La pista acerca de la acepción dominicana la suministra una que de acuerdo con el Diccionario de la lengua española de la Real Academia Española proviene de Venezuela
CELOSO
En el español dominicano existe una acepción para este adjetivo que no se ha encontrado en otras hablas. Antes de llegar a develar esta acepción olvidada, se repasarán las más conocidas, así como las hispanoamericanas.
En sentido general celoso es “que tiene celos”. Se usa esta palabra para tipificar a la persona que hace las cosas con cuidado. Es también la persona que defiende sus derechos o propiedades con rigor.
La pista acerca de la acepción dominicana la suministra una que de acuerdo con el Diccionario de la lengua española de la Real Academia Española proviene de Venezuela. Esa acepción tiene relación con los mecanismos y es, ‘sensible al más ligero contacto’.
El “celoso” dominicano no termina ahí. Con la misma vehemencia anterior, quien esto escribe ha oído de labios de personas de las zonas rurales que el filo de una arma blanca está muy celoso
Si bien es cierto que esta acepción en ese y en el Diccionario de americanismos de la Asociación de Academias de la Lengua Española es la misma, lo que ha hecho el último diccionario es actualizar los países que entienden este adjetivo de ese modo. Añadió este diccionario seis países más a la lista, pero no incluyó a República Dominicana.
Quien esto escribe asegura de modo cierto y sin lugar a dudas que ha oído en República Dominicana este uso para “celoso” con respecto nada menos que de armas de fuego. Específicamente para referirse a lo celoso del gatillo de estas que facilita la acción de disparar.
El “celoso” dominicano no termina ahí. Con la misma vehemencia anterior, quien esto escribe ha oído de labios de personas de las zonas rurales que el filo de una arma blanca está muy celoso.
El filo del cuchillo, machete o puñal está muy celoso cuando está bien amolado y termina con un filo peligroso. Ha de tenerse en cuenta que aquí no se trata de un mecanismo, sino de un instrumento o herramienta, de donde puede deducirse que es una extensión que ha sufrido la acepción americana.
De la misma forma que se ha efectuado en otras veces, se deja constancia por este medio de esta acepción para que en un futuro cuando se tome nota y se le conceda entrada a esta acepción en los diccionarios del habla dominicana.
FRANCOTIRADOR
La palabra del título se trae a estas observaciones acerca del lenguaje porque se nota una evolución en cuanto al concepto de lo que se asimila por medio de este vocablo. Se estudiará en esta sección esta evolución hasta llegar a la noción moderna con relación a este término.
En algunos diccionarios se coloca como primera acepción la del francotirador como el individuo que no pertenece al ejército regular. Esa noción de francotirador cayó en desgracia tan pronto como los ejércitos modernos entrenaron tiradores certeros para convertirlos en tiradores parapetados que trabajan a larga distancia. Este es el primer cambio sufrido por la palabra.
En algunos diccionarios se coloca como primera acepción la del francotirador como el individuo que no pertenece al ejército regular
En su segunda acepción, el Diccionario de la lengua española insiste en poner arma de fuego en las manos del francotirador. En la tercera acepción que corresponde a ese diccionario, las redacciones se independizan de las armas e introducen al francotirador que actúa aisladamente sin observar la disciplina del grupo.
La última posición que ocupa el francotirador es la de persona que actúa de manera personal independientemente, al margen de cualquier grupo. Ya no se menciona ni remotamente el arma de fuego y, al fin se abolió la mención del grupo o corriente. No puede dejarse pasar la ocasión para mencionar que eso de “grupo” en las redacciones precedentes es una noción muy vaga.
Ya al momento de cerrar esta sección se hace oportuno indicar que los francotiradores a que se alude casi siempre desempeñan su acción en el campo de la política.
ADJUDICAR
También se prohíbe su venta a los indocumentados, militares dados de baja con deshonra, y a aquellos ADJUDICADOS por una corte como personas con trastorno mental. . .”
Este pasaje se ha tomado de una noticia servida por una agencia internacional española, pero que según parece fue redactada por un corresponsal residente en territorio de los Estados Unidos de Norteamérica.
Cuando la persona se apropia por sí misma de la cosa, se dice también que se la adjudica. Equivale el verbo en cuestión a “vencer” en los casos de competencias cuando el individuo consigue ganar
Luego de la introducción anterior que tiene como intención situar al lector en el contexto, se expondrá el plan a seguir con respecto del verbo del título. Se examinarán los significados del verbo en español; luego quedará en evidencia que el verbo no tiene cabida en esta redacción. Al final se mentará el origen del error y se propondrán las soluciones.
El verbo adjudicar en español en su primera acepción se reduce a dar o conceder una cosa a alguien, le atribuyen, conceden eso de que se trata. Cuando la persona se apropia por sí misma de la cosa, se dice también que se la adjudica. Equivale el verbo en cuestión a “vencer” en los casos de competencias cuando el individuo consigue ganar.
Ha de tenerse en cuenta que la Real Academia Española en la redacción más reciente, 2014, ha eliminado la acepción que recoge “apropiarse de algo”, dicho de una persona. Con esta eliminación se reconoce que se debilita el uso del verbo adjudicar en tanto “atribuirse, arrogarse”.
Una vez enumeradas las significaciones del verbo, salta a la vista que en el contexto, el verbo no encaja, no encuentra lugar apropiado para conferirle sentido a la oración.
La pifia proviene de una confusión entre el verbo adjudicate del inglés y el verbo del español
-adjudicar- que le es parecido en su escritura.
La traducción para el verbo del inglés es: juzgar, decidir, sentenciar, decretar, dictaminar. En el caso específico de las personas con trastornos mentales, lo que se hace con ellas es que se las declara o se las diagnostica con este tipo de trastornos (perturbación) de la conducta. El verbo que habrá de usarse dependerá de quien tome la decisión, ya sea un juez, tribunal o autoridad pública o, un profesional de la salud.
RECEPCIONAR
. . .el agente es la persona encargada de RECEPCIONAR los datos aportados por los informantes y comunicárselos al oficial de seguridad”.
El verbo que figura en el título no está recogido en el diccionario oficial de la lengua común. Otros diccionarios lo asientan, aunque no todos están de acuerdo en la o las acepciones que han de reconocérsele. Por el entorno que lo acompaña se deduce que se lo toma por “recibir”. En este estudio se hará un inventario de las significaciones.
En funciones transitivas es ‘atender a una persona, en especial a una persona que llega a una recepción’. Repite la de captar señales de onda también.
El Diccionario de americanismos (2010), escribe que es de uso en seis países americanos como ‘recibir un aparato de radio o televisión las ondas de transmisión’. Esa es la primera acepción. Más adelante añade que en cinco países es, ‘en una compañía, dar entrada a algo, verificando que la cantidad, calidad y demás características se corresponden con lo que se pidió originalmente’.
El Diccionario integral del español de la Argentina consigna que es, ‘recibir algo, especialmente un documento’. En funciones transitivas es ‘atender a una persona, en especial a una persona que llega a una recepción’. Repite la de captar señales de onda también.
El Diccionario de uso del español actual, de Clave, entiende que el verbo significa, ‘recibir, y además, asumir la gestión o realización de un determinado servicio’. Esas mismas acepciones las trae el Diccionario del español actual.
Mediante las acepciones se nota que existe una tendencia a utilizar el verbo con el valor de “recibir” en los sentidos antes mencionados. Lo más sano en casos como este es evitar el uso en español internacional para no sembrar dudas entre los oyentes o lectores. “Recepcionar” es algo más que simplemente recibir. Debe conllevar más formalidad, mayor cantidad de rasgos distintivos que el acto de recibir.