Durante el 2013 el aporte obligatorio de los afiliados al Seguro Familiar de Salud (SFS) Contributivo llegó a 8,362.6 millones de pesos, sólo para el cuidado de la salud de las personas. En cambio, se estima que los copagos ilegales ascendieron a 21,752.0 millones, 2.6 veces más que la contribución legal. En total los afiliados pagaron unos 30,114.6 millones, equivalentes al 51.9% del costo del SFS.

Este estimado, basado en muestras y fuentes confiables, resulta razonable y hasta conservador. Un informe del Ministerio de Salud Pública (MSP), indica que en el 2013  el gasto privado (de bolsillo) ascendió a 67,985.9 millones de pesos, distribuidos como sigue: 10,310.0 millones por la compra de seguros privados (complementarios y voluntarios); 53, 372.9 millones como gasto de bolsillo (copagos y pagos directos), más otros 4,303.1 millones gastados principalmente por las ONG.

Los cobros compulsivos, ilegales y onerosos crean una fuerte barrera al acceso a los servicios de las familias más pobres y vulnerables. Un copago de 1,000 pesos llega a ser un 10% del salario de una familia. Además, distorsionan el objetivo de la Ley 87-01 de reducir el gasto de bolsillo, y se inscriben dentro de las informalidades más preocupantes y groseras, no tan sólo por su monto multimillonario, sino además, porque los realizan personas y entidades que operan desde el sector “formal” de la economía.

La proliferación de copagos, o pago de diferencia, como mejor lo conoce la población, es una resultante de la incapacidad de las autoridades para establecer el Plan Básico de Salud (PBS). El artículo 176, en su literal c) indica que la SISALRIL es responsable de “proponer al Consejo Nacional de Seguridad Social (CNSS) el costo del plan básico de salud y de sus componentes; evaluar su impacto en la salud, revisarlo periódicamente y recomendar la actualización de su costo y de su contenido”

Ni la SISALRIL, ni el CNSS han cumplido con ninguno de estos mandatos. Ambas entidades pretenden mantener indefinidamente el llamado Plan de Servicios de Salud (PDSS), acordado al margen de la Ley y del Congreso Nacional, para establecer copagos en casi todos los servicios ambulatorios y hospitalarios. El único copago que la Ley establece es el 30% del costo de  los medicamentos ambulatorios (Art. 130).

El retardo en el establecimiento del primer nivel de atención, como puerta de entrada a la red de servicios de salud,  forma parte de una estrategia para mantener vigente un modelo curativo, excluyente e insostenible, cuyo costo es tan elevado que ni siquiera resulta sostenible cargando un gasto de bolsillo multimillonario a los indefensos afiliados.

El cobro de diferencias es tan ilegal, abusivo y excesivo, que el paciente no recibe ninguna constancia del mismo, ni siquiera en los casos en que asciende a decenas de miles de pesos. No obstante, las autoridades se cruzan de brazos y se mantienen de espaldas a una Ley aprobada por el Congreso Nacional, previa discusión y consenso a nivel del país con todos los sectores involucrados.

Ya que no habrá aumentos generales de los salarios, ni de las pensiones, lo menos que podrían hacer el Poder Ejecutivo y las autoridades del CNSS es tomar medidas para reducir el gasto de bolsillo de la población. En vista de que no se tomó en cuenta el justo reclamo de reajuste salarial planteados por las centrales sindicales, consideramos que éstas deberían motorizar acciones en el CNSS orientadas a conjurar esta situación.