutivo, sin otra posibilidad para éste que incluirlo en el presupuesto general de la Nación y que el Congreso, si quiere reducirlo, lo deba hacer con una mayoría de las dos terceras partes de los presentes en cada Cámara, pero me temo que para asegurar esto último se requiera una modificación a la Constitución.
La divulgación de los resultados electorales debe ser objeto de una regulación muy precisa, para evitar lo que ocurrió en estas elecciones, donde la JCE distinguió entre “resultados preliminares” (aquellos que recibía directamente de cada colegio electoral), que divulgaba de inmediato en la medida que iban llegando, sin esperar su confirmación por las juntas electorales, y los “boletines oficiales”, ya validados por dichas juntas. No se debe volver al sistema en que los delegados de los partidos trancaban el flujo de los resultados sencillamente porque no les favorecían, pero debe cuidarse mucho de transmitir resultados no validados, que pudieran haber sido impugnados.
La integración de la ciudadanía a los colegios electorales debe ser una obligación comparable a la existente en otros países para incorporarse a las fuerzas armadas, o para conformar un jurado, de la que no se pueda nadie librar excepto por razones de salud, de capacidad o, en el caso concreto que nos ocupa, por su militancia partidaria, con multas proporcionales a sus ingresos para aquellos que no la cumplan cabalmente.
El proyecto de ley de la JCE prohíbe incorporar al registro electoral aquellos dominicanos “que hayan admitido en territorio dominicano función o empleo de un gobierno extranjero sin previa autorización del Poder Ejecutivo”. Me parece que esta disposición es letra muerta pues existen cientos o miles de dominicanos trabajando para embajadas y misiones especiales de gobiernos extranjeros que imagino no se ven afectados por esta disposición que debe desaparecer.
La JCE a través de su proyecto de ley electoral, pretende volver a las listas cerradas y bloqueadas en las elecciones para diputados, eliminando el voto preferencial, cuando lo que se debe hacer es completar de perfeccionar el sistema permitiendo el voto separado por un senador de un partido y un diputado de otro (eliminando el arrastre del senador por el diputado que acontece actualmente), así como extendiendo el voto preferencial total a la boleta municipal. Los problemas de conteo de los votos en estas dos boletas deben resolverse con tecnología aplicada en forma planificada, a tiempo, con auditorias previas y no en la forma precipitada con que se quiso hacer en las últimas elecciones. Por igual, la canibalización entre candidatos de un mismo partido debe resolverse con reglas disciplinarias estrictas.
La nueva Ley Electoral debe rescatar el concepto de democracia interna dentro de los partidos. El proyecto de la JCE señala que los candidatos de cada partido serán escogidos “por el voto afirmativo de la mayoría de los concurrentes a las elecciones primarias, convenciones o mecanismos de selección interna.” Resulta indispensable que la ley defina todos los mecanismos de selección que pueden utilizarse para asegurar que sean verdaderamente democráticos, cumpliendo así con lo dispuesto por la Constitución.