En ocasiones anteriores hemos escrito sobre los concursos de arquitectura y lo que significan en el ejercicio de la profesión para nosotros los arquitectos y para la sociedad. Retomando un poco el tema, a propósito de su actualidad imperecedera, queremos hacer un breve enfoque de esta mecánica de trabajo que opera en doble vía: beneficio para los proyectistas y beneficio para el contexto social en el que se que llevan a cabo.

Como muchas otras veces, cuando agotamos un tema nos gusta ir a la fuente más básica para, a partir de esta, desarrollar algunos de los conceptos que nos pueden resultar interesantes; en tal sentido, veamos lo que nos dice la RAE sobre la definición de concurso:

Competencia entre quienes aspiran a encargarse de ejecutar una obra o prestar un servicio bajo determinadas condicionesa fin de elegir la propuesta que ofrezca mayores ventajas”

Este breve, pero muy atinada definición nos ayuda en la definición rápida del concepto concurso, como una forma de hacer, y fomentar la arquitectura; claro, si hablamos de concursos de arquitectura.

Siendo un concurso, a todos los efectos, una competición, tal como queda definido, para ejecutar un proyecto u obra ¿quién la convoca? y tan importante como esto ¿por qué y para qué se convoca un concurso?

Los concursos, para proyectos de arquitectura, los convocan entes públicos o privados, que quieren transparentar y hasta cierto punto pluralizar, la selección de una propuesta o solución determinada, y en base a unos criterios – que se les ha tenido a bien llamar bases de concurso- plantear unos objetivos.  En otros casos, muy a menudo, y siempre partiendo de la transparencia que ofrece la libre competencia entre equipos de proyectistas en pos de un encargo, existe la intención, por parte de los promotores del concurso, de dotar al proyecto de referencia de un plus de calidad, que lo da la selección de equipos de primera división para su eventual desarrollo.

En cualquier caso y tomando una frase del entorno del COAM ( Colegio Oficial de Arquitectos de Madrid), es fundamental que el esfuerzo que supone un concurso para un equipo de trabajo, entiéndase un despacho de arquitectura, quede garantizado por una serie de procedimientos que correspondan con una similar dosis de respeto al trabajo realizado.

Desde el mismo COAM, del que nos preciamos de ser colegiados y a mucha honra (como lo somos del CODIA, Colegio Dominicano de Ingenieros, Arquitectos y Agrimensores, y como lo somos de la SARD, Sociedad de Arquitectos de la República Dominicana)  se plantea que en una convocatoria de concurso de  arquitectura (sea para obra o proyecto), deben quedar claramente definidas las partes del contrato, es decir los deberes y obligaciones de cada parte; y nosotros agregamos, para darle carácter al asunto. También estableciendo criterios claros sobre el encargo profesional, para las garantías de lugar para los concursantes y la sociedad, que a fin de cuentas sería la gran beneficiaria.

Mediante los concursos de arquitectura se fomenta y ejercita la creatividad, lo primero por parte de los promotores y lo segundo por parte de los participantes;  de hecho son, para todos los agentes involucrados,  una excelente oportunidad para la experimentación de nuevas tecnologías constructivas,  pero también y básicamente para nuevas conceptualizaciones del arte proyectivo y las nuevas y mejores herramientas para la consecución de resultados óptimos.

Para un equipo de trabajo, el simple escenario de evaluación por un grupo e jueces o tribunal supone un interesante proceso de crítica que servirá para depurar cuáles ideas (¿?)  y/o soluciones funcionan bien y cuáles no tanto (¿?). Para una entidad promotora el concurso supone la mejor y más certera forma de dar curso a un proyecto, desde el momento mismo de su elección de entre los mejores de su tipo.

Este tema amerita más espacio…continuaremos sobre ello.