Cuando la burguesía engendró al Estado moderno, lo hizo sobre el cadáver aún caliente del feudalismo. Hasta ese momento, existía una perfecta correspondencia entre el poder material y la organización del poder social. Los siervos eran los súbditos de las órdenes del señor, y éste era, a la vez, el dueño de la tierra, la producción, el ejército, el comercio, la justicia.
Para realizar su proyecto histórico, el embrión del Estado moderno que hoy conocemos se consolidó barriendo toda aquella herencia, monopolizando y centralizando sus facultades y funciones esenciales (guerra, moneda, fisco, coerción violenta) y separando al mundo de las relaciones privadas ("sociedad civil") de la administración estatal. Surgió la figura del monarca absoluto, y surgió la burocracia, un aparato profesional para hacer las cosas funcionar.
La condición de existencia de la burocracia moderna y, por extensión, de la función pública misma, es la idea de un "deber público". Al entrar al servicio estatal, los ciudadanos "renuncian" de su vida individual ("desertan de la sociedad civil" dice Omar Guerrero), de sus relaciones personales, sus redes primarias, sus proyectos propios, su agenda particular, y se colocan al único y exclusivo servicio del Estado como encarnación del interés público.
Para ello, esencialmente, es que existe el salario público y el financiamiento de las actividades que el funcionario hace con ese título. Son suficientes para vivir y son auditables, transparentes. El público se asegura de que no hayan condicionantes ocultas (dependencia de otras dádivas, intereses privados) a ese apego irrestricto a las instituciones.
Ese principio elemental es desechado de un plumazo en numerosas actuaciones cotidianas de la función pública dominicana.
Sucede tradicionalmente en los viajes presidenciales –cruda herencia trujillana- cuando fondos estatales se utilizan a discreción y el fisco financia, directa o indirectamente, intereses que no son de carácter público, nacional.
Sucede en la Cámara de Diputados, integrada por ciudadanos escogidos para hacer leyes y fiscalizar su adecuado cumplimiento a favor del interés colectivo, y deciden de manera unilateral la erogación de recursos para fines fuera de todo propósito legítimamente establecido. Es el caso de los 125 millones por el Día de la Madre.
Sucede en el Senado de la República, mediante la figura del "barrilito", es decir, el funcionamiento paralelo del papel legislativo y del papel asistencialista que únicamente corresponde al Ejecutivo.
Sucede en cientos y miles de casos más.
Más allá del evidente traslape y, más allá, contradicción de funciones, los tres casos mencionados socavan en sus cimientos la imprescindible noción del deber público.
En el caso del Ejecutivo, la ciudadanía sostiene con sus recursos actividades que pueden, real o potencialmente, afectar la voluntad presidencial sin que respondan a las metas institucionales, y sin que estén sometidas, por su carácter privado, a la regulación a que deben estar sujetas las acciones públicas. Constituye un atajo a los escenarios que la regulación intenta evitar a toda costa.
En el caso de diputados y senadores, mientras el fisco financia sueldos y coberturas en nada pírricos para el cumplimiento íntegro de sus funciones, los funcionarios públicos beneficiados con ello se encargan, mediante uso y exceso de poder, de reestablecer toda una serie de lazos personales y grupales (las madres, los admiradores, los operadores, etc.) que el colectivo quisiera desbaratar para asegurarse la confianza en sus decisiones.
El deber público, concepto central sobre el cual se han edificado cinco siglos de existencia y desarrollo del Estado, enfatiza la independencia y confiabilidad de la función pública, que la primera en reconocerlas fue la monarquía absoluta. El escaso desarrollo del "capitalismo tardío" en países como la República Dominicana, y con él el escaso desarrollo del Estado, tiene en su interior el instinto suicida de vivir renegándolo, con el supremo público desdén por hacer sólidas sus instituciones en virtud de la eficacia personal del cargo.