El Presidente Danilo Medina Sánchez,  en el Congreso Nacional pronunció un discurso para referirse Alicia el país de las maravillas, una pieza de un Presidente-Candidato  electorero, carnavalesco desviado de las características fundamentales de lo que debe ser una rendición de cuentas como establece la Constitución en su artículo 114.

El cual establece que: “Es responsabilidad del Presidente de la República rendir cuentas anualmente, ante el Congreso Nacional, de la administración presupuestaria, financiera y de gestión ocurrida en el año anterior, según lo establece el artículo 128, numeral 2, literal f) de esta Constitución, acompañada de un mensaje explicativo de las proyecciones macroeconómicas y fiscales, los resultados económicos, financieros y sociales esperados y las principales prioridades que el gobierno se propone ejecutar dentro de la Ley de Presupuesto General del Estado aprobada para el año en curso”

El artículo 128, numeral 2, literal f) de la Constitución referido a las atribuciones del Presidente, en su condición de Jefe de Gobierno indica que debe “Depositar ante el Congreso Nacional, al iniciarse la primera legislatura ordinaria el 27 de febrero de cada año, las memorias de los ministerios y rendir cuenta de su administración del año anterior”

Al analizar el referido discurso queda evidenciado la ausencia de información sobre la administración presupuestaria, financiera y de gestión, nada de explicaciones de las proyecciones macroeconómicas y fiscales, los resultados económicos, financieros y sociales esperados, como manda la Constitución, más bien, el Presidente aprovechó el escenario en la Asamblea Nacional para realizar un recorrido de su gestión gubernamental y usar la tribuna para un acto reeleccionista. 

En la alocución del Presidente nos sentimos en un recorrido por Alicia el país de las Maravillas, cuando afirmaba que “esta es nuestra revolución. Es una revolución de las expectativas, de la confianza y de la fe. Y es también una revolución material. De escuelas llenas, de hospitales nuevos, de campos sembrados y de comida en la mesa” o cuando expresó  “esta es la revolución que les prometí. Esta es la revolución que estamos haciendo realidad. Una revolución que, en el fondo, es muy sencilla”

Al mismo tiempo nos quedamos buscando explicación a la lentitud en los procesos de reforma de la administración pública, entre ellas, las medidas de disminución de estructuras orgánicas infuncionales, aún se mantienen duplicidades innecesarias como por ejemplo entre  el Ministerio de Obras Públicas y la Oficina de Ingenieros Supervisores de Obras del Estado, así como también las que existen en el sector del transporte público, en el sector de la vivienda,  en el área del sector social, o en las instituciones policiales y de seguridad, entre otros.

El Presidente Danilo Medina en su discurso en el país de las maravillas y su revolución silenciosa, obvió referirse a aspectos fundamentales, donde tiene muy poco que mostrar, entre ellos, hasta la fecha no se observan iniciativas para la aprobación e implementación de la Ley de Carrera Especial Diplomática y Consular, para que el servicio exterior transite por el camino de la profesionalización de las funciones diplomática y consular.

También dejó de lado, evadió de forma clara en su discurso electoral el tema de la  independencia funcional del Ministerio Público  ha sido cuestionada particularmente en los casos de denuncias y querellas  por actos de corrupción de alta notoriedad, al decidir archivarlos sin realizar la investigación.

Las acciones y políticas de prevención para evitar violaciones del régimen ético de los servidores públicos se puede constatar el lanzamiento de Ministros a la actividad política partidista en violación al art. 80  de la Ley No. 41-08, que prohíbe incurrir a los funcionarios públicos  a “servir intereses de partidos en el ejercicio de sus funciones, y en consecuencia, organizar o dirigir demostraciones, pronunciar discursos partidistas, distribuir propaganda de carácter político..”. En tal sentido, no se percibe interés del Jefe de la Administración Pública de subordinar a sus subalternos a la Constitución y a la ley, ni mucho menos a la sujeción del régimen de consecuencias establecido en la Ley No. 41-08.

También aprovechamos para recordar al Presidente Danilo Medina, que  la última vez que el Consejo Nacional de la Magistratura (CNM) se reunió fue con motivo de la juramentación de los recién designados miembros de las Altas Cortes.  Después el CNM no ha sesionado para cumplir su misión constitucional de diseñar un sistema de evaluación del desempeño en virtud del principio  de seguridad jurídica, de igualdad de acceso y de trato, principios que deben ponderarse al momento de evaluar  y seleccionar a  los Jueces de la Suprema Corte de Justicia y en virtud del principio de igualdad a los demás integrantes de las Altas Cortes.   El Presidente Danilo Medina como Presidente del CNM debe tomar medidas para que se diseñe el sistema de evaluación de los jueces,  para así poder contar con un  sistema objetivo de  evaluación del desempeño que fortalezca la  confianza ciudadana en el proceso de selección y designación de los mismos.