Asumí este análisis por el gran significado que tiene el tema dentro de la nueva ley de partidos, agrupaciones y movimientos políticos, partiendo del criterio nuestro, simplemente, que es la columna vertebrar para la democracia interna de las organizaciones políticas. Por tanto, tras la búsqueda de doctrinas, datos e informaciones al respecto, con el mejor soporte conceptual que nos encontramos fue lo establecido en el Diccionario Electoral, segunda impresión de la Tercera edición, 2018, coauspiciada por IIDHA/CPEL, TEPJF y TSE (Costa Rica/México, República Dominicana), en su página 275 y siguientes, en el sentido que nos ofrece una acepción sobre la figura jurídica tratada, el cual fundamenta su descripción en seis conceptos básicos: I) Refiere la democracia interna es el fundamento del propio funcionamiento interno de los partidos políticos en el sentido que donde se expresa es en su propia organización y que se traduce en el interior de dichos órganos políticos, Es decir, refiere su importancia en el sentido que es una buena vía y mejor forma de seleccionar sus candidaturas, de disponer los mecanismos para decidir políticas electorales y propuestas programáticas, en la participación equitativa por género, en las representaciones de minorías y en la rendición de cuenta a las bases partidarias. (Ob.Cit. p.275-276)
El concepto II, se refiere al interés de evitar que los partidos políticos se conviertan en instrumentos de tiranía y corrupción en manos de intereses de grupos dominantes. La fuente también recrea a Robert Michels (1911) y su expresión de la ley de hierro en interés de connotar la tendencia oligárquica de los partidos políticos como instrumento de dominación de los elegidos sobre los electores. Refiriendo a Alcántara y Cabezas, 2013, plantea que la teoría contemporánea en relación a 100 años de anterioridad acusa mejores cambios, sin embargo, admite que aún los partidos son entidades internamente complejas de relaciones asimétricas, en los cuales compiten militantes, afiliados, burócratas y políticos organizados en grupos, facciones y tendencias. Al mismo tiempo, establece que aunque resulte paradójico, los partidos que siendo actores imprescindibles en todas las poliarquías del mundo, se hayan en algunos casos, caracterizados a lo interno por la dominación oligárquica, la opacidad des sus mecanismos de decisión, la exclusión de diversos sectores y la verticalidad de las estructuras. (Ibídem p. 276)
Este aspecto toca también, citando a Diamond y Gunther, 2001 que a partir del avance del nuevo milenio, estas organizaciones estaban experimentando cambios en sus estructuras, sin embargo, acusaba una baja calidad de la representación y la famélica participación ciudadana en los procesos de toma de decisiones partidarias, por lo cual, esta práctica comenzó a ser objeto de críticas de la política, organismos internacionales y la académica, de donde se entiende que las leyes electorales introducen la democracia interna como mecanismo de participación, deliberación, inclusión y transparencia. Otro punto en este sentido que no se puede quedar en estas notas es que la democracia interna constituye, según se cita a Field y Savielis, 2009, una respuesta a nuevas expectativas sociales, reflejada tanto en las normas que los propios partidos las han ido adoptando en sus ejercicios políticos. (Ibídem, p. 276-277)
En el concepto III, siguiendo el tema aquí abordado mediante la interrogante de qué impulsa a los partidos y parlamentos a adoptar reglas de democracia interna, el diccionario citado, refiere que paulatinamente están más presentes las reglamentaciones de la democracia interna como instrumento de la diversidad de criterios de los militantes o afiliados, etc., y lo mejor aún, establece que hasta de forma espontánea, sería por el mismo régimen de consecuencia, las propias organizaciones han ido asimilando la apertura de la democracia interna. El tema bien extenso, por lo tanto, conectado con el carácter de síntesis de las anotaciones, sucintamente, la realidad de adaptación de normativas radica en dos clasificaciones, que son; razones externas y las internas.
Las externas refieren la necesidad de los partidos políticos de adaptarse a las transformaciones del entorno político que son vistos como instituciones jerarquizadas, cerradas y oligárquicas que externamente se consideraban que son los causales de los bajos niveles de confianza en estos. Del otro lado, las internas, se citan que ya entre los propios partidos aparecen exigencias de las bases partidarias y de facciones hegemónicas para incidir en las estructuras internas, en la definición de los objetivos programáticos, selección de candidatos y en la repartición de cuotas de poder.
Dentro del contexto del punto III, también se citan las razones competitivas que aduce que dentro de las organizaciones políticas, resulta prioritario competir y maximizar beneficios en las urnas, ya que de ello depende la supervivencia y la capacidad de influir en las decisiones políticas y el propio reparto del poder. Por ende, el interés de superar a los otros partidos, ha sido el engendro o razón básica de que estos organismos o se sujeten a las normativas, o se autoajustan al mejoramiento de la democracia interna como estrategia electoral (Ibídem, p. 278)
Dado el hecho que lo que estamos haciendo son precisiones abreviadas, cabe destacar que habría que ver el tema de las dimensiones de la democracia interna, enfocada en el concepto IV, así como también, ver los ítems que lo estructuran, tales como; 1) organización interna,2) Selección de candidaturas, 3) toma de decisiones y elaboración de programas, 4) participación equitativa por género, 5, representación de minorías, 6) rendición de cuentas.
Por igual, remito a los lectores que quieran ampliar más detalles, ver el concepto V que refiere garantías de la democracia interna-vista en los aspectos ya tratados-, así como también, en sus numerales que contienen; 1) garantías procedimentales internas, 2) garantías administrativas y 3) garantías jurisdiccionales.
Finalmente en este aspecto, la fuente nos ofrece un punto clave tratado en el concepto VI que titula efectos y limitaciones. Esta parte recrea la adopción de mecanismo de democracia interna por efecto que tiene gran influencia en la dinámica interna de los partidos, en las relaciones entre sus miembros, en la distribución de recursos de poder y en el rendimiento partidario, lo cual se traduce en los beneficios internos de la transparencia y el dialogo de las organizaciones con la sociedad, lo cual, dado que dicha dinámica permite recibir flujo de información tanto de militantes, afiliados y electores las organizaciones disponen de mayor insumo para su trabajo político y cohesión interna. (Ibídem, p. 280)