En estos días se ha desatado un interesante debate en las redes sociales a propósito de la discriminación ejercida por el personal de la Junta Central Electoral hacia mujeres con el pelo crespo que lucen peinados con el grosor y textura correspondiente. Este debate visibiliza una vez más la presencia de sanciones culturales hacia el pelo crespo que desde su denominación despectiva de “pelo malo” alude a un contenido delictivo.
La discriminación hacia las personas con pelo crespo en nuestra sociedad es cotidiana en múltiples espacios. Encontrándola en espacios laborales, comercios, instituciones educativas, colegios y escuelas públicas. ¿Cuál es el delito del pelo en esta forma?
El delito principal es la visibilización de nuestro origen afrocaribeño y con ello la diversidad étnico-racial presente en nuestra población. En el pelo crespo (“malo”) se muestran raíces en la población de origen: africano, haitiano, cocolo, afroamericano, cubano o de cualquier país de Centroamérica o de la región del Caribe desde donde han emigrado distintos grupos hacia el país.
Estas conductas represivas y discriminatorias nos muestran una sociedad que necesita una revisión de sus estamentos jurídicos como la Junta Central Electoral que está violentando el estado democrático establecido en la constitución
El peinado o pelo es uno de los motivos principales de expulsión y represión hacia la población femenina y masculina en centros educativos.
Las modas masculinas vinculadas a trenzas, pelo largo o de amplio grosor son enjuiciadas como vinculantes a patrones delictivos. Así directores/as de centros educativos y maestro/as prohíben a estudiantes de sexo masculino exhibir peinados que hagan alusión a su pelo crespo desde un amplio grosor (afro) o en trenzas.
Las modas femeninas también vinculadas a estos estilos reciben el mismo tratamiento. Se le pide a las estudiantes que “recojan su pelo” o que lo desricen. Esto último entra en contradicción con el currículo educativo que establece la promoción de la identidad cultural. El pelo crespo mostrado en su forma natural es parte de la identidad, el ocultamiento del mismo con mecanismos artificiales es una acción de negación y rechazo a nuestra identidad.
La concepción presente en el personal docente y directivo de centros es semejante a la que tienen funcionarios de la Junta Central Electoral que consideran que en el cabello de las personas existe alguna partícula genética que desencadena conductas delictivas.
La gran pregunta es si el pelo lacio per-se le ofrece a las personas un dispositivo genético para no cometer ninguna acción delictiva o que atente contra la armonía social.
Obviamente la prohibiciones de peinados y modas en los espacios institucionales sean educativos, laborales o jurídicos son totalmente violatorias de los derechos y libertades de las personas. No existe ninguna razón que no sea el racismo para establecer códigos de peinados que repriman la condición natural del pelo.
Estas conductas represivas y discriminatorias nos muestran una sociedad que necesita una revisión de sus estamentos jurídicos como la Junta Central Electoral que está violentando el estado democrático establecido en la constitución. Son disposiciones que violan la constitución y los derechos humanos.
Este artículo fue publicado originalmente en el periódico HOY