La financiación a partidos políticos y la financiación a campañas, figuras conceptualmente diferentes, deben estar atadas a mecanismos de control que supervisen y comprueben la utilización legal y legítima de los fondos que las campañas y los partidos obtienen mediante vías públicas y privadas. Estas figuras, que no entrañan solamente afiches y discursos, son el espejo de la influencia que tiene el dinero en la política y, dependiendo de cómo se manejen, pueden posicionar en ventaja o en desventaja a los que participan en la competencia electoral, sin mencionar que, de ser mal utilizadas, pueden afectar negativamente los derechos civiles y políticos de los ciudadanos dominicanos, así como debilitar la institucionalidad y el Estado de Derecho.
Sin embargo, se les pone mucha atención a los contenidos de las legislaciones como mandatos o prohibiciones y muy poca a los mecanismos de control que se utilizan. De esa forma, es necesario evaluar nuestra legislación desde ese punto de vista —tomando en cuenta las soluciones adoptadas en otras latitudes— pues estos tienen un peso determinante en los niveles de transparencia, legitimidad y control del uso de recursos económicos en la política; tanto en actividades de campaña como en las actividades ordinarias y permanentes de las organizaciones políticas.
Este conocimiento es relevante en la medida en que contribuya a una legislación electoral adecuada —desde el punto de vista de los mecanismos de control—, pues esta repercutiría en beneficios para los ciudadanos dominicanos, incluyendo a aquellos que busquen una candidatura a algún puesto electivo. Una legislación electoral jurídicamente eficaz contribuirá a que los candidatos a puestos públicos en la República Dominicana realicen campañas transparentes, y a que los partidos financien sus fondos de manera legítima. La eficacia de la legislación electoral se traduciría en mayor equidad de la competencia partidista, mejoras en la institucionalidad y preservación de las garantías de los derechos ciudadanos.
La mayoría de los sistemas de financiamiento político en las democracias del mundo tienen ambos tipos de financiación – pública y privada. Además, todas distinguen entre gastos de campaña y gastos de partido. Es decir, entienden que los gastos ordinarios del partido son cuestiones distintas a los fondos que se gastan en temporada de campaña electoral en busca de la captación del voto. En cuanto a la financiación pública, algunas legislaciones trabajan bajo la modalidad de reembolso mientras que otras, dedican un monto mayor a los partidos en los años en los que se realizarán actividades tendentes a campañas electorales. En cuanto a la privada, varían las limitantes que presentan las legislaciones electorales de cada país, pero a rasgos generales se puede decir que la mayoría impone un tope para las donaciones individuales, limita las donaciones de personas jurídicas, y es especialmente estricta con los aportes de las personas jurídicas extranjeras.
Los mecanismos de control también varían de país a país, pero un común denominador es la obligación de presentar informes periódicos que detallen sus ingresos y egresos ante la autoridad electoral. El problema con este mecanismo de control, así como otros mecanismos directos, es que no camina por sí solo, porque lo mal hecho tiende a esconderse (pues cuentan que nada es más organizado y perfecto que el fraude), y sin mecanismos de control indirectos como lo son el monitoreo de gastos, la coadyuvancia de otras autoridades (o sea, la colaboración de instituciones ajenas a la autoridad electoral que actúan, hasta cierto punto, como otros ojos supervisores), la publicidad de información financiera (para que la ciudadanía misma actué como un órgano supervisor), y la investigación profunda, es casi imposible descubrir las trampas que los partidos y las campañas pueden hacerle a la ley – especialmente a través de figuras como los grupos de apoyo ciudadano, las donaciones en especie y las contribuciones de empresas. Varios países, tanto de la región latinoamericana como de la anglófona, implementan algunos de estos mecanismos indirectos y efectivos de control de los cuales carece la legislación electoral dominicana. Es simple, en esta carencia es que yace el problema que tanto nos agobia.
Es casi evidente que la legislación electoral dominicana no está suficientemente dotada para ser eficaz en el control de la financiación de campañas y partidos, pero lo que le falta se puede suplir tomando como ejemplo algunos mecanismos directos de control y especialmente mecanismos indirectos de control que se utilizan en casos de legislaciones electorales exitosas tanto de la región latinoamericana como en países anglófonos como Canadá y Estados Unidos. Esto no quiere decir que el legislador debe inclinarse por la privatización en el financiamiento de la política, si no que debe dotar la ley de figuras que apuesten por una mayor fiscalización.
Luego de estudiar la legislación electoral dominicana y la legislación comparada de varios países latinoamericanos y anglófonos, se han podido determinar recomendaciones para que la legislación dominicana esté dotada de mecanismos que contribuyan a la correcta fiscalización del financiamiento de campañas electorales y partidos políticos.
Las medidas a recomendar para el legislador son las siguientes:
- Limitar la incidencia de aquellas figuras que obstaculizan la correcta aplicación de la legislación electoral, a través de la minimización de la cantidad que puedan aportar las personas jurídicas (dígase, reducir el monto del gasto tope de fondos privados que se pueden utilizar para campañas o partidos); de la prohibición de las donaciones realizadas por empresas que estuvieron vinculadas al sector público en los cinco años previos a la pretendida donación; de la prohibición tajante de los aportes en especie, que si bien son valorables en dinero, dificultan el rastreo de la donación; y de la regulación mediante ley de las actuaciones del sector externo, pues esta última figura rompe completamente con el sistema de veeduría institucional y ciudadano, pues permite que ciertos gastos no sean contabilizados en los reportes de ingresos y egresos, y en demás mecanismos de fiscalización.
- Fortalecer los mecanismos directos de control, al establecer la obligatoriedad de una presentación de nómina de contribuyentes no solo por partido, sino también por candidato, y la apertura de una cuenta bancaria única por candidato; al incrementar las competencias dadas a la autoridad electoral para que pueda perseguir y sancionar (hasta cierto nivel) las faltas cometidas por los actores políticos dentro del tema del financiamiento; y al imponer la obligación a los partidos de realizarse auditorías independientes periódicamente.
- Aplicar mecanismos indirectos de control que sirvan para suplir los mecanismos directos, al implementar un sistema de monitoreo de gastos que incluya estudios in situ y un método de coadyuvancia de otras autoridades; al establecer la obligación de una extensa publicidad de información financiera; y al impulsar la ampliación de la capacidad investigativa de la autoridad electoral.
Aterrizando lo ya explicado al debate actual sobre el monto del presupuesto dedicado al financiamiento de partidos, resulta importante dejar claro que la solución no es recortar hasta más no poder los fondos públicos que se asignan a los mismos, sino todo lo contrario, crear un sistema de financiamiento público robusto combinado con mayores mecanismos directos e indirectos de control resultaría muy favorecedor para la democracia dominicana. La privatización del financiamiento de partidos y campañas hace que prime siempre el interés particular sobre el colectivo, pues el gigante que le dona a un partido rara vez lo hace “de gratis”, sin esperar nada a cambio. Salvo sus excepciones, las autoridades que resulten gananciosas luego de una elección en la cual su candidatura fue fuertemente financiada por el sector privado, gobernará o legislará a favor de aquel grupo económico, y no a favor de la gente que, sin perseguir nada más que el dictado de su consciencia, votó con el deseo de un mejor porvenir para su país.