Confieso que al abordar este tema, lo hago consciente de que toco un punto que tiene demasiadas aristas, principalmente, desde los enfoques que encierra una amplia diversidad de criterios sustentados por especialistas en la materia. Como punto de apoyo, lo asumo inspirado en uno de los temas que conformaron la agenda académica en el marco de la celebración de la XIII reunión interamericana de autoridades electorales, celebrada en la Republica Dominicana, por auspicio de la Junta Central Electoral y el Tribunal Superior Electoral de este país, los días 7,8 y 9 de lo corriente.
La discusión tuvo como epígrafe de conversatorio, bajo el título, ¨Redes Sociales: ¿Cómo garantizar la privacidad de datos, la libertad de expresión y a la vez combatir la desinformación¨, punto sobre el cual, se apoderó de mi un velo de impotencia en el sentido de que las conclusiones finales de los panelistas, principalmente, Jacson Marczak, Director Adrienne Arcsht Latin American Center, Atlantic Council, el cual a pesar de admitir la realidad de la cantidad de desinformación o noticias falsas que profanan los procesos, se inscribió en la idea que se hace innecesario regularla porque las noticias falsas al no ser creíble, se convierten en basura, y en efecto, se quedan como no asimiladas o creídas. Cuestión que difiero.
Thaís Lobo, investigadora, Departamento de Análisis de Políticas Publicas, Fundación Getulio Vargas, informó que la cantidad de usuarios involucrados en las redes en los procesos electorales, bordea lo infinito, señala a modo de ejemplo, el caso Brasil, que algunos 160 millones de usuarios de internet con un frecuencia de 9 horas al día usan esta plataforma, lo que generó una modesta intervención nuestra señalando, que entonces, a la regulación habría que poner un policía en cada celular o PC, aduciendo por su lado, otro panelista, que regularlo sería como ponerle un guayo a un océano como dique.
El panelista Edison Lanza, asumió que las redes sociales no son dañinas en sí a los procesos, lo que está mal son la noticias falsas y las difusiones de estas por los medios, o sea la multiplicación mediática. Y concluye, que la regulación no es pertinente.
Sin embargo, el panelista Ben Suple, Gerente de Políticas Publicas, WhatsApp, ofrece como conclusiones que en algunos casos se ha tornado critico la cantidad de noticias falsas y sucias compartidas por las redes en detrimento de procesos y candidatos, generando con esto distorsiones, lo que desencadenó que se prohibieran miles de cuentas de estas plataformas en un país. Por lo cual, sentí un hálito de aliento ver que era posible aunque no regularlo, establecer un régimen de consecuencia de que no debe ser dejarlo a su cuenta por el prurito de no caer en la censura.
Respecto a las encuestas falsas, el panelista Roy Campos, Presidente Consulta-Mitofsky, señaló que el meollo de las encuestas falsas radica en el hecho de obedecer una un práctica de los apostadores a ganar dinero, incluso, son los que financian encuestas con ese propósito. De forma categórica plantea que cuando un candidato compra encuestas falsas, lo que busca es situarse en una posición de ser atractivo a los financiadores de campañas para conseguir dinero, concluyendo, que lo que hay es pelear por buenas encuestas, sentenciando que una imagen no se lava con una encuesta falsa. Y yo digo, pero se ensucia.
Ante todas estas conclusiones, en lo personal confieso que mi enfoque estriba en lo siguiente. La disciplina ciudadana es la garantía del uso adecuado de los derechos, y la convivencia a través del control social, por tanto, cualquier práctica contraria, deberá ser controlada.
Mis consideraciones concluyentes radican en que las informaciones falsas en un proceso electoral, lo perturban, le generan caos y distorsiones respecto a la realidad y a la verdad, provocando daños a la democracia y al sagrado derecho del ejercicio del voto.
En la Republica Dominicana, existe hasta cierto punto una veda a la perturbación del proceso. Se podría citar, el artículo 44 de la constitución que refiere el derecho a la intimidad y el honor personal, así como al derecho al buen nombre y a la propia imagen, planteando que toda autoridad o particular que los viole está obligado a resarcirlos o repararlos conforme a la ley.
Igualmente, la ley electoral vigente, específicamente en los numerales 5, 6 y siguientes, establece que incurren en delitos electorales, los que incitaren o cohibieren en cualquier forma a un elector en el ejercicio de su derecho, siendo las noticias falsas una incitación que distorsiona cualquier voluntad del elector inducido por la misma.
Por lo tanto, a nuestro juicio, las informaciones falsas, provengan de donde provengan, en tanto que producen un impacto nocivo en contra de cualquier candidato, sería rigurosamente justo de vedarlas legalmente, máxime, las que se publiquen con fines de afectar la voluntad del elector.