A propósito de la selección de los jueces de las Altas Cortes.
Justo cuando pensé que mi estado de estupor cívico era inmune a las barbaridades de las que somos todos testigos cuando observamos la forma como piensan y se manejan nuestros políticos, me he dado cuenta en estos últimos días de que, a pesar de haber perdido cierta sensibilidad, el sentido crítico nunca perece. A lo mejor cierta incapacidad para el atolondramiento es un mecanismo de defensa cívico para no caer en el pesimismo.
Por eso, cuando escuché las declaraciones de Presidente de la Cámara del Senado y del Ministro de la Presidencia, no quedé perplejo, por aquello del mecanismo de defensa cívico, pero sí sentí necesario abordar el tema al que se refirieron. La actitud que han manifestado es la de cuestionar la participación de la sociedad civil en el proceso de selección de la composición Altas Cortes. Señalan que la sociedad civil tendría un interés en que se designen "sus jueces" y que es por ello que criticarían el proceso. Piensan además que la decisión del Consejo Nacional de Magistratura (CNM) de sesionar a puertas cerradas es legítima. El discurso que expresan es retrógrada y autoritarista.
Criticar la participación de la sociedad civil es como quitarle el "demo" al concepto de democracia. Con ello solo queda el sufijo "cracia", es decir, poder desvinculado del soberano que es el pueblo, lo que equivale a puro autoritarismo. Lo que quieren es que los súbditos seamos obedientes y que hagamos reverencias a todas las decisiones que tomen sus majestades, nuestros políticos. Proponen que, sin cuestionar su contenido, aceptemos sus deliberaciones solo porque son tomadas por quienes detentan el poder para hacerlo.
Pero eso no es lo que va a suceder porque de ceder a esa idea gobierno renunciaríamos a la eficacia del principio democrático. Nuestros políticos deben entender que no hay tal cosa como una democracia sin ciudadanos, es decir un régimen en el que las personas asumen el deber republicano de participar de las deliberaciones políticas.
La advertencia de que la sociedad civil sólo quiere que nombren sus jueces no es menor que la que apunta al interés de los partidos en designar sus vinculados. El caso es que es tan legítimo que los partidos y los políticos propongan sus candidatos como que lo haga la sociedad civil. Nadie puede ser tan ingenuo como para pensar que los partidos políticos y los representantes que tienen en el CNM no velarán por los intereses que representan. Como tampoco es inimaginable que los grupos que conforman una sociedad plural tengan sus intereses y preferencias.
Esta dinámica es parte del proceso democrático y en modo alguno significa que por ello las exigencias no sean legítimas. La democracia crea diversos mecanismos para que los grupos sociales puedan canalizar sus intereses de manera válida en el debate público, pues todas las voces deben ser escuchadas.
La discusión sobre la composición de las Altas Cortes no debe centrarse en quién propone el candidato, porque en una democracia inclusiva y plural todos deben participar. La misma debe girar en torno a cuáles parámetros de razonabilidad se fundamentan las propuestas.
Lo que debemos temer es que los miembros del CNM y los políticos descalifiquen las propuestas, sugerencias y críticas que formule la sociedad civil para soslayar el debate de fondo sobre la capacidad y calidad de los jueces a seleccionar y así nombrar con discrecionalidad y arbitrariedad los jueces que quieran.
De ahí la importancia del perfil de los jueces y de que la deliberación de la selección sea pública. El CNM no es un oráculo. Si va a tomar una decisión debe hacerlo sobre criterios objetivos. Si se va a elegir jueces que formen parte de partidos políticos o que estén relacionados a ellos, debe quedar demostrado que su selección no sólo se basó en ese criterio, sino en el perfil pre diseñado. Todo esto dentro de un marco de total publicidad, pues este es un control sobre la discrecionalidad. Solo así el proceso de selección será legítimo y ello es importante para la propia fortaleza de estas neonatas jurisdicciones.