“El ser humano sujeto de transformación de la naturaleza y creador de mercancía para satisfacer sus necesidades, se convierte a su vez en objeto biológico y en fuente de mercancía para satisfacer la demanda del mercado de productos para tratamientos humanos para curación de patologías”.
En un artículo anterior, traté sobre la comercialización de órganos humanos. Como un componente adicional a este tipo de mercancía procedente de lo seres humanos en el comercio internacional, enfocaremos la Comercialización del Tejido Humano.
Es de todo conocido, que la mercancía que circula a nivel internacional son de diferentes orígenes y naturaleza distinta. Extraídas algunas de la naturaleza, elaboradas otras en la industria así como de fuente animal. En este caso de los humanos, de las cuales podemos identificar las células madres, órganos y en el caso que nos ocupa los Tejidos Humanos.
De acuerdo con las informaciones “por primera vez se comercializa en EU, tejido humano, obtenido gracias a la utilización de modernas técnicas de cultivo y bioingeniería, para resolver las úlceras varicosas de las piernas”.
En la actualidad se desarrolla un proceso de reutilización de un tejido anteriormente desechable: “En el hospital Brigham and Women (B&W) de Boston no suelen desechar el prepucio de los recién nacidos a los que someten a una circuncisión. Al contrario que en la mayoría de los hospitales del mundo, en donde nadie encuentra utilidad a ese trozo de piel, los especialistas del B&W saben bien qué hacer con algo que casi siempre acaba en la basura. En cuanto el cirujano completa la incisión en el bebé y tiene entre sus pinzas el prepucio extirpado, un técnico de Organogénesis, una compañía localizada a 40 kilómetros de Boston, se encarga de recoger el resto humano y de trasladarlo en una nevera con hielo a Canton, una pequeña localidad de Massachusetts en donde está instalada Organogénesis. Allí, los dos centímetros cuadrados que como mucho mide la superficie del prepucio en un recién nacido, se convierten en sólo 20 días –gracias a las modernas técnicas de ingeniería y cultivo de tejidos- en muchas decenas de miles de parches redondeados (de ocho centímetros de diámetro) de piel humana viva dispuestos para su venta, y capaces de solucionar muchas patologías. Hace muy pocos meses, la FDA en EEUU autorizó la puesta en el mercado de Apligraf, el nombre comercial del primer material humano y vivo que hasta ahora se ha comercializado”.
“La idea de sacar partido a la ingeniería de tejidos surgió hace más de una década entre grupo de científicos del Massachusetts Institute of Technology……La piel ha sido el primero de los organismos vivos que se ha comercializado, pero le van a seguir muchos más dentro de pocos años”.
Entre las compañías que se dedican a este negocio se pueden citar: Novartis, RTI Biologics, LifeCell Corporation, Advanced Tissue Sciences y Musculosketal Transplant Foundation.
Para la comercialización de los tejidos humanos favorece tener en cuenta el Acuerdo ADPIC, sobre los Aspectos de los Derechos de Propiedad Intelectual y el Convenio de Paris, que establecen las regulaciones sobre las Patentes para productos farmacéuticos, quirúrgicos, entre otros.
Asimismo, países tales como Nicaragua, Argentina, México, Venezuela, Ecuador, entre otros países, cuentan con normativas legales sobre Donación y Trasplante de Órganos, Tejidos y Células para Seres Humanos. La Agencia de Alimentos y Medicamentos de los Estados Unidos (Food and Drug Administration -FDA), la Asociación Americana de Bancos de Tejidos (American Association of Tissue Banks – AATB), la Organización Nacional de Trasplantes de España, y otras entidades poseen requerimientos para ese tipo de actividades comerciales.
En República Dominicana, la Ley No. 329-98 del 11 de agosto del 1998, que modifica la Ley No. 391 del 15 de diciembre de 1981 y la Ley No. 60-88, del 30 de agosto de 1988, regula la Donación, Extracción, Conservación e Intercambio para Trasplante de órganos y tejidos humanos, donde se contempla: a) De la obtención de órganos y tejidos procedentes de donantes vivos para injerto o implante, b) De la donación de órganos y tejidos provenientes de personas fallecidas para fines científicos o terapéuticos y c) De las penalidades.
Si bien existen estas y otras normativas legales, la comercialización de tejidos humanos es mayormente realizada de forma ilegal, donde se obtiene tejidos humanos de diferentes fuentes, de las cuales se desconoce el origen o procedencia de los mismos para determinar la existencia o probabilidad de enfermedades, virus o bacterias que pueden contaminar al receptor del tejido a implantar e inyectar; por lo que el tráfico ilegal de tejidos humano tiene tendencia a incrementarse. ¿Qué sanción existe para quienes participan en esta actividad de tráfico ilegal de órganos humanos?.
La utilización y comercialización de tejidos humanos de forma legal o ilegal, es de reflexión y un desafío para la Bioética por su carácter ético y moral.