Esta anhelada normativa que sus primeras manifestaciones para lograr que se aprobara como ley, pasó por un viacrucis de 33 años, 2 meses y 24 días a partir del primer proyecto, comenzó con la iniciativa de Caonabo Fernández, el 21 de mayo de 1985, le siguió la iniciativa del 17 de junio del 2003, bajo de la licenciada Licelot Marte de Barrios, con segundo intento. Luego, en el año 2006, Ángel Acosta introduce otro, y según fuente, fue el único que se mandó a comisión, pero, sin embargo, también resultó un intento fallido. La JCE –tiempo de Roberto Rosario-, el 15 de junio del 2011, introduce el último. Es decir, que la sociedad insistió que el congreso votara una ley de regulación de las agrupaciones políticas, aprobando-aun a quema ropa-, la ley 33-18 el 15 de agosto del año 2018.
Cuando uno ve que una iniciativa, aunque en espacio largo entre un proyecto y otro, se mantuvo vivo, subyace el mensaje que la situación ya era crítica para los partidos del sistema, la democracia y la propia estabilidad del Estado porque en cualquier momento podría suceder una implosión socio-política de incalculable dimensión para la propia gobernabilidad.
En un estudio realizado por Latinobarómetro hacia el 2010, respecto a la pregunta de que si la democracia podía existir sin partidos políticos, de cuatro países, en el que está el nuestro, el porcentaje afirmativo fue de; Colombia 54%, Chile 51%, Venezuela 35 y Republica Dominicana, un 41%. Así de pronto, se ve simple esta estadística, pero, solo al comparar nuestro país, respecto a Venezuela, lo supera con 7% por encima de la gente que entiende que se podemos tener democracia sin partidos políticos.
Del mismo modo, analizando el comportamiento electoral-Abstenciones-, en el periodo 1978-2016, la más baja se registró en las elecciones del 1994, que quizás por las expectativas que causó Peña Gómez contra Balaguer, fue de un 18%, sin embargo, como diagnóstico de un equilibrio catastrófico, el más alto nivel de abstención se registra en las elecciones del 2016, lo cual como paradoja de que la presidencia la ganó Danilo con uno de los porcentajes mayores de la historia electoral dominicana, la abstención fue de un 30%, cuestión que avizoraba que el sistema de partidos y la propia democracia estaba, y aun está porque la conducta política no ha cambiado ni un ápice , pasando por una amenaza de colapso.
Apropósito, desde las perspectivas de Barómetro de las Américas, 2011, pág. 1, la Republica Dominicana arrojó de una relación de 22 países, cuyo colorario de la democracia radica en realizar elecciones periódicas, el más bajo nivel de clientelismo fue Trinidad y Tobago con un 5.5% de afirmación que ejercieron el sufragio a cambio de intercambio de bienes materiales bajo la pregunta ¿Algún candidato o alguien de un partidos político le ofreció algo, como un favor, comida o alguna otra cosa o beneficio a cambio de que usted votara o apoyara a ese candidato o partido¿?, la Republica Dominicana alcanzó el porcentaje más alto de 22.5%, ¡todo una bomba de tiempo!.
Para darnos una idea de cuál era el sentimiento sobre la magnitud de la crisis de partidos y de la democracia dominicana, me voy a permitir reproducir algunos de los considerandos que enmarcan la ley 33-18, veamos:
Considerando segundo: Que a la vida democrática del país le resulta impostergable el fortalecimiento institucional de los partidos, agrupaciones y movimientos políticos, perfeccionando el régimen jurídico que los rige y potencializando el cumplimiento de sus deberes y derechos. (Rayado mío)
Considerando tercero: Que la sociedad dominicana demanda una mayor calidad del sistema democrático y del ejercicio político que le concierne, para lo que se requiere del fortalecimiento institucional de los partidos, agrupaciones y movimientos políticos del país, transparentando en mayor medida su accionar, haciéndolos más incluyentes, logrando una mejor y más amplia participación de la ciudadanía, y propiciando una práctica política consecuente con los principios, los valores y la ética que resultan esenciales al sistema democrático. (Rayado mío)
Considerando quinto: Que es necesario crear un marco legal que garantice y afiance la democracia interna en los partidos, agrupaciones y movimientos políticos, así como el fortalecimiento de los liderazgos políticos, locales y nacionales, al interior de una democracia de ciudadanía que importantice la formación de talentos, la capacitación de los cuadros políticos y de líderes con reglas claras y principios éticos, capaces de promover y ejercitar la transparencia en el ejercicio político y de representar con amplitud las diversas opciones ideológicas y la pluralidad de sectores de la vida nacional.
También, connoto el artículo 11 al 12, donde el primero refiere la contribución de las agrupaciones políticas, con la formación de la ciudadanía-no solo su militante-, la educación cívica, manejo de funciones públicas y la ética. Pero, el segundo de estos dos artículos, refiere principios y valores para el ejercicio democrático, basado en; la libertad, la justicia, la solidaridad, el pluripartidismo, la diversidad ideológica, el acatamiento de la voluntad de las mayorías, la no discriminación, la equidad de género, la transparencia, la alternabilidad en el poder, el uso de medios democráticos, para el relevo de cuadro, y el reconocimiento del derecho de las minorías. Y todo esto y más, es lo que la ley en sus 84 artículos contiene.
Por lo tanto, independientemente que esta normativa ha sido la más atacada de las leyes dominicanas en acción directa de inconstitucionalidad, aún así es una pieza que se debe valorar y desatanizar. Ya que plantea todos los elementos que estaban generando la desafección y la amenaza al sistema democrático. Solo estaría faltando disciplina en el sistema de partidos y fortalecer la formación política hacia una cultura de la democracia que la ley 33-18 es su mejor artífice.