La tragedia sucedida en el Sector La Esperanza, al explotar una envasadora de gas, muestra la fragilidad de las ciudades dominicanas ante la ausencia histórica de una gestión efectiva sobre el uso y la ocupación del suelo.

A pesar de que los Ayuntamientos son los responsables de esta gestión, tal y como lo señala el literal d) correspondiente al Artículo 19 de la Ley 176-07: “El ayuntamiento ejercerá como propias o exclusivas la competencia en los siguientes asuntos… d) Ordenamiento del territorio, planeamiento urbano, gestión del suelo, ejecución y disciplina urbanística”; una serie de situaciones han impedido la aplicación efectiva de esta competencia por parte de los gobiernos locales.

La debilidad institucional, la ausencia de capacidades, la falta de instrumentos legales y la inexistencia de un mecanismo para articular los gobiernos locales con el gobierno central, son las principales razones del desorden existente en la Republica Dominicana en materia de uso y ocupación del territorio; a pesar del avance experimentado en la nación caribeña durante los últimos anos, aún existen desafíos importantes que garanticen la habitabilidad básica de los ciudadanos.

El desorden existente plantea un reto para aquellos territorios que se han consolidado durante los últimos cincuenta años, en los que la permisología para la aprobación de cualquier tipo de uso de suelo, por parte de los entes de gobierno (nacional y local) no ha tomado en consideración las potencialidades del territorio, ni las capacidades de los gobiernos locales. El derecho a utilizar el recurso suelo no ha sido el resultado de un esfuerzo de planificación inter-institucional, conducido por el gobierno local (ayuntamiento) y acompañado por el gobierno central (sectoriales), y el mismo no ha tomado en cuenta la vulnerabilidad económica, territorial, social y funcional del suelo, más bien ha sido del fruto de decisiones discrecionales y particulares por parte de actores gubernamentales con cierta cuota de poder.

Por lo tanto, es urgente que los ayuntamientos en donde se encuentren territorios ya consolidados impulsen la formalización de convenios para el uso del suelo, como un instrumento de carácter legal y vinculante para todos los actores, a través del cual se defina la pertinencia de mantener un territorio para cierto tipo de actividades exclusivas o la posibilidad de compatibilizar distintos usos en un mismo espacio, incorporando si es necesario algunas regulaciones espaciales.

Para la materialización de este tipo de convenios es importante que los municipios impulsen procesos de planificación y gestión participativa que garanticen la formulación y aprobación de planes municipales de ordenamiento territorial, tomando en consideración los desequilibrios territoriales, la desigualdad social, los cambios en el clima, las zonas de riesgo y los territorios productivos, atendiendo a las prioridades identificadas en cada demarcación municipal y contribuyendo en propiciar un clima de tranquilidad y seguridad para todos los munícipes.