Caso Reymundo Cabrera Ramírez 2do. Teniente del Ejercito RD, protagonista del video reclamando su retiro y denunciando violaciones en contra de los militares por parte de los jefes. El mismo sigue preso ilegalmente o secuestrado con la complicidad de la dizque justicia dominicana. 

Desde el 2004  con la 278-04 se derogó el Código de Justicia Militar, ley 3483 de 1953, razón por lo que la Justicia Penal Militar está operando en la ilegalidad y cometiendo abuso de poder y muchas veces crimen de Estado, para ser más veraz debemos decir que nuestras Fuerzas Armadas, igualmente nuestros Policías son entrenados y tratados como si viviéramos en periodos de guerras o en estado de guerra, es algo que hemos heredado de la dictadura y no hemos podido o querido superar.

El sistema judicial dominicano en general está permitiendo que cada vez más se fortalezca un régimen de impunidad que se sobrepone al estado de derecho democrático que define nuestra Constitución. Todo gobierno debe estar fundamentado en la justicia y las leyes, ya lo decía Juan Pablo Duarte: “El gobierno debe mostrarse justo y enérgico o no tendremos Patria y por consiguiente ni libertad ni independencia nacional. Toda ley supone una autoridad de donde emana, y la causa eficiente y radical de ésta es, por derecho inherente, esencial al pueblo e imprescriptible de su soberanía. Toda autoridad no constituida con arreglo a la ley es ilegítima, y por tanto, no tiene derecho alguno a gobernar ni se está en la obligación de obedecerla.”

Existe un sin números de videos hecho por Policías que se encuentran en desesperación a causa del “Sueldo Cebolla” y los malos tratos dentro de la institución policial, de la misma manera algunos militares lo han hecho y específicamente quiero citar el caso del Teniente Cabrera Ramírez, caso en el que me he involucrado junto de algunos abogados amigos: Melvin Velázquez Then, Valentin Medrano y Cándido Simón. Al estudiar la Constitución y las leyes relacionadas entendía que esto crímenes de violación de derechos ya no pasaban en el País, pero para mi sorpresa y lamentación he podido confirmar que Trujillo y Vito Corleone viven en República Dominicana, pues muchas de las violaciones ejecutadas por Trujillo siguen pasando en la mayoría de nuestras instituciones públicas, militares, policiales y hasta en las empresas privadas, de igual modo el personaje ficticio de Corleone es personificado también, es más que evidente que las mafias controlan el Estado Dominicano y usurpan el poder del pueblo.

Es inexplicable que las Fuerzas Armadas operen en las calles como si fueran Policías o estuviésemos en estado de guerra: Chequeos militares, allanamientos, apresamientos, investigaciones, sentencias penales durante 15 años al margen de la ley cometiendo secuestros y todo tipo de ilegalidades, lo que se convierte en crimen de Estado con la indiferencia de todos los actores del sistema de justicia, de las autoridades políticas y de los medios de comunicación, quienes son cómplices por participación, omisión o indiferencia.

El Teniente Cabrera, sigue preso ilegalmente o secuestrado, luego de denunciar por desesperación la negación de su derecho a retiro con disfrute de pensión, los maltratos físicos y sicológicos; el robo de los especialismos a los militares que junto a él trabajan apoyando a la policía en la seguridad ciudadana; así como, la indignidad en que viven y trabajan los militares, entre otras violaciones.

Hay un vacío en la jurisdicción penal militaren, pues la Ley 3483 que crea el Código de Justicia de las Fuerzas Armadas G. O. No. 7532 del 5 de marzo de 1953 que debe regir sobre la materia quedó derogado por la Ley 278-04 en su articulo 15 y acápites.

El siguiente artículo constitucional 254.- “Competencia de la jurisdicción militar y régimen disciplinario. La jurisdicción militar sólo tiene competencia para conocer de las infracciones militares previstas en las leyes sobre la materia. Las Fuerzas Armadas tendrán un régimen disciplinario militar aplicable a aquellas faltas que no constituyan infracciones del régimen penal militar.”

Sin un código o ley sobre la materia no hay forma procesal de establecer o regir las infracciones penales de jurisdicción militar.

“Ley No. 10-15 que introduce modificaciones a la Ley No. 76-02, del 19 de julio de 2002, que establece el Código Procesal Penal de la República Dominicana. G. O. No. 10791 del 10 de febrero de 2015. Artículo 381.- Procedencia. Toda persona privada o cohibida en su libertad sin las debidas formalidades de ley o que se viere inminentemente amenazada de serlo, tiene derecho, a petición suya o de cualquier persona en su nombre, a un mandamiento de habeas corpus con el fin de que el juez o tribunal decida, sin demora, sobre la legalidad de la medida de privación de libertad o de tal amenaza.“

En 8 ocasiones de audiencias de conocimiento de Habeas Corpus a favor del Teniente Cabrera los jueces a cargo le han negado su libertad de manera inexplicables ya que sus alegatos se salen del debido proceso y principios de derecho.

“Ley No. 278-04 Ley De Implementación Del Proceso Penal Instituido Por La Ley No. 76-02. Artículo 15. Derogatorias. Quedan derogadas, con todas sus modificaciones y disposiciones complementarias, las siguientes disposiciones legales: 
Todas las normas procesales referidas al enjuiciamiento penal de los miembros de la Policía Nacional y/o de las Fuerzas Armadas, contenidas en el Código de Justicia Policial contenido en la Ley No. 285 del 29 de junio de 1966 y en el Código de Justicia de las Fuerzas Armadas, contenido en la Ley No. 3483 del 13 de Febrero de 1953 y sus respectivas modificaciones, así como cualquier otra ley que establezca normas en este sentido. Todo sin perjuicio de las facultades disciplinarias conferidas a los órganos internos de las referidas instituciones.

Quedan igualmente derogadas y abrogadas todas las disposiciones legales, así como todas las normas procesales penales previstas en leyes especiales, que sean contrarias a esta ley.”

Ni el propio Código de Justicia Militar, Ley 3483 del 1953, ya derogado, si estuviese en vigencia, permitiría estos abusos y crímenes contra ningún militar.

Dios les bendiga  siempre Pueblo Dominicano

http://rescaterd.org.do/