Recién se firmó el esperado contrato de préstamo por US$90 millones entre el gobierno dominicano y el BID para “revitalizar” la Ciudad Colonial (CC). Este cubriría una segunda intervención por parte del Ministerio de Turismo (MITUR) del vetusto recinto, con el “apoyo técnico” del ADN y del MIC. Pero para comenzar la ejecución del proyecto el contrato debe primero ser aprobado por el Congreso. Es ahí donde deberá corregirse el grave desatino de encargar al MITUR de la gerencia, ya que es el Ministerio de Cultura (MIC) quien debe ejercerla.
Las razones de esa enmienda son contundentes. La primera es la errada visión de la CC como un recurso turístico, en vez de tenerse principalmente como un santuario de la dominicanidad. Si bien este merece mostrarse a los extranjeros que lo visitan –unos 685,000 el pasado año–, lo prioritario es atraer la visita de los dominicanos. Queremos preservar la reliquia para acrecentar la conciencia histórica de nuestras presentes y futuras generaciones, un requisito básico la unidad nacional. Las visitas de extranjeros se deben promover, pero solo como una prioridad subordinada a la función local. En ese sentido, el mismo MIC ha comenzado la campana “La Ciudad Colonial es de todos”.
La segunda razón para rectificar es que la asignación de la gerencia al MITUR viola flagrantemente las leyes vigentes. Si bien este tiene competencia para gestionar los recursos turísticos del país y el Decreto No.3133 de 1973 declaró a la CC como “demarcación turística prioritaria”, es al MIC que más le compete manejar todo lo concerniente a ella. Esta preeminencia del MIC no obedece solo a que la UNESCO la declarara en el 1990 “Patrimonio de la Humanidad” y que hace responsable al MIC de “aprobar, ejecutar y fiscalizar todos los proyectos a ejecutarse en esta”. Es más bien porque la Ley No.492-69 establece la CC como un “conjunto urbano integrado por edificios coloniales” (Art.20) y le asigna su tutela al MIC a través de la Dirección Nacional de Patrimonio Monumental (continuador jurídico de la antigua Oficina de Patrimonio Cultural).
La misma Ley No.84-79 que creó al MITUR, en su Art.2, literal l, le impone la obligación de “respaldar los trabajos y programas de la Oficina de Patrimonio Cultural”, hoy representada por la DNPM del MIC. En consecuencia, el MITUR no está llamado a asumir las competencias del MIC sino a proveerle soporte. De manera que la gerencia del nuevo proyecto del BID por parte del MITUR no solo viola la Ley No.492-69 sino también la propia Ley No.84-79, lo cual representa una intolerable tergiversación de funciones institucionales.
La tercera razón de la enmienda propuesta es la misma composición del proyecto. Ninguno de sus cuatro componentes podría calificarse como esencialmente turístico: 1) consolidación de la oferta turística cultural, 2) mejora de las condiciones de habitabilidad de los residentes, 3) desarrollo de las economías locales, y 4) fortalecimiento de la gestión turística, cultural y urbana. El que más calificaría como “turístico” es el primero, en vista de que la monumentalidad es el principal atractivo turístico de la CC. Pero como ya hemos visto, las leyes vigentes le asignan este trabajo al MIC. Los únicos contenidos que se asocian con el MITUR son algunos de los subproyectos del Componente IV. Por sus contenidos, el proyecto pertenece más al MIC y al ADN que al MITUR.
Una cuarta y no menos relevante razón para la enmienda es el pobre desempeño del MITUR con la gerencia del proyecto previo. Este recibió frecuentes y numerosas criticas en su labor gerencial de parte de varias instituciones privadas y estatales. Su baja efectividad gerencial la testifica el hecho de haberse atrasado por más de dos años en la ejecución del primer proyecto.
Es justo reconocer, empero, que los conflictos jurisdiccionales han lastrado el desarrollo de la CC. Por décadas ha habido confrontaciones entre el ADN y los antecesores del MIC (llámense estos Oficina de Patrimonio Cultural, Comisión de Consolidación de Monumentos, Patronato de la CC, etc.), además del ADN y el antiguo el Secretariado Técnico de la Presidencia. En el 2005 el Poder Ejecutivo creó por decreto una Comisión Rectora presidida por el ADN que nunca ha funcionado, a pesar de que el decreto sigue vigente. Fue solo para gestionar el Programa de Fomento al Turismo de la Ciudad Colonial (BID, 2012) que se incluyó al MITUR en la escena. Los argumentos precedentes demuestran que al MITUR nunca debió otorgársele preeminencia, aunque se justificase su inclusión en los comités colegiados que fueron creados para ese Programa.
Otra gran enmienda que requiere el nuevo proyecto tiene que ver con sus ejecutores. El Programa mencionado hizo licitaciones internacionales para escoger los suyos, pero esta vez resulta absurdo que estas licitaciones tengan ese sesgo. Para todos los componentes del proyecto existe en el país personal sobradamente calificado y, en consecuencia, las licitaciones deben circunscribirse a los participantes locales. El más delicado componente es el de la restauración y consolidación monumental y para eso está toda la bien calificada membresía de ICOMOS. Casi todos sus miembros han recibido entrenamiento en las mejores universidades europeas para estos fines. Y ni hablar del componente de desarrollo urbano. Solo en algunos de los subproyectos del cuarto componente se necesitaría contratar algunos consultores extranjeros.
Para asegurar la ejecución principalmente local es posible que los requisitos del BID tengan que variar. Esa institución tendrá que comprender que al país le conviene desarrollar sus recursos propios en este tipo de labor. Donde el BID debe centrar su atención es en garantizar que las licitaciones sean limpias y transparentes. Por otro lado, el gobierno debe ser compelido a aceptar su propia legalidad encargando el proyecto al MIC. Si para conseguir ambas cosas es necesario que se eleve un recurso de amparo ante el Tribunal Superior Administrativo, entidades tales ICOMOS y el CODIA no deben dilatarse en incoarlo. Es tiempo ya de que los dominicanos tomemos las riendas de ciertas cosas en nuestras propias (capaces) manos.
De cualquier modo, la ocasión es propicia para encontrar un mecanismo de gestión de la CC que evite en el futuro los conflictos jurisdiccionales. Por suerte el Componente IV del nuevo proyecto contempla el mejoramiento de la gestión con la identificación y puesta en vigencia de un “mecanismo de gestión sostenible”. Ya se ha visto que los organismos colegiados que han sido creados –ya sea para una función permanente o ad hoc—no han dado los frutos esperados. Es hora pues de darle cabida a la creación del Municipio Especial de la CC que ha sido propuesto por algunos prominentes dolientes del recinto. Su eficacia requerirá encontrar una fórmula para la composición de su Consejo de Regidores que garantice la idoneidad de la entidad y evite la politiquería.
Al final, el desarrollo de la CC dependerá del paradigma de misión a ser adoptado. Como “santuario de la dominicanidad” su función principal es ilustrar a las nuevas generaciones sobre nuestro pasado histórico. (Como el recinto contiene vestigios de la época colonial y de la época republicana es preferible que se le conozca como el Centro Histórico de Santo Domingo y no como Ciudad Colonial.) Atraer al turista extranjero es la gran prioridad solo para los ricos empresarios de la zona. La vitrina del pasado que debemos desarrollar deberá enfocarse especialmente en los estudiantes de todos los rincones del país. Y es tiempo de que la disyuntiva “colonial” se dirima en favor de lo nuestro, aunque la visitación de los extranjeros venga por añadidura.